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Zeiros 28/12/20 22:18
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola,Si han considerado tu escrito como reclamación previa a tu resolución (expresa o presunta), tienen hasta 40 días hábiles para responder. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entendería desestimado el recurso y procedería interponer demanda ante los Juzgados de lo Social (al igual que si la reclamación previa fuese desestimada expresamente).Saludos y suerte con ello.
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Zeiros 28/12/20 22:08
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola Guadalupe73,Si solicitaste que tuviesen en cuenta los ingresos de 2020 y cumplías el requisito del límite de ingresos de 2019, estarán descontando la RAI de 2020 y cualesquiera otro ingreso de este año.Saludos.
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Zeiros 28/12/20 14:19
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola,Hay que tener en cuenta que el importe a percibir, en excepcionales casos, va a ser el máximo fijado para cada unidad de convivencia. Lo habitual, como habrá sido tu caso, es que tras descontar el resto de ingresos del ejercicio correspondiente resulte la cantidad fijada para el año en curso, que en este supuesto es de 180 €.Como ya se indicase en varias ocasiones, revisa tu solicitud, para saber sobre qué ingresos se ha determinado. Comprueba los ingresos que constan a Hacienda para cada uno de los miembros de la unidad de convivencia, y de existir error, formula reclamación previa dentro del plazo de 30 días desde el día siguiente que recibiste la notificación.Saludos.
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Zeiros 28/12/20 01:18
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola,Salvo que el embargo que indicas suponga una deuda con la entidad, de poco serviría abrir una cuenta bancaria nueva en otra entidad. Es decir, si la deuda proviene de Hacienda, Seguridad Social, o incluso proviene del Juzgado por x o y motivo, la nueva cuenta será advertida y cualquier importe susceptible de embargo, será embargado. Saludos y suerte en cualquier caso. 
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Zeiros 23/12/20 21:18
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola Mariela911,Siento el sentido de la resolución.Al respecto, habría que saber en primer lugar el motivo de la denegación.Si fuese por renta, comprobar los ingresos de 2019 que constan a Hacienda para los distintos miembros de la unidad de convivencia y verificar si se cumplían con los requisitos según la solicitud realizada (sobre los ingresos de 2019 o 2020).Para el caso de ser incorrecta dicha resolución cabe interponer reclamación previa en el plazo de 30 días desde el día siguiente a recibir la notificación.Si fuese correcta la resolución y, en el caso de haber solicitado el IMV sobre los ingresos de 2020, podrías comprobar si cumples requisitos respecto los ingresos de 2019 y efectuar una nueva solicitud al respecto (siempre indicando la denegación expresa de la solicitud anterior). En el caso de no cumplir requisitos en ninguno de las modalidades, habría que esperar a 2021 a fin de efectuar una nueva solicitud sobre los ingresos de 2020.Y, en el caso de denegación por otros motivos (superación de patrimonio, ser administrador de sociedad, etc.), verificar si cumplías los requisitos y efectuar la reclamación previa si procede.Saludos y ánimo.
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Zeiros 22/12/20 22:59
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola Resan,Los rendimientos del trabajo se computan de forma íntegra, no obstante deben descontarse el importe relativo a las cotizaciones sociales, así como el importe del Impuesto sobre la renta devengado.Sobre la devolución del IRPF, entiendo que se sumaría a los ingresos ya que la devolución puede derivar, no siempre, de una retención por encima de lo necesario para el caso concreto. Indico que no siempre, ya que puede provenir de la aplicación de determinadas deducciones, siendo que alguna supone un ingreso directo de dinero para el contribuyente.A modo de ejemplo, y espero no estar equivocado. Si a x le abonaron en 2019 10.000€, habiéndole retenido un 15% (1.500) y resultando una declaración a devolver por importe de 500€, entiendo que a los 10.000€ le restarían, además de las cotizaciones sociales, los 1.500 y le sumarían los 500 de la devolución. O visto de otro modo, a los 10.000 €, además de las cotizaciones sociales, le restarían los 1.000 que Hacienda determinó que debía pagar en concepto de IRPF.Saludos.
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Zeiros 22/12/20 22:25
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola,No habría mayor problema en lo que comentas, siempre y cuando no supere el límite de ingresos de su unidad de convivencia. Lógicamente a mayor importe por rendimientos del trabajo del año anterior (o del año en curso sólo para 2020), menor cantidad de IMV a percibir.En cuanto a las pagas extraordinarias, no dejan de ser rendimientos del trabajo como lo son las pagas ordinarias, por lo que computan igualmente.Saludos.
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Zeiros 21/12/20 11:20
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola,Salvo que hayan llevado cabo actuaciones tendentes a interrumpir el plazo de prescripción, tales como notificaciones de deuda, providencias de apremio, etc; dicha deuda podría estar prescrita.Asesorate al respecto por si pudieses interponer oportuno recurso. Saludos y suerte con ello. 
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Zeiros 18/12/20 22:32
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola Yo Y Yo,A los beneficiarios de la rentas de inserción de las CC.AA. se les ha instado a que solicitasen el IMV y acreditasen tal solicitud.Que se les conceda esta prestación o no, dependerá, como el resto, de que cumplan requisitos al respecto.Si mal no recuerdo una usuario indicó que había solicitado el IMV aún sabiendo que no le corresponde porque su Comunidad Autónoma le obligaba a ello para mantener su renta de inserción.Saludos.
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Zeiros 18/12/20 22:28
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola,Entendía que si, ya que en casos más o menos recientes el mail sobre la solicitud llegaba al poco tiempo y no con tanta demora como comentan varios usuarios.Con el tema del mail de confirmación recibido con tanto retraso me hace dudar de cómo lo terminen interpretando y a qué le den validez, si a la fecha en la que se presenta y se obtiene resguardo, o la fecha en la que lo confirman. Considero que sería el primero, pero con el IMV, a la vista está que nunca se sabe.Saludos.
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