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Participaciones del usuario juancarcantabria

juancarcantabria 20/01/15 23:59
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Buenas noches de nuevo. Me topo con el siguiente obstáculo en el camino, la financiación. Citando el siguiente artículo: "3. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en los veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el remate en favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y garantías ofrecidas en la misma." Os pregunto: 1- ¿A qué se refiere con "garantías bancarias o hipotecarias"? ¿A haber pedido una hipoteca en los días anteriores y que te la hayan "pre-concedido"? ¿O a hacer un escrito diciendo que vas a pagar X dinero tal día e Y dinero tal otro día? 2- ¿Quién decide si esas garantías bancarias o hipotecarias, son suficientes?
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juancarcantabria 17/01/15 10:42
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Buenos días. ¿Por qué, si estamos hablando de hipotecas, la perdida de rango es imposible? ¿Qué hay de las ampliaciones de capital de una hipoteca? Yo me guío por este post cuyo enlace no recuerdo si saqué de algún post tuyo, pero que si no dejo aquí para el uso de los interesados. https://elblogdeostinus77.wordpress.com/2014/12/11/las-novaciones-y-ampliaciones-de-hipoteca-y-su-rango/
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juancarcantabria 16/01/15 12:54
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(Hasta ahora nunca había visto eso de subrogarse por la parte proporcional que le toca a tu piso, así que me da repelus).
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juancarcantabria 16/01/15 12:52
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Tú lo has dicho, leemos tanto que ya buscamos problemas en cualquier sitio. Pues es que me da miedo que el registrador se haya equivocado o que el juzgado haya dicho que es la 2ª por vete tu a saber que cuestión o que con los temas de la subrogación y demás se diga que es la 2ª porque era la inicial. Me voy a pasar a echarle otra ojeada, solo me queda ver que va a hacer la dueña con su vida si se adjudica, no vaya a meterme en un sitio extra complicado. Gracias!
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juancarcantabria 16/01/15 12:36
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La entidad de la hipoteca 2ª es la misma caja que las demás, y es la parte actora. En lo que se subroga es en 42mil€ de principal pero como "garantía de la hipoteca" si no me equivoco. Ya luego en la 5ª inscripción que como digo, viene de una escritura con misma fecha que la de compraventa, es el dinero que la demandada pide al banco y lo que tiene que ir devolviendo. Además, que se me olvidó, en el procedimiento se incluyen los movimientos que ha ido habiendo en cuanto a los pagos que la demandada hacía (y me acabo de dar cuenta de que si miro la fecha de inicio de dichos pagos, sabré a que hipoteca están asociada y por tanto, que es lo que ejecuta, ¿cierto?)
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juancarcantabria 16/01/15 12:22
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Por supuesto. Lo había escrito antes pero lo borre por no dar el coñazo y no haceros leer tanto. Inscripciones: 1ª: Descripción de la finca 2ª: Hipoteca a la empresa constructora sobre toda la finca, 2M€ para hacer múltiples viviendas. 3ª: Ampliación de la duración de la hipoteca anterior. 4ª: Inscripción de domino a nombre de la demandada, se subroga la cantidad proporcional de la hipoteca 2ª que le corresponde a su piso. 5ª: Hipoteca hecha el mismo día que la escritura que origina la inscripción 4ª, con lo cuál es el dinero que pide la demandada al banco para comprar la casa. La concede una caja que ya no existe. 18mil € principal. 6ª: Hipoteca de la misma caja a la demandada. 30mil € principal. 7ª: Hipoteca de la misma caja a la demandada. 43mil € principal. 8ª: Cambia de nombre del acreedor a Liberbank. En el procedimiento se dice que se ejecuta la inscripción 2ª, cosa que no entiendo y considero que pueda ser erróneo. Se reclaman 32mil€ de principal + moratorios por lo que entiendo que se está ejecutando la inscripción 7ª, pero no entiendo por qué en el procedimiento dicen que es sobre la 2ª (salvo que la 6ª y 7ª hipotecas sean ampliaciones de la 5ª y ésta venga de la subrogación de la parte proporcional de la 2ª. En la certificación de cargas no dice nada de ampliaciones de la hipoteca 5ª. Otra pregunta después del tocho: ¿Cuando pierde el rango, se modifican los números de las inscripciones directamente? (no me queda claro como se refleja ese "apareciendo en segundo o tercer lugar" que dice Tristan) ¿O se pone una nota al margen en plan "ahora esta se la nº2 en vez de la nº3?
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juancarcantabria 16/01/15 11:25
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Buenos días expertos. Tengo dos dudas en cuanto a los rangos de las inscripciones en un piso. 1.- Cuando una inscripción pierde su rango, ¿el registro lo refleja en la certificación de cargas? ¿Lo refleja en la nota simple? 2.- Cuando hay una ampliación del tipo que sea en una hipoteca, tanto en la certificación de cargas como en la nota simple debería de aparecer claramente, ¿no?. 3.-Cuando se pide una hipoteca nueva para cancelar la anterior, tanto en la certificación de cargas como en la nota simple también debería de estar presente que la anterior está cancelada verdad? Muchísimas gracias!
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juancarcantabria 05/12/14 10:32
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Gracias por la respueta. ¿Y eso lo hace por comodidad? Si la hipoteca se está pagando mes a mes sin retrasos, la persona que se lo adjudique no va a tener que pagar ni moratorios ni costas, ¿o me equivoco?.
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juancarcantabria 05/12/14 09:54
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Hola expertos. Hay alguna razon para que una secretaria de un juzgado, en una subasta por division del condominio, impute como cargas el principal, remuneratorios, moratorios y costas cuando la hipoteca se sigue pagando por parte de los dueños? Muchas gracias.
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