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Novedades para la Declaración de la Renta de 2013

Novedades para la Declaración de la Renta de 2013

A escasos días de haber comenzado el ejercicio fiscal de 2013 debemos de tener en cuenta las novedades y cambios fiscales que se han aprobado para la próxima Declaración de la Renta de 2013.

Deducción por compra de vivienda habitual

Aquellos que hayan pensado comprar una vivienda habitual de nueva construcción en 2013 tendrán que soportar un IVA reducido del 10% (hasta finales de 2012 el IVA para viviendas nuevas era del 4%, tipo superreducido). 

Además el próximo ejercicio también traerá la eliminación de la deducción por compra de vivienda. Hasta ahora, los contribuyentes hipotecados podían deducirse el 15% de 9.040 euros al año, es decir, 1.356 euros sobre el importe financiado. Por ello, se recomienda que en la próxima Declaración de la Renta, los contribuyentes que hayan adquirido una vivienda y estén casados en sociedad de gananciales, realicen la Declaración por separado para poder deducirse 9.040 euros cada uno, que en total, serían 18.080 euros.

No obstante, se establece un régimen transitorio por el que se mantiene la deducción en las mismas condiciones que en 2012 en los casos de viviendas adquiridas antes del 31 de Diciembre de 2012 o cuando haya abonado cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, siempre y cuando el contribuyente hubiera practicado deducción por este concepto en un ejercicio anterior.

Tributación de premios

Hasta el momento, los premios de Loterías y Apuestas del Estado estaban exentos de pagar impuestos; pero desde el 1 de enero de 2013 se aplicará la retención a cuenta del 20% a los premios superiores a 2.500 euros. Este impuesto se aplica con el fin de evitar el fraude que se lleva produciendo durante años por la compra de los numeros premiados por personas con intención de blanquear capitales, Esta medida afectará únicamente a los sorteos del Estado, la Once y la Cruz Roja y será de aplicación para la próxima Declaración de la Renta de 2013.

Así que si su premio salió en el sorte de Navidad, no se aplicará la retención en la Declaración de la Renta de 2012, aunque se haya cobrado el premio durante 2013; pero si le ha salido en el sorteo del Niño si que se le aplicará la retención en la Declaración de la Renta de 2013.

Las empresas también estarán sujetas a este impuesto, tributando un 30% por los ingresos extraordinarios, a lo que se le restará la retención del 20%; por tanto pagarán un 10% adicional.

Tributación de las plusvalías generadas a corto plazo

La modificación sobre la tributación de las plusvalías generadas en menos de un año se aplicará para las operaciones realizadas desde el 1 de Enero de 2013.

Hasta ahora, las plusvalías generadas por la compra venta de elementos patrimoniales tributaban integrándose en la base del ahorro del esquema del IRPF; fuera el que fuera su periodo de generación. A partir del 1 de Enero de 2013, las plusvalías generadas en el corto plazo se integrarán en la base imponible general. Es decir, el beneficio obtenido se sumará a los rendimientos del trabajo y se aplicará la escala progresiva que corresponde a la base imponible general del IRPF, que va desde el 24 hasta el 42%.

Obligación de declarar los bienes del extranjero

La nueva disposición adicional 18ª de la Ley General Tributaria obliga a los contribuyentes a informar sobre los bienes y derechos que se encuentren depositados o situados en el extranjero, si el total de las cuentas pasa de 50.000 euros.

La declaración de información se presentará mediante la cumplimentación del modelo 720 durante los meses de marzo y abril de 2013.

novedades declaracion renta 2013

Todas estas novedades se han aprobado para aumentar la recaudación del Estado en materia fiscal; aumentando de este modo la carga fiscal en España. Sin duda, estas nuevas medidas van a tener un impacto muy importante en algunos de los contribuyentes y por eso debemos de estar informados.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a jomajidi
    -
    Top 100
    #30
    21/01/14 16:19

    Bienvenido a Rankia,

    En este artículo se explica cómo acceder al Simulador de la Declaración de la Renta 2013, el modo de utilización es muy similar al programa PADRE. Deberás de rellenar tus datos personales y a continuación tus rendimientos, en este caso, la indemnización supongo que estará exenta. Deberás de consultarlo con tu asesor fiscal.

    Un saludo,

  2. Nuevo
    #29
    21/01/14 15:21

    Buenas tardes, me gustaría saber como utilizar el simulador de la declaración de la renta de 2013,sobre todo en que casillas debo colocar una indemnización recibida por un accidente laboral que tuve y que a terminado en incapacidad total permanente, así como una indemnización de un seguro por un accidente de tráfico. Gracias.

  3. en respuesta a pipo lujan
    -
    Top 100
    #28
    24/05/13 09:39

    Buenos días,

    Si no me equivoco, podrás deducir de la cuota del IRPF el 15% de las cantidades aportadas a la cuenta vivienda hasta un límite anual de 9.015 euros por declaración, por tanto, la deducción máxima será de 1.352,25 euros en la casilla 784 del Anexo A.1 del programa PADRE 2012.

    Como requisitos a cumplir:

  4. El salto de la cuenta no puede reducirse respecto al periodo anterior

  5. El dinero debe destinarse efectivamente a la adquisición de la primera vivienda o a la rehabilitación de la vivienda habitual.
  6. En caso contrario, se pierde el derecho a la deducción y deberán devolverse las cantidades deducidas hasta la fecha. Un saludo.

  7. Nuevo
    #27
    23/05/13 22:47

    hola!!

    me gustaría que resolvierais una duda que tengo con el tema de la cuenta vivienda, porque mirando en la página de la agencia tributaria, no termino de enterarme. Puedo desgravarme por la cuenta vivienda en la declaración que tenemos que hacer este año 2013 del ejercicio del 2012?

    gracias por vuestro tiempo

  8. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #26
    16/04/13 17:46

    Gracias

  9. en respuesta a dipweb
    -
    Top 100
    #25
    16/04/13 15:36

    Bienvenido a Rankia,

    Si no recuerdo mal, deberá imputar estos rendimientos del trabajo como rendimientos del trabajo y añadir la cantidad en la Casilla 687 con la cantidad cobrada en Italia.
    De todos modos, pregunta a la Agencia Tributaria. Un saludo.

  10. Nuevo
    #24
    16/04/13 12:48

    Buenos días, mi hijo trabajó en Italia durante unos días (1 semana) el año pasado para una empresa italiana, ha recibido una carta de la agencia tributaria italiana, ¿tiene que incluir estos datos en la declaración de la renta española 2012?

  11. #23
    08/04/13 20:53

    Buenas tardes, según lo que aquí leo, si la vivienda habitual la has pagado al contado con el dinero de la venta de otra, no tienes derecho a deducción?

  12. en respuesta a Diana Martinez
    -
    Top 100
    #22
    02/04/13 16:47

    Bienvenida a Rankia,

    En tu caso, al ser extranjera residente legales en España, estás sometida a los mismos impuestos, directos e indirectos, ya que así lo establece el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas. Por ello, deberás de tener un número de identificación español con el que poder realizar la Declaración de la renta, ya que el RUT es el rol único tributario, es decir, es el número con el que se identifica un chileno en el registro civil de Chile, no en España.

    En tu caso lo mejor es que acudas a la Agencia Tributaria y les comentes tu situación. Un saludo.

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #21
    02/04/13 15:25

    Hola Amparo, disculpe he leido tus comentarios y me parece que tu me puedes ayudar. Yo soy extrajera, con permanencia definitiva he declarado mi renta ( trabajo en una productora de eventos deportivos) todos los años y nunca habia tenido problemas, resulta que ahora me sale sin propuesta de declaracion d renta debido a:

    Debido a que su Rut corresponde a una persona extranjera, el SII no ha podido realizar una Propuesta de Declaración.

    tu sabes algo al respecto, o en este caso como declaro mi renta ?

    quedo atenta a tus comentarios
    y desde ya muchisismas gracias

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