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Participaciones del usuario Nidelok

Nidelok 24/05/16 12:20
Ha comentado en el artículo ¿Puede la comunidad de propietarios cobrar intereses de demora por las cuotas impagadas del anterior propietario?
Hola a todos, como ya os avancé adquirí una plaza de aparcamiento a las afueras de un pueblo de mi ciudad (ninguna ganga) pero esto era experimental y era el primer inmueble que me adjudicaba, para empezar estaba bien. Todo bien hasta que llego al administrador de la comunidad para que me pase los recibos a mí y el anterior propietario (el promotor del edificio) debe hasta callarse... Los números no me cuadraban, si la cuota era de 3.87€ mensuales, se me exigía mucho más... ¿Razón? Intereses de demora generados por el anterior propietario. Habiendo leído ya este post, con mucha mano izquierda, prudencia y educación le remito al artículo 9.1 de la LPH, con lo que tras un rato de batalla dialéctica el administrador me propuso lo siguiente: "Vamos a hacer una cosa, te vamos a cobrar solo las cuotas pendientes hasta ahora y de aquí en adelante vamos a seguir cobrándotelas, pero los intereses de demora los dejamos aparcados hasta la próxima junta de vecinos y que ya ellos decidan si se la quieren reclamar al anterior propietario o condonártela" Propuesta a la que yo accedí, pues tener todos los recibos pagado creía que ya era un logro, pero con la mala fortuna de que el día de la junta yo no pude asistir y dar la cara para explicarle a los vecinos que esos intereses no me corresponden a mí. Envié un email al administrador para que lo imprimiera y lo repartiera a los asistentes a la Junta General Ordinaria, con todos mis argumentos para no pagar los intereses (sacados de este post) con un tono muy cordial, amable, educado y respetuoso, sin ser pretencioso o agresivo. Pero no resultó, en dicha junta se aprobó que se me reclamaran los intereses. Hoy casi dos meses después llegan a mi email dos documentos que me dan el plazo de diez dias para pagar, o que voy al juzgado: El primero es un CERTIFICADO del administrador de la comunidad en el que certifica que según la pasada Junta General Ordinaria se acordó reclamarme judicialmente EL SALDO PENDIENTE DE PAGO EN CONCEPTO DE COUTAS COMUNES ATRASADAS PENDIENTES A MARZO 2016!!! Señores, ¿esto no es una calumnia?, las cuotas están todas pagadas, eso son los intereses de demora, ¿qué hago con estos pájaros?. El saldo a deber son 240€ no es mucho dinero, pero me repatea tener que dárselo a quien no se lo debo. El segundo es una copia de la carta certificada con referencia RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL DE DEUDA PENDIENTE que pretenden mandarme si en diez días no pago. Con el mismo tema que antes: DEUDA PENDIENTE CORRESPONDIENTE A LAS CUOTAS DE LA COMUNIDAD DE ATRASOS A MARZO DE 2016. Como podéis ver, ni el certificado ni la reclamación extrajudicial dicen la verdad, pues las coutas están pagadas, realmente creo que no tengo que pagar ese dinero y mucho menos si lo que se redacta no es veraz, pues no son cuotas son intereses de demora, las cuotas están pagadas. S.O.S. AYUDA!! Nunca me he enfrentado a ningún procedimiento judicial, no sé cómo funciona todo esto, ¿qué hago? Pagar y tragar con toda la chulería de esta gente va en contra de mis principios. ¿Qué puedo hacer?
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Nidelok 10/12/15 00:06
Ha comentado en el artículo Los clientes del subastero en las subastas judiciales electrónicas
En una tesitura parecida me encuentro yo Tristán, hasta ahora sólo he trapicheado con subastas de la AEAT online, y claro he encontrado bienes muy interesantes para ofrecerle a gente "posibles clientes" pero el follón que hay que liar con el poder notarial y tal me ha echado para atrás... porque decirle al tío esto se hace así y así al final te quedas sin la operación, sin el bien y sin el cliente que desde ahí en adelante empieza a asistir a todas las subastas por su cuenta... En fin todo se andará... A parte, mi pregunta es: ¿A alguno os funciona el portal de subastas judiciales o es que yo soy inútil y no sé usarlo? Ponga el criterio de búsqueda que ponga nunca lista ningún bien... David M
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