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Webinar de la Declaración de la renta 2015: todo lo que debes saber

Webinar de la Declaración de la renta 2015: todo lo que debes saber

Durante la mañana del 21 de abril de 2016 realizamos el Webinar sobre la Declaración de la Renta 2015, para resolver todas las dudas de las nuevas reformas de la Declaración de la Renta 2015. En este caso el webinar lo he impartido yo misma, por tanto, si tenéis cualquier duda podéis plantearle en este mismo post o en el foro que hemos abierto para comentar dudas sobre el Webinar de la Declaración de la Renta 2015.

En el Webinar de la Declaración de la renta 2015 hemos hablado de los siguientes puntos:

  1. Novedades de la Declaración de la Renta 2015
  2. ¿Quién tiene obligación de hacer la declaración de la Renta?
  3. Mínimos personales y Familiares
  4. Rentas exentas
  5. Deducción por inversión en vivienda habitual
  6. Deducción por alquiler de vivienda
  7. Compensación de pérdidas patrimoniales
  8. Fiscalidad de la compra-venta de acciones
  9. Otras deducciones autonómica.

A continuación os dejos un breve esquema de los puntos que se han hablado durante el webinar.

 

Novedades de la Declaración de la Renta 2015

En este apartado hemos comentado las reformas más relevantes para la nueva Declaración de la Renta 2015.

  • Suben los mínimos personales y familiares

  • Nuevas tarifas para calcular la cuota íntegra estatal y del ahorro.

  • Suprime la deducción por rendimientos del trabajo o actividades económicas

  • Nuevas deducciones.

  • Desaparecen las deducciones por por alquiler de la vivienda habitual.

  • Exentas las GyP de la dación en pago.

  • Reinversión en renta vitalicia mayores de 65 años.

  • Suprimen los coeficientes de actualización (inflación).

Quién tiene obligación de hacer la declaración de la Renta

Todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar su Declaración de la Renta, excepto los que no superen:

  • Ingresos de 22.000 euros con carácter general

  • Ingresos de 12.000 euros cuando

    • +un pagador y +1.500 euros

    • Pensionistas  del artículo 17.2a de la Ley de IRPF y provengan de  dos o más pagadores.

    • Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

    • pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

    • Rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

 

Mínimos personales y Familiares

Los mínimos personales y familiares estatales que se aplican son los contenidos en la siguiente tabla:

mínimos-personales-y-familiares

Rentas exentas

En cuanto a las rentas exentas hemos prestado especial atención a las exenciones que se han visto modificadas para el ejercicio 2015:

  • Exención por despido o cese del trabajador

  • Becas públicas y las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos

  • Planes de ahorro a largo plazo

  • Prestaciones en forma de renta percibidas por las personas con discapacidad

  • Exención de dividendos

  • Rentas mínimas de inserción, riesgo de exclusión social. Víctimas violencia de género

  • Subvenciones para acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva

Deducción por inversión en vivienda habitual

El 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual, pero, podrán seguir aplicando la deducción aquellos que:

  • Adquirieron antes de esa fecha su vivienda habitual

  • Hubieran satisfecho cantidades antes de dicha fecha

Deducción por alquiler de vivienda

El 1 de enero de 2015 se suprimió la deducción por alquiler de vivienda habitual, pero, podrán seguir aplicando la deducción aquellos que:

  • Adquirieron antes de esa fecha su vivienda habitual

  • Hubieran satisfecho cantidades antes de dicha fecha

Compensación de pérdidas y ganancias patrimoniales

Respecto a las modificaciones de la compensación por pérdidas y ganancias patrimoniales hemos comentado los puestos más relevantes de la modificación, que son dos:

Compensación por pérdidas y ganancias patrimoniales

Fiscalidad de la compra-venta de acciones

Los puntos más importantes de la modificación de la fiscalidad de la compra-venta de acciones para la Declaración de la Renta 2015 son las siguientes:

  • Todas las plusvalías se incluyen en la Base del Ahorro

  • Compensación conjunta entre RCM y GyPP

  • Tipos para las plusvalías:

    • Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19.5%

    • Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21.5%

    • Más de 50.000 euros: se paga el 23.5%

  • Se eliminan los coeficientes de abatimiento de 2014

Otras deducciones autonómicas

Además de las deducciones estatales, en cada comunidad autónoma se contemplan una serie de deducciones autonómica que podemos hacer adicionalmente a las estatales.

Webinar de la Declaración de la renta 2015

Si te registraste en el webinar, puedes acceder a la grabación haciendo click aquí. Recuerda que puedes apuntarte a los próximos cursos en Rankia

Adveo Webinar

 

 

 

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a Sergio Ibañez
    -
    #2
    13/05/16 13:27

    ¡Buenos días!
    Sí, lo que dices es correcto. Son esas casillas.
    Para la otra pregunta, tal y como indica el paréntesis, has de poner el nombre de la entidad gestora (=emisora).
    Un saludo.

  2. Nuevo
    #1
    10/05/16 15:58

    Buenos dias Marina,

    lamentáblemente me perdí este interesate curso para pdoer hacer la decalaracion. Mi duda va sobre la fsicalidad de las acciones. A lo largo del 2015 he hecho varias operaciones de compra venta de varios valores y no estoy muy seguro de como declararlos.

    En principio las he puesto en las casillas 283-284 y sucesivas. Es correcto?
    en cuanto a la denominacion de los valores trasmitidos (entidad emisora), debo indicar el nombre del valor
    o el nombre de la entidad gestora?

    Muchas gracias por anticipado por tu ayuda

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