El pasado 16 de Febrero de 2017, el Tribunal Constitucional declaraba nulo el Impuesto de Plusvalía Municipal (IIVTNU) si vendes un inmueble por un precio inferior al que se compró. Para reclamar la devolución de las cantidades indebidamente cobradas al ayuntamiento, deberemos presentar un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos. Os dejamos con el modelo de reclamación de la Plusvalía Municipal al ayuntamiento.
Impuesto de Plusvalía Municipal: escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos
Para recuperar el dinero pagado por la plusvalía municipal, deberemos presentar un escrito de reclamación al ayuntamiento que abonamos este impuesto. Este escrito se conoce solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos. A continuación os dejamos un ejemplo de lo que tiene que aparecer en nuestro escrito para recuperar lo pagado por la Plusvalía Municipal. para elaborar este escrito, nos hemos basado en Solicitud de rectificación de la autoliquidación y de devolución de ingresos indebidos de la OCU y los comentarios elaborados por el Despacho de Abogados Garrigues en referencia a la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la plusvalía municipal.
AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE……………………………………………. DEPARTAMENTO/NEGOCIADO DEL IMPUESTO POR INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
D. (indique su nombre y datos), mayor de edad, con NIF XXX y domicilio en calle/plaza XXX, piso XXX comparece y, como mejor proceda,
Me dirijo a Vds. en calidad sujeto pasivo del Impuesto de Plusvalía Municipal (IIVTNU) abonado en fecha XX de XXXX, por importe de XXXXX euros que grava la compraventa de la vivienda sita en XXXXX. Por el presente escrito tiene por objeto que se rectifique y devuelvan los ingresos indebidos del presente impuesto en base a la Sentencia del Tribunal Constitucional publicada el pasado 16 de Febrero 2017 en los que se declaraba nulo el pago del Impuesto de Plusvalía Municipal. Esta sentencia del Tribunal Constitucional afecta de forma directa a la regulación de los arts. 1, 4 y 7.4, de la Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Guipúzcoa, siendo idéntica a los preceptos aplicables en territorio común, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, relativos al sistema de cálculo de la base imponible y a la posibilidad de acreditar, por parte del contribuyente, un valor diferente al que resulta de la aplicación de dichas normas de cálculo, concluyendo que tales preceptos, artículos 4.1, 4.2.a) y 7.4 de la Norma Foral 16/1989 de 5 de julio del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana son inconstitucionales y nulos, pero únicamente en la medida en que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor y que reproduzco:
Por consiguiente y siendo nulo el pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) por no producirse ganancia patrimonial al vender el inmueble por un valor inferior al que se compró, según indica el Tribunal Constitucional en su Sentencia del 16 de Febrero de 2017. Estimo que el abono del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) en mi caso incurre en los puntos anteriormente mencionados, por lo que por medio del presente escrito, solicito la rectificación y devolución de ingresos indebidos por este impuesto. En caso de no atender a esta petición, en un plazo máximo de seis meses interpondré un recurso de reposición. En caso de resultar este recurso de reposición también negativo, procederé a interponer una demanda judicial mediante un proceso contencioso-administrativo remitido al Tribunal Superior de Justicia.
Quedando a la espera de sus noticias,
Atentamente, (Nombre y firma) |
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Documentos que debes adjuntar a la reclamación de la Plusvalía Municipal
- La escritura de la compra del inmueble.
- La escritura de la venta del inmueble.
- Justificante del pago del impuesto de plusvalía municipal (IIVTNU).
Dada la complejidad de demostrar el verdadero valor del inmueble que se transfiere y de demostrar que no se ha obtenido la ganancia patrimonial por la que se debería aplicar el impuesto de Plusvalía Municipal, es muy probable que se requiera de una valoración pericial en la reclamación.
La Administración tiene un plazo de 6 meses para contestar a la solicitud de rectificación y devolución (art. 220 LGT). Si no se obtiene respuesta, se considera desestimada por silencio administrativo y se podrá proceder a la reclamación judicial.
Reclamar la plusvalía municipal no es una tarea sencilla y el resultado de esta reclamación es incierto. Por lo tanto, si tenéis cualquier duda de cómo proceder, podéis dejarla en comentarios.