Hola.Gracias por tu aportación, es la respuesta que necesitaba para salir de mi ignorancia al respecto.Voy a "trastear" por la web con -compraventa de participaciones- a ver si me cuentan algo más.Saludos
Gracias por tu aportación, me ha servido de gran ayuda, me he puesto en contacto con la notaria que realizó trámites de la compraventa y estoy a la espera de sus instrucciones, ya os comento.
Salu2
Efectivamente, hay que aportar los documentos pertinentes y esperar la respuesta de los citados servicios. Espero que la verdad prime ante la burocracia.
Saludos.
Puesto que la familia se había agrupado en el domicilio familiar en 2008 y convivíamos en él los cuatro miembros de la familia y yo asumía todos los gastos (documentos enviados a la AEAT en mis alegaciones). Supongo que queda demostrada la convivencia y me debían aplicar al menos el 50% por mi hijo al haber cumplido la mayoría de edad en noviembre.
saludos.
He presentado complementarias a los ejercicios 2013 y 2014 cambiando la opción a individual y aplicándome el mínimo por descendientes exclusivamente de mi hijo mayor puesto que no tiene rentas y convive conmigo, el programa me lo ha permitido previo pago anticipado. El menor no lo hago aparecer en la declaración puesto que es su madre la que tiene la custodia.
Con respecto a mi declaración de 2012, me hacen propuesta de liquidación provisional en la cual no me aplican el mínimo por descendientes
Dentro del ejercicio 2012, en el mes de noviembre, mi hijo mayor cumple 18 años y por lo tanto supongo que deja de estar bajo la custodia de su madre.
Puesto que pienso que lo que se aplica es la situación a 31 de diciembre.
En vista de que tengo demostrada la convivencia, ¿debería haberme aplicado la AEAT, en la propuesta de liquidación provisional, el mínimo por descendiente?
Saludos.
Gracias por tu opinión. He decidido hacer complementaria de ambos periodos, opción individual y sin incluir al menor.
En la original opté por la opción conjunta formando unidad familiar con el menor.
Mi problema surge al cumplimentar la complementaria, al marcar la casilla 120 se abre una nueva ventana:
Marque la casilla o casillas correspondientes al tipo de declaración complementaria de que se trate:
a), b), c), d), e). Marco la "e)".
Resultado de las anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes a 2013.
Devociones acordadas por la administración....ingreso el importe de la casilla .... y cuando selecciono aceptar me surge una ventana:
"Las casillas relativas a la declaración complementaria sólo tiene efecto respecto a la declaración desde la que se cumplimentan: en este caso, la declaración corresponde al contribuyente. Si la declaración inicial hubiera sido conjunta, los datos solicitados en esa ventana deben cumplimentarse desde la declaración conjunta."
He leído que la opción ejercitada para un periodo impositivo se puede cambiar con una complementaria una vez terminado el periodo impositivo.
Saludos.
He recibido de la Agencia tributaria notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional del ejercicio 2012 en el mismo sentido que la notificación del ejercicio 2011 pero, directamente, sin ningún tipo de requerimiento.
Aportaré los mismos documentos que en la anterior notificación y esperaré que sea suficiente prueba.
En todo caso sería para mi importante que expresaras tu criterio en referencia al comentario y preguntas que te formulo en la respuesta anterior.
Saludos.