¿Por qué nos escandalizamos cuando una compañía reclama sus derechos?
Y la pregunta es muy clara, concisa y directa.
Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación.
En caso de falta de pago de unas de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entenderá que el contrato queda extinguido. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato este suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso.
Si el contrato no hubiere sido resuelto o extinguido conforme a los párrafos anteriores, la cobertura vuelve a tener efecto a las veinticuatro horas del día en que el tomador pagó su prima.
La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.
Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.
Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.
| 1 |
|
24 de mayo de 2012 (14:51)
Totalmente de acuerdo con lo que expones. ¿Sabes qué pasa? Que a veces las aseguradoras también abusan, porque ellas también tienen la obligación de avisar a su cliente del importe de la renovación del seguro, y nosotros también tenemos derecho a saberlo porque tampoco sabemos cómo nos van a ir las cosas en el tema económico el año que viene. Pero bueno, hay que ajustarse a lo que dice la Ley, y estoy de acuerdo contigo, sea un abuso o no. Para acabar, comento que este año pienso notificarles con 3 meses de antelación mi deseo de no renovación en caso de que se me suba el importe del seguro (como llevan haciendo 4 anualidades si darles ni un solo parte). La cuastión que dejo en el aire es, ¿me subirán el importe de la póliza en este caso? Lo sabréis en la próxima entrega, jeje... Un saludo. |
|---|
| 2 |
|
24 de mayo de 2012 (15:24)
La compañia no tiene la obligacion de notificar la renovacion, salvo que haya una modificacion del contrato.
|
|---|
| 3 |
|
24 de mayo de 2012 (15:42)
Me ha gustado mucho el artículo, sobre todo el último párrafo en el que explicas que una gran empresa necesita tiempo para poder planificar su actividad. El problema que hay se deriva (una vez más) de la mentalidad de la gente. Todo el mundo valora muchísimo su trabajo y su propio esfuerzo, pero lo que hacen los demás parece que no vale mucho. Los demás viven del aire por lo visto, siempre cobran mucho más de lo razonable (es decir, más de lo que me conviene a mí), tampoco necesitan tiempo para trabajar bien ni para organizarse, ni tienen sus problemas con proveedores, riesgos, etc. |
|---|
| 4 |
|
24 de mayo de 2012 (16:43)
Mira te cuento una anecdota, una día le di un recibo que me liquidaban en efectivo a un cliente. En dicho recibo, viene una parte para recortar, en el que el desglose de todo, viene mi comision. Yo lo entrego todo, no tengo nada que oculta a mis clientes. Pues no va el tio y me dice, Bajate la comision, que así me sale más barato. Me salió del alma, le conteste, ¿Le digo a usted lo que tiene que cobrar por su trabajo?.
|
|---|
| 5 |
|
Masmoney2001
en respuesta a
Sossek
24 de mayo de 2012 (23:54)
a mi me pasa justo al revés, el problema? lo tengo con mi correduria de seguros. Yo soy el que siempre me preocupa un par de meses antes o el mes antes de como me va a salir la renovación, y "bueno dejame mirartelo.. blabla", pasan semanas, y hay q dar el toque otra vez, eso si esa vez ya es eficaz, te trae unas cuentas ofertas. Como comprenderás, si decido cambiar, se lo digo,....aun asi siempre entra el recibo que tengo q devolver, quien funciona mal: ¿mi correduria? ¿el seguro q lo mete a ver si cuela? eso si luego envian la tipica carta, para q revises el nº de cuenta, y se acabo ¿es asi? ¿han contactado con mi correduria? saludos |
|---|
| 6 |
|
sochas
en respuesta a
Masmoney2001
25 de mayo de 2012 (09:58)
Que sí, la teoría es muy bonita y como yo me la sé llamé con 3 meses de antelación para saber el precio de la renovación. Desde Linea Directa me dijeron que no tenían esos datos hasta 25 días antes de la renovación de la póliza. |
|---|
| 7 |
|
Sossek
en respuesta a
Masmoney2001
29 de mayo de 2012 (12:36)
A ver, es que la anulacion no se presenta llamando al corredor, Hay que dejar constancia escrita. Una CIA (Que no lo descarto ojo) no puede mandar un recibo a ver si cuela, se le puede caer el pelo. Es más, es tonteria, porque habiendo anulacion EN TIEMPO Y FORMA, si se detecta esto, tienen que abonar lo cobrado |
|---|
| 8 |
|
29 de mayo de 2012 (12:38)
Eso es totalemnte cierto, a mi me pasa, hasta el mes previo no se las renovaciones. Pero por eso, siempre puedes mandar la anulacion y si no encuentras nada, desdecirte. El problema lo veo, o que las CIAS tienen que saber 90 días antes las primas (poco probable o nulo) o que la DGSyFP permita anulaciones con 30 días de antelacion (Poco probable o nulo)
|
|---|
| 9 |
|
Masmoney2001
en respuesta a
Sossek
29 de mayo de 2012 (12:51)
adivina donde me mandan los seguros si tengo alguna duda sobre ellos??? ya lo sabes a la correduria. lo q planteas es surrealista, darme de baja todos los años, y luego según sea la renovacion, comunicarles que siguo o directamente irme. creo q va a ser mejor q sigua asi, si cambio de seguro, controlo que no me lo cargan, si lo hacen lo devuelvo y fin, me imagino que el dia que haga ese cambio cambiando de correduria podre tener porblemas, pero mientras mantenga mi correduria no creo q tenga porblemas, .....poque honestamente si tengo algun porblema, cambiare inmediatemente de correduria
|
|---|
| 10 |
|
Sossek
en respuesta a
Masmoney2001
31 de mayo de 2012 (17:20)
No creo que sea tanto problema de la correduria o no. Es el dia que las compañias abran la veda de las raclamaciones via judicial. OJO; que creo que no llegará porque seria subrealista. |
|---|
| 11 |
|
19 de junio de 2012 (15:52)
Soy Agente/Mediador de seguro.
|
|---|
| 12 |
|
Sossek
en respuesta a
mariaelenamn
25 de julio de 2012 (15:21)
Creo que no puedes, salvo que seas corredor. Porque los agentes lo único que tenemos son los derechos económicos de las pólizas, lo clientes son de la CIA, no como los corredores |
|---|
| 13 |
|
25 de julio de 2012 (22:35)
No sé si es general, pero he visto, o creo recordar que tras un siniestro existe el derecho de cancelar la póliza ¿es así? |
|---|
| 14 |
|
Sossek
en respuesta a
W. Petersen
26 de julio de 2012 (12:25)
Pues la verdad, creo que se puede cancelar, pero resolviendo con los 60 días informando por escrito, una anulacion normal. Pero por parte de la CIA.
|
|---|
Guardado por: 1 usuario