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Yo mismo 02/10/15 15:47
Ha comentado en el artículo Un concepto nuevo para los análisis de Volkswagen: EXTERNALIDADES.
No creo que el problema sea de los consumidores, o por lo menos, no directamente. El problema está en que sí hoy hay alguna empresa que esté diciendo la verdad en las emisiones; se convertirá absolutamente en la tonta del pueblo. El problema es que si un incumplimiento tan flagrante se queda impune, se generarán incumplimientos flagrantes que generan más beneficios y menos riesgos que incumplimientos puntuales. El problema es que si mañana se pilla a otra empresa montando una pieza defectuosa en un coche, tirará del precedente. El problema es que nadie tendrá ningún interés en reducir emisiones, y tampoco en la calidad, seguridad y todo eso: llegará con "certificarla" y poner como marketing. El problema es que las normas no valdrán absolutamente nada. El problema es que no habrá incentivos para mejorar los productos.... Es cómo aquello de "refundar el capitalismo" para evitar todas las perversiones que sonaba en 2008. Cómo se decidió hacer lo que se decidió hacer se llegó a la conclusión de ¿para que? y aquí estamos...
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Yo mismo 02/10/15 15:40
Ha comentado en el artículo “Todo cambia para que nada cambie”
En este post ya explicaba que no tiene sentido que a VW se le reclamen cientos de miles de subvenciones que no se le dieron a Vw y que tenían las condiciones que tenían. Sin embargo, claro que se puede sancionar y desde luego se puede pedir que resarza de todos los daños causados (incluso por una retirada de circulación de todo coche trucado). A título de ejemplo El código penal español dice: Artículo 325 1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de diez a catorce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años el que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, incluido el alta mar, con incidencia incluso en los espacios transfronterizos, así como las captaciones de aguas que, por sí mismos o conjuntamente con otros, cause o pueda causar daños sustanciales a la calidad del aire, del suelo o de las aguas, o a animales o plantas. En la normativa sobre el euro… http://register.consilium.europa.eu/doc/srv?l=ES&f=ST%203602%202007%20REV%202 El artículo 13.2 sobre las sanciones incluye tan sólo 5 supuestos: 2. Los tipos de infracciones sometidas a sanción incluirán: a) la presentación de declaraciones falsas durante los procedimientos de homologación o los procedimientos que desembocan en una retirada; b) la falsificación de los resultados de los ensayos para la homologación de tipo o la conformidad en circulación; c) la omisión de datos o especificaciones técnicas que pueden entrañar una retirada del producto o de la homologación; d) el uso de dispositivos de desactivación; y e) la negativa a suministrar información. Por ahora han confesado que han cometido 4 de las 5 posibles causas de sanción…. En fin. http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555: El artículo 13 de la ley de defensa de los consumidores establece “Otras obligaciones específicas para la protección de la salud y seguridad de los consumidores y usuarios.” y establece “La obligación de retirar, suspender o recuperar de los consumidores y usuarios, mediante procedimientos eficaces, cualquier bien o servicio que no se ajuste a las condiciones y requisitos exigidos o que, por cualquier otra causa, suponga un riesgo previsible para la salud o seguridad de las personas.” La misma ley establece en su artículo 49 las infracciones. En este punto tenemos: “c) El incumplimiento o transgresión de los requisitos previos que concretamente formulen las autoridades competentes para situaciones específicas, al objeto de evitar contaminaciones, circunstancias o conductas nocivas de otro tipo que puedan resultar gravemente perjudiciales para la salud pública.” Si nos vamos a la de industria: Artículo 31 1. Son infracciones muy graves las tipificadas en el punto siguiente como infracciones graves, cuando de las mismas resulte un daño muy grave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, la flora, la fauna, las cosas o el medio ambiente. 2. Son infracciones graves las siguientes: a) La fabricación, importación, venta, transporte, instalación o utilización de productos, aparatos o elementos sujetos a seguridad industrial sin cumplir las normas reglamentarias, cuando comporte peligro o daño grave para personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.
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Yo mismo 02/10/15 11:01
Ha comentado en el artículo Un concepto nuevo para los análisis de Volkswagen: EXTERNALIDADES.
pero es que no se trata de dañar a VW. Se trata de que se tienen que cumplir las normas, se dañe a quien se dañe y se beneficie a quien se beneficie. Y ya te digo que estoy de acuerdo en que existen ventajas de "saltarse la norma" en este caso. Pero está claro que este país no es serio y que va a la cárcel quien va y no va quien va, entre otras cosas porque estamos constantemente decidiendo si se cumplen unas leyes que parecen optativas.
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Yo mismo 02/10/15 10:47
Ha comentado en el artículo Un concepto nuevo para los análisis de Volkswagen: EXTERNALIDADES.
si trucas un coche está claro lo que procede. si tienes un coche que supera los límites de emisiones está claro lo que procede. si estafas a un banco está claro lo que te juegas. existen normas y reglas; constantemente se nos recuerdan. Estoy de acuerdo en que no sería práctico aplicar la ley en estos casos. Pero en mi opinión creo que los problemas de no aplicarla son mucho mayores. Luego no nos quejemos de que este país es un cachondeo; a fin y a cuentas la seriedad de las leyes se mide en función de su aplicación cuando cuesta aplicarlas. No creamos que somos un país serio cuando retiramos de la circulación al macarra que puso un alerón sin el papelito del ingeniero.
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Yo mismo 30/09/15 16:10
Ha comentado en el artículo Bosch y el famoso dispositivo manipulador de Volkswagen: Emulador de Adblue.
A ver. No estoy de acuerdo contigo por varias razones. La primera es que como mínimo debería investigarse quien es el que está fabricando un dispositivo prohibido... la segunda es que lo que no está prohibido es el uso del dispositivo. Está prohibida la instalación de cualquier dispositivo que permita desconectarlos, también instalar en los coches algo no homologado... etc.... Por lo tanto, los avisos son claramente una forma de "escaquear" la tercera es que no estamos hablando del taller de Pepe vendiendo una regadera. Estoy seguro que si estamos hablando de 11 millones de piezas existen reuniones en las que se diseña el dispositivo entre ambos. Es decir, VW y Bosch han tenido (muy probablemente) muchas reuniones de diseño para producir el aparatito con las condiciones que VW necesitaba (entre ellas que fuese oculto). La cuarta es que todas las razones que afirmas si vulneran la ley. http://register.consilium.europa.eu/doc/srv?l=ES&f=ST%203602%202007%20REV%202 (Estará prohibido el uso de dispositivos de desactivación que reduzcan la eficacia de los sistemas de control de las emisiones. La prohibición no se aplicará cuando: a) la necesidad del dispositivo se justifique como protección del motor contra averías o accidentes y en aras del manejo seguro del vehículo; b) el dispositivo no funcione más allá de las exigencias de arranque del motor, o c) en los procedimientos de ensayo se incluyan las condiciones apropiadas para verificar las emisiones de evaporación y las emisiones medias del tubo de escape.) La quinta es que estamos hablando de un delito; aparte de estafa y demás... en la página l172/53 del archivo anterior aparece como información al conductor de que: "Las instrucciones establecerán que la utilización de un vehículo que no consuma ningún reactivo, cuando así se requiera para la reducción de emisiones, puede constituir un delito. " y en consecuencia se debería aclarar perfectamente el papel en esto. Es decir, el hecho de que sea proveedor no quiere decir que no sea "cooperador necesario..." por ejemplo. y la sexta es que, en todo caso, Bosch debería ser investigado para determinar cuantos motores han sido trucados. Aunque sea inocente.. (que es mucho decir) saludos.
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