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ntldr1962 28/02/15 12:50
Ha respondido al tema ¿A alguien le han reclamado judicialmente los créditos ICO?
Yo estoy luchando. Sí, me lo han reclamado judicialmente. Pero a menos que se trate de una linea distinta a la mia, cometes un error en tu comentario, si me lo permites. Si tu credito pertenece a lo que se denomina lineas de mediacion, no es el ICO el que te reclama. La cuestion es bien sencilla, el ICO libera contablemente el importe de tu operacion a la entidad colaboradora a cambio de obtener por parte de esta, en tu caso la caixa, la garantia en el cobro. De tal manera que si te has creido que has firmado con el ICO... en la realidad te encontraras que solo tienes aceptada y firmada una operacion con la caixa. De tal forma que ya puedes protestar al ICO... les da igual, para ellos, desde el momento en que firmaste la escritura hipotecaria, esa operacion no existe para ellos. Sin embargo si tendras camino para andar si has firmado como parte de la operacion, una poliza mercantil con un condicionado impuesto por el ICO, que como podras comprobar... (Imagino) no se corresponde con todas las recomendaciones realizadas en la norma que rige esas operaciones. Debes saber que en este pais, con el hecho simple de que una entidad financiera acuda a la justicia para una ejecucion, el juez le dara curso automaticamente. Los articulos 695 y 696 (Si no recuerdo mal) permiten muy pocas opciones de oponerte. Es decir que.. desgraciadamente no tendras opcion a discutir, quejarte o protestar. Aunque encontraras motivos para interponer una causa penal contra la entidad... seria un proceso paralelo que no detendria la ejecucion y dependerias de: 1.- Que dicha causa fuera admitida a tramite. 2.- Que el juez estime indicios suficientes de delito penal. El sistema judicial español es muy garantista, asi que para que esos indicios hagan pensar al juez que existen no indicios sino ademas pruebas concluyentes, tienes un largo camino por recorrer. 3.- Que el juez proceda a instruir, investigar e imputar. 4.- A partir de ahi, podras solicitar la prejudicialidad del proceso civil de ejecucion, es decir que se paralice en tanto en cuanto se resuelva la causa penal por ser esta de mayor rango o importancia o gravedad. 5.- Por supuesto, de nuevo un juez sera el encargado de concederla o no. Desde mi punto de vista, aunque dicen que lo normal es que lo concedan, solo lo hara cuando estime que de no hacerlo, se podrian generar en el futuro sentencias que declararan al estado responsable de una injusticia. Este es mi punto de vista y experiencia. Espero que te sirva de algo. Saludos.
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