Si el dinero devuelto no te ha supuesto beneficio alguno, no hay que regularizar nada. En nuestro caso, a mi pareja le pasó eso. La devolución no supuso beneficio alguno, la renta no sufría variación y no sé regularizo nada. Yo de los años a regularizar solo me salía beneficio en 1, que fue el que regularice, por eso es muy importante tener el desglose por años, para realizar todas las comprobaciones año por año y ver si esos importes supusieron beneficio en su momento.
Para la renta lo que tienes que tener en cuenta es la información fiscal que facilita el banco a hacienda, ahi verás como el banco ha reflejado esa operación. Cuando a mí me realizaron la devolución, fue el propio banco (bueno el trabajador con el que lleve todo el tema) el que me advirtió en varias ocasiones, que todo dinero que entre en la cuenta tenía que regularizarlo.
Hay que regularizar lo que te hayan ingresado en cuenta. Si te han ingresado 3.412,67€. Tienes que regularizar sobre ese importe. Para no regularizar lo que te han amortizado, este dinero tiene que ir directamente a la amortización.
"Hola, estas hablando de regularizar una cantidad mínima, por lo que lo primero que tienes que hacer es comprobar si esa cantidad te supuso beneficio alguno en esa declaracion.
En caso de que te beneficiara, deberias de hacer complentaria de ese año lo antes posible ( la declaracion a regularizar prescibe el 30 de Junio, no sé responder con seguridad, si pasada esa fecha te pueden reclamar, entiendo que no,comparandolo con otras situaciones) para que lo que tengas que pagar a hacienda no te suponga mas intereses y tal vez una posible multa por no regularizarlo en su momento."
Ese ha sido mi comentario, no refiero directamente a ningun año, pero sigo su hilo y me refiero al último 2013, el no prescrito y que va tarde porque tendria que haberlo hecho ya.
No, lo importante no es la fecha de devolucion , si no a que periodo correponde lo devuelto.
A mi.me han podido devolver 10000 el.año pasado, pero solo 5000 son de los años no.prescritos. De ahí la.importancia de los importes desglosados.
Me han podido devolver la clausula ahora, y quitarmela hace 5 años, yo me he beneficiado desde hace 5 años hacia atras, pero hacia adelante me he desgravado lo.correspondiente y no me he beneficiado en nada.
Desde 2013 o 2014
ha desgravado sin clausula suelo, por lo que no tiene nada.que regularizar, independientemente.de cuando le hayan devuelto el dinero.
A ver igual he entendido mal, pero le quitaron el suelo en 2013, por lo que los.intereses devueltos son de ese año hacia atras, solo le queda por regularizar, si se da el caso el año 2013 ( que se hace en 2014). Por lo que no tiene que hacer complementarias posteriores.
El beneficio me refiero a esos 200 pocos euros que refiere al único año que tiene que regularizar 2013, me parece poco, pero aunque sea 30 €, hacienda los puede pedir con intereses.
Hola, estas hablando de regularizar una cantidad mínima, por lo que lo primero que tienes que hacer es comprobar si esa cantidad te supuso beneficio alguno en esa declaracion.
En caso de que te beneficiara, deberias de hacer complentaria de ese año lo antes posible ( la declaracion a regularizar prescibe el 30 de Junio, no sé responder con seguridad, si pasada esa fecha te pueden reclamar, entiendo que no,comparandolo con otras situaciones) para que lo que tengas que pagar a hacienda no te suponga mas intereses y tal vez una posible multa por no regularizarlo en su momento.
En la declaracion de la renta que hicimos en el año correspondiente no viene lo que toca a devolver (si tocase). Puede haber coincidencia, pero ahí no se ve. Es una restructuracion de la declaracion completa, lo que cambia todos los resultados habidos en ella.