terrenos
27/01/15 14:23
Ha respondido al tema Reclamación de la declaración 2012.
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Buenos días;
Permite que te dé una respuesta rápida......NO
Estáis confundiendo el mínimo por descendiente con una reducción por tributación conjunta para unidades familiares monoparentales.
Si tú no estás casado y CONVIVES con tu pareja NO tienes derecho a aplicarte dicha reducción de 2150 euros.....ni tú ni ella.
Con independencia de lo anterior el mínimo por descendiente se reparte a partes iguales entre ambos siempre bajo el supuesto de que los dos conviváis con dicho descendiente.
Resumiendo......En el supuesto de que convivas con tu pareja y con tu hijo/a esa reducción esta mal aplicada y por lo tanto la liquidación paralela emitida por la agencia tributaria es totalmente correcta.
Lo que ahora te solicitaran es que ingreses la cantidad devuelta de más o pagada de menos en la renta del ejercicio que se trate(creo recordar que has dicho que se trata de la de 2012) más los intereses de demora generados desde la finalización del plazo voluntario de presentación de renta para ese ejercicio en concreto.