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Rikyrg 08/12/10 21:07
Ha respondido al tema Vivienda libre de cargas, pero con hipoteca que se compromete a cancelar en breve
Lo que firmas es una escritura de compraventa, de una finca gravada con hipoteca a favor del popular, que te vende un promotor llamado Aliseda, verdad? Gravada con una hipoteca que grava la finca por un importe superior al de venta. Del que entiendo que no ven un sólo euro y que la cantidad que abonas es para el pago "parcial" de esa deuda. En el estado de cargas tienen que indicar la cantidad adeudada a día de hoy, porque el principal de la hipoteca puede ser superior cuando se constituyó, pero pueden haber ido amortizando algo, esa cantidad la tiene que acreditar el banco popular diciendo lo que adeudan a día de escriturar y a priori debía coincidir con lo que tú abonas. Si la deuda al momento de firma es mayor de lo que les pagas y adquieres libre de cargas la vivienda, entiendo que esa cantidad como es lógico la debe el prestatario (Aliseda) pero en un momento extremo como te indica antes un compañero (que se declare en suspensión de pagos, por ejemplo) nose si los acreedores podrían acogerse a esa garantía que ya estaría en tu poder... Por otro lado pides una hipoteca al mismo banco Popular, no? y Aliseda es del grupo popular, osea que ellos se lo guisan y ellos se lo comen... Lo de la condición resolutoria, se pondría algo parecido a lo que indicaste (una fecha determinada) que sucede con las condiciones resolutorias que la resolución o pérdida de los derechos adquiridos dependen del hecho que constituya la condición, (también conllevaría más gastos, porque esa condición es inscribible y luego habría que cancelarla). Lo de la ratificación no te inquiete en demasía, ya que en caso de duda el primero que no se arriesgaría sería el banco a firmar la hipoteca posterior a tí. Y en cuanto a lo de la cancelación de la hipoteca cerciorate que sea económica (como es lógico) y si hacen la escritura de cancelación y la inscriben en el registro. Un saludo, Ricardo.
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Rikyrg 01/12/10 19:22
Ha respondido al tema Fin de hipoteca
Aqui me pillas, Aunque los honorarios notariales van en función de la total responsabilidad (principal + intereses ordinarios + demora + costas y gastos). El registro será algo más barato y la liquidación juraría que exenta. Lo primero hablar con el banco o caja y ver la posiblidad de tramitarlo por tí mismo y sino ver cuanto te cobraría la gestoría que tenga asociada para realizarla. Un saludo y nada de gracias, es un placer intentar ayudar.
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Rikyrg 01/12/10 12:51
Ha respondido al tema Fin de hipoteca
Lo primero felicitarte, Existen varias posiblidades, 1ª, que lo dejes todo en manos de la gestoría de tu banco, hablas con ellos y les indicas que quieres tramitar la cancelación de hipoteca que grava tu finca y te pedirán una provisión de fondos y pasado un plazo te darán la escritura de cancelación inscrita en el Registro de la Propiedad de donde radique tu finca. Otra posiblidad, que hables con tu banco para ver la posiblidad de tramitar por ti mismo, dicho trámite, si esa respuesta es positiva, pideles un certificado de deuda 0 €, y luego con una copia simple del préstamo hipotecario o con una nota simple de la finca donde venga la distribución de la hipoteca, te vas a la notaría donde suelan firmar los apoderados de tu banco a encargar la escritura de cancelación. Una vez preparada dicha escritura pasarán a firmarla los apoderados del banco (tú no firmas, sólo los apoderados del banco para dejar constancia que la deuda está liquidada) te llamarán para recogerla. Tendrás que ir al registro de la propiedad donde pertenezca la finca y presentarla a inscripción, pero antes de ello tienes que pasar por la oficina liquidadora (suelen estar en el mismo edificio) y liquidar el impreso correspondiente y una vez liquidada presentar a inscripción. Un saludo, Ricardo.
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Rikyrg 22/11/10 21:16
Ha respondido al tema Pagar la cancelacion registral de la hipoteca
Buenas tardes, Lo primero es la notaría y una vez el notario de fe de que eso es cierto, lo llevas al registro para que lo inscriban y cancelen la garantía real que grava tu finca. Ya que tienes esa posibilidad, si yo fuere tú iría a la notaría donde firme de forma más habitual ese director que comentas, ya que la cancelación de hipoteca es una escritura que sólo firman los apoderados del banco, diciendo que ya está sufragada esa deuda. Cualquier duda me comentas, un saludo, Ricardo.
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