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Participaciones del usuario Ninonisi

Ninonisi 14/01/13 17:33
Ha respondido al tema Depósito BES 4,60 hasta fin de mes
Podrías decirme de dónde sacas la información de que el BES va a mantener la contratación del depo hasta fin de mes? Yo lo contraté por tlf el jueves día 10 y hoy me ha llegado la documentación por e-mail. Me dicen que está disponible hasta el martes y que el miércoles varían los interese y eliminan creo que el de 6 meses. Respetan a aquellos que lo contraten hasta ese martes, aunque la documentación les llegue con posterioridad aunque durante un plazo prudencial de tiempo que podría ser hasta fin de mes, pero la contratación me dijeron que el último día era el martes.
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Ninonisi 12/01/13 11:21
Ha comentado en el artículo ¿Qué opciones tenemos tras el nuevo tope a los depósitos impuesto por el Banco de España?
A mi el jueves por la tarde me entró un cabreo monumental y a pesar de tener oficina en mi ciudad y de empezar a hacer la solicitud por internet, llamé al BES para contratar el depo 12 meses al 4.60. El viernes me llamaron por tlf para confirmar el email y me comentan que este viernes están saturados con solicitudes y que hasta el martes mantienen los tipos de los depos, pero que a pesar de no tener que acatar la recomendación del BDE, no pueden ofrecer en sus depos un diferencial tan grande respecto a los demás y que como mínimo los bajaran medio punto, y que uno de los 4 depos que tienen lo van a eliminar, creo que me dijo que el de 6 meses.
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Ninonisi 18/10/12 10:34
Ha respondido al tema Depósitos Banesto
Depósito Banesto Seúl Condiciones de contratación - TAE: 4,00% - Interés Nominal: 3,94% - Plazo: 18 Meses Importes: Para contrataciones por internet el importe mínimo requerido es de 3.000 Euros de dinero nuevo*. Liquidez: Podrá disponer de su dinero, total o parcialmente, desde el primer día con una comisión por cancelación anticipada del 1% en el periodo que reste desde la fecha de cancelación hasta el vencimiento. El importe de esta comisión no podrá exceder en ningún caso a los intereses brutos devengados desde el inicio de la operación hasta la fecha de cancelación. Liquidación de intereses trimestral. Sin gastos ni comisiones de administración o mantenimiento. Retención fiscal del 21% para residentes en España, excepto residentes en Navarra cuya retención fiscal es del 20%. * Para clientes de Banesto (clientes con cuenta activa en los últimos 12 meses), que aporten dinero nuevo: incremento neto de saldo en productos de pasivo (Vista/Ahorro, IPF, Depósitos, Fondos I, Seguros Financieros Sicav/Simcav, Cesión Temporal de Activos, Recaudación de Impuestos y Activos Financieros) contratados con Banesto. Este incremento se calculará tomando como fecha de referencia inicial el día 6 de agosto de 2012 frente al saldo en productos de pasivo el día de contratación. Para Residentes en Ceuta y Melilla, contratación exclusiva en Red de Oficinas por Régimen Fiscal. Infórmese en su Oficina Banesto o llamando al 902 30 71 30 o si lo prefiere contrátelo directamente por internet.
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Ninonisi 18/10/12 10:33
Ha respondido al tema Depósitos Banesto
Creo que es para los que ya son clientes de Banesto. Yo lo soy de Ibanesto pero con las claves de Ibanesto puedo entrar en la web de Banesto y me aparecen en otros depositos. copio y pego: Depósito Banesto Londres Condiciones de contratación - TAE: 3,75% - Interés Nominal: 3,69% - Plazo: 12 Meses Importes: Para contrataciones por internet el importe mínimo requerido es de 3.000 Euros de dinero nuevo*. Liquidez: Podrá disponer de su dinero, total o parcialmente, desde el primer día con una comisión por cancelación anticipada del 1% en el periodo que reste desde la fecha de cancelación hasta el vencimiento. El importe de esta comisión no podrá exceder en ningún caso a los intereses brutos devengados desde el inicio de la operación hasta la fecha de cancelación. Liquidación de intereses a mensual. Sin gastos ni comisiones de administración o mantenimiento. Retención fiscal del 21% para residentes en España, excepto residentes en Navarra cuya retención fiscal es del 20%. * Para clientes de Banesto (clientes con cuenta activa en los últimos 12 meses), que aporten dinero nuevo: incremento neto de saldo en productos de pasivo (Vista/Ahorro, IPF, Depósitos, Fondos I, Seguros Financieros Sicav/Simcav, Cesión Temporal de Activos, Recaudación de Impuestos y Activos Financieros) contratados con Banesto. Este incremento se calculará tomando como fecha de referencia inicial el día 6 de agosto de 2012 frente al saldo en productos de pasivo el día de contratación. Para Residentes en Ceuta y Melilla, contratación exclusiva en Red de Oficinas por Régimen Fiscal. Infórmese en su Oficina Banesto o llamando al 902 30 71 30 o si lo prefiere contrátelo directamente por internet.
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Ninonisi 18/10/12 10:24
Ha respondido al tema EVO banco
http://www.laopinioncoruna.es/economia/2012/10/18/novagalicia-inicia-reestructuracion-busqueda-comprador-evo/656149.html
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Ninonisi 18/07/12 21:27
Ha respondido al tema Fin de las ayudas en VPO
En estos momentos con los impuestos ya no se hace política sino que sólo tienen un fin recaudatorio. El presupuesto es en realidad la expresión numérica de la política: a quienes y a qué actividades gravamos con impuestos, lo que supone fomentar otros colectivos y actividades menos gravadas o exentas, y en qué actividades y colectivos se gasta y se invierte. Pues bien, ¿qué sentido tiene la vivienda protegida si eliminamos las ayudas a su compra? ya evito mencionar la eliminación de la desgravación por adquisición de vivienda, que recordemos era sólo para la vivienda habitual, y la subida del IVA. Sólo quedarían las ayudas que recibe el promotor para su construcción pero supongo que también habrán desaparecido. En estos momentos, con el módulo básico (precio por metro cuadrado de vivienda de protección) congelado desde 4 años, incluso así, las viviendas libres son más económicas en la mayor parte de los municipios y con menos trabas para su venta y posibilidades de alquilar. La idea es la siguiente, si eliminas las ayudas, ¿por qué no se baja el precio del módulo para adaptarlo a la realidad del mercado actual y al de las bajadas que se avecinan? ¿Por qué no se permite la desclasificación de la vivienda a los 10 años y no a los 30 como es norma ahora? (recuerdo que se pueden vender a partir de los 10 años pero devolviendo las ayudas recibidas, aunque como máximo al precio oficial y no al de mercado que en estos momentos es más bajo, aunque la desclasificación es a 30 años) En fin, que no veo racionalidad ni política con estas medidas sino sólo la persecución de reducción de gastos e incremento de recaudación. Una nota final, ¿por qué no se hace una revisión del catastro para reducir valoraciones y adaptarlo a la situación actual? Ah! Que esto supone menos ingresos para la administración aunque la aplicación de la medida sea de lo más realista y justa. Pues eso, señores políticos (o mejor recaudadores) que me lo expliquen.
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Ninonisi 14/07/12 13:04
Ha respondido al tema Fin de las ayudas en VPO
El texto literal es el siguiente: Artículo 35. Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley quedan suprimidas las ayudas de subsidiación de préstamos contenidas en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Así mismo no se reconocerán aquellas solicitudes que estén en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma.
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Ninonisi 09/05/12 10:34
Ha respondido al tema Declaración complementaria
Hola, en este caso como no sólo hemos incluido más ingresos sino que además aplicamos el 40% de deducción, el resultado es a devolver y por tanto no procede declaración complementaria; hay que presentar un escrito de devolución de ingresos indebidos dirigido a la tu delegación tributaria explicando todo: que se percibieron atrasos de trienios y que fueron por sentencia judicial, fecha de cobro y de sentencia; adjuntar copia de esa docimentación y la declaración nueva que has hecho con los nuevos datos sin marcar que es complementaria para que se vea que procede una devolución mayor a la que se practicó en su día.
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