Acceder

Participaciones del usuario knopfler - Hipotecas

knopfler 30/05/17 13:07
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
Dios te oiga... ¿porque entonces alude el articulo a que los jueces han pedido la retirada de tal efecto si ya estaba implantada? Federico disculpa, ya que estamos , una pregunta que se me ha venido a la cabeza respeto a lo que plantea  Anto77.   Como sabemos el decretillo marca el tiempo que tiene la entidad de  3 meses para contestar una reclamacion pero, en realidad ,no les obliga a tener que contestar. ¿Que sucede cuando es al contrario, cuando la entidad ha comunicado al afectado su oferta de devolucion y es el afecatdo el que no cumple con los 15 dias que tiene para aceptar o denegar la oferta? referido a que posteriormente haya una demanda judicial, ¿perjudica ésto de alguna manera al afectado?.
Ir a respuesta
knopfler 30/05/17 11:40
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
En fin... Spain is diferent   https://intereconomia.com/economia/politica/cgpj-pisotea-al-consumidor-las-clausulas-suelo-20170529-1028/    
Ir a respuesta
knopfler 30/05/17 10:55
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
Tu abogado tendra bastante mas criterio que los que no lo somos. Valora que es lo que quieres conseguir, si los calculos de devolucion de intereses cobrados de mas son correctos, mis opciones son: - 1 -¿vas a seguir reclamando al Banco, intereses de demora, gastos de formalizacion? NO FIRMES, puesto la unica via para poder seguir con el cauce de la reclamacion será la judicial. - 2 - Si tienes claro que te conformas con lo que te ofrecen y no tienes pensado reclamarles ni intereses de demora ni de formalizacoin via judicial. FIRMA, que mas te da, tu camino acaba ahí. - 3 - Quieres recibir lo que te ofrecen pero no tienes la seguridad de si en un futuro reclamaras via judicial los intereses de demora y/o los gastos de devolucion. NO FIRMES, y haz caso a tu abogado, y espera unas semanas a ver que pasa, ellos tampoco te han comunicado su resolucion en la fecha que marca el decretillo.... y ... -4- Ve a la entidad , sientate con un bancario de confianza o alguien que creas sabe lo que dice, y le comentas que firmas el contrato de devolucion pero que no estas de acuerdo con la clausula que especifica que renuncias a acciones legales de cualquier otro tipo, y que te anulen dicha clausula, Que te dicen que ok (un bancario me dijo que echaban para atras el contrato y lo ofrecian sin dicha clausula en ese caso), pues solucionado. Que te dicen que el contrato no se toca, pues dos subopciones: 4.1 - Te levantas sin firmar, y/o esperas  un tiempo por si te hacen la devolucion y ahora tienes tiempo de sobra para pensarte si demandas para interes legales y gastos de formalizacion, o directamente ya te metes en la demanda reclamando lo que creas oportuno. 4.2 - Bajas las orejas, firmas, no le das mas vueltas al asunto y todo acabó.      
Ir a respuesta
knopfler 30/05/17 08:58
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
Sí, en este mismo hilo puedes leer de alguien que renuncio a la firma de ese "contrato", y le ingresaron. Incluso ingresos tras la carta de devolucion sin el cliente haber dicho aun de estar o no de acuerdo con la cantidad ofrecida.
Ir a respuesta
knopfler 29/05/17 18:55
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
¿a que te refieres? ¿a las contestaciones de las reclamaciones?.   El decreto éste que sacaron, ya pudimos ver que fue una tomadura de pelo en toda regla, no solucionaba absolutamente nada, la cuestion quedaba en manos de las entidades para que hicieran lo que les saliera de las narices, a sabiendas de que "niño que no llore, dinero que no se le devuelve". Y por supuesto habra muchos casos que no quieran reclamar jucialmente, todo eso se lo ganaran las entidades. La comision ésta ahora que vuelven a crear no haria falta si el famoso decretillo hubiera marcado lo que tenia que haber marcado: la devolucion obligataria de las CS. Y ésta nueva comision va por el mismo camino, otra tomadura de pelo para sacudirse un poquito la caspa del hombro, porque ya de primeras no conlleva ( tal y como dice el articulo), ningun tipo de sancion hacia las entidades , por lo que voolveran a campar a sus anchas con decisiones a su favor. Lo de siempre, banca y Gobierno son amantes desde muuucho tiempo , y aplican eso de, "no muerdas la mano que te da de comer".. o mejor dicho....."la que te enriquiece" . Y tanto que se les llena la boca a los políticos apelando siempre a la Constitucion, el Padre Nuestro nacional al que debemos de rendir pleitesía, pues dicha Constitucion, lo deja bien clarito: Artículo 51 de la Constitución: Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante PROCEDIMIENTOS EFICACES, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. A lo mejor les sería mas recomendable a más de un político (masculino y femenino), que aprovechara más el tiempo leyéndosela en casa y comprendíendola, en vez de estar nombrándola cada dos por tres en los medios de comunicacion. Que bien se justa ahora ese dicho tan español: "Justicia, Señor, (pero por mi casa, no)"              
Ir a respuesta
knopfler 29/05/17 17:22
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
Menudas condiciones!!   Pues si eres tan amable cuando te reunas con ellos haznos saber si dichas condiciones son así si eres tan amable. Gracias.
Ir a respuesta
knopfler 29/05/17 17:19
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
El que es un crack es Elprro, que se ha saltado la clausula de confidencialidad por el forro jajaja.  
Ir a respuesta
knopfler 29/05/17 17:18
Ha respondido al tema Clausula suelo CAJASUR
Segun tengo entendido, si no estas de acuerdo, retroceden el escrito y vuelven a emitirlo sin la Clausula nº 2.
Ir a respuesta