Enrique Roca - Erre

Comentarios bursátiles semanales e ideas sobre autonomía financiera.

Enrique Roca

Enrique Roca

EX-Director de Carteras de Fondos de Inversion. Ha obtenido numerosos premios nacionales e internacionales siendo destacado por la revista Citywire y el Financial Times como uno de los mejores gestores europeos. Imparte masters especializados en destacadas escuelas de Negocio.




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Santander Consumer y Visa Renfe

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23 de Noviembre de 2009
En el año 2005 y atendiendo una oferta de Renfe con promocion de puntos, etc. solicité una tarjeta Visa Renfe gratuita de la que hice uso durante dicho año.

Posteriormente no tuve noticias de ella hasta que este año recibí una notificación diciendome que me cobrarían 15 euros por su uso y que si no estaba conforme lo notificara.

Harto ya de recibir tarjetas no solicitadas y de malgastar tiempo, me abstuve de hacerlo, así que he recibido unas 60 llamadas de todas las nacionalidades hispanas, a diversas horas reclamándome la deuda, por parte de Santander Consumer.

Conocía a todos los teleoperadores habidos y por haber, a los que comunicaba mi deseo de satisfacer la deuda si me demostraban que yo había solicitado dicha tarjeta conociendo el coste del servicio. La respuesta era siempre la misma que hablara con Renfe.

Para mi desilusión, esta semana me han notificado que me condonan la deuda. Siempre me quedará la duda, si conociendo el coste de la tarjeta había dado mi conformidad, aunque conociéndome, lo tengo bien claro.

Ahora bien ¿puedo demandarlos por el tiempo perdido contestándoles? ¿Qúe medios de prueba necesito? Ya está bien de abusar con pequeñas y grandes cantidades del consumidor bancario.
Etiquetas: Banco Santander · consumer · Visa · renfe



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Comentarios
1 Anonimo
Anonimo
13 de Diciembre de 2009 (01:02)

La solución que te voy a proponer te proporcionara un resarcimiento moral, aunque no económico.

Lo que describes se trata de una contratación fraudulenta que se puede denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos como un caso de tratamiento sin consentimiento de tus datos personales, en tanto que tu no se los has proporcionado.
El caso está sancionado con multa entre 60.000 y 300.000 €.
Si acaso intentasen la atenuación de la falta aplicacando el artículo 45.5, recurres la resolución alegando que esta es una práctica habitual en la compañía, que ha recibido diversas sanciones por ello impuestas por la propia Agencia y que no se trata de una práctica inusual de la compañia denunciada ni desconocida de la Agencia.

Denuncia tambien la posible cesión de tus datos por parte de un tercero que los hubiese recabado para un fin distinto, e incluso el posible tratamiento sin consentimiento por ese tercero, en tanto que posiblemente no le hayas otorgado tu consentimiento para tratar recabar y tratar tus datos personales.
A ese tercero se le imputarian entonces una sancion grave (60.000 a 300.000 €) y una muy grave (300.000 a 600.000 €).
Si intentasen atenuar la sanción y aplicarle el artículo 45.5 de la LOPD, buscas al sujeto en la web de la Agencia y si aparece, recurres la atenuación y les repites los mismos argumentos que te he dicho antes.

Documentación a presentar: cualquiera que pueda probar que te han emitido las tarjetas, que te las han intentado cobrar o que te han condonado la deuda.

Presentando la denuncia tardarán entre 1 y 3 meses en contestarte si la aceptan, hasta un año en investigarla y 6 meses mas en sancionarla.

Si no la aceptan puedes recurrir la decisión, pero la respuesta se puede demorar hasta 6 meses.

Pit.-

2 Enrique Roca
13 de Diciembre de 2009 (11:53)

Muchas gracias Pit. Se nota que sabes el trabajo que pisas.


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