Pues entiendo que mientras no cobres por él no se considera una prestación de servicios y por tanto no es objeto de la LMV. No obstante, la LMV no hace referencia explicitamente a si los servicios deben ser remunerados o no, lo que si considera asesoramiento financiero son informes o recomendaciones tanto personalizadas como generales. Y por tanto para llevar a cabo tal actividad hay que estar registrado con la CNMV.
Si no estas registrado te pueden hacer una advertencia, es decir, tu nombre y apellidos salen en la web de la CNMV como potencial "chiringuito", y en casos más graves abrirte un expediente sancionador.
Por supuesto habrá gente que no este registrada y preste servicios puesto que en todas partes se violan las normas. No obstante, como quiero dedicarme a esto, entiendo que una advertencia de ese tipo podría dañar mi imagen hasta el punto de poner fin a mi carrera en el asesoramiento financiero, por lo que prefiero hacer las cosas bien.
En este caso la cartera esta compuesta en un 25% Bolsa Europea y 25% Bolsa americana. Lo que hago es diversificar un poco el riesgo. No quiero renunciar a la QE de Europa y por eso le doy peso, pero tampoco quiero renunciar al S&P 500 teniendo en cuenta que es el Índice más rentable del mundo, por lo que divido posiciones y logro menos volatilidad.
Jajaja, pues la verdad no lo se, pero alguna vez los he visto cuando he ido al banco y no parecían muy entusiasmados con el curro. Pensaba que en banca privada el trabajo era mucho más proactivo; reuniones con clientes constantemente, llamadas constantemente, relaciones públicas con clientes (llevarlos a comer por ahí, invitarles, etc), aconsejar sobre la gestión de su patrimonio, etc. No se sí estoy equivocado..