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Participaciones del usuario Monillo - Depósitos

Monillo 08/05/24 12:30
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Todo lo que esté cerrado el 31dic no cuenta ni para el saldo conjunto a 31dic ni para el saldo medio conjunto del 4ºT a efectos de obligación de presentar el 720.El dinero de las cuentas cerradas antes del 31dic, o está en España o está en otras cuentas vigentes el 31dic que ya declararás o se tendrán en consideración para los límites.
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Monillo 08/05/24 10:12
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Modelo 100. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Sirve para declarar los intereses españoles y extranjeros en la casilla 27.Modelo 720. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero.Sirve para declarar los saldos del extranjero si en conjunto pasan de 50k por 1ª vez el 31dic.
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Monillo 08/05/24 08:18
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
El límite de 50k se aplica a la sociedad ganancial en conjunto. Si entre los 2 cónyuges gananciales pasan de 50k, ambos están obligados a presentar cada uno su propia declaración 720 identificando si es titular formal o real.------------------------------------+ En matrimonios en GANANCIALES, los 2 deben presentar si juntos pasan de 50k aunque sólo uno de ellos sea titular de la cuenta.https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/impuestos-tasas/declaraciones-informativas/modelo-720-decla_____sobre-bienes-derechos-extranjero_/preguntas-frecuentes/titularidad-compartida.html?faqId=19d64ef83ac8f710VgnVCM100000dc381e0aRCRD  - Si los 2 son titulares de una cuenta conjunta cada uno declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 50%.    - Si sólo uno es titular formal, éste declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y el cónyuge no titular formal (real) en otro mod 720 declara con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%. https://www.fiscal-impuestos.com/titulares-formales-y-materiales-de-bienes-en-extranjero-deben-presentar-modelo-720.htmlConsulta vinculante gananciales: https://www.fiscal-impuestos.com/sites/fiscal-impuestos.com/files/NFC070321.pdfhttps://reaf.economistas.es/preguntas-y-respuestas-enviadas-por-email-720/ Pregunta nº 1 del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).www.rankia.com/foros/depositos/temas/2602508-rellenando-modelo-720?page=327#respuesta_6308582    - Si cada cónyuge es titular formal único y hay una cuenta de cada uno:    - Cónyuge 1: Declara su cuenta con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y también declara la cuenta del cónyuge 2 como con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%.    - Cónyuge 2: Declara su cuenta con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y también declara la cuenta del cónyuge 1 como con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%.
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