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Participaciones del usuario José Romero

José Romero 27/04/16 20:16
Ha respondido al tema Indeminización por despido no recibida y declarada a hacienda - Declaración de la Renta
Hola Jon, las indemnizaciones tributan si superan el limite establecido en el estatuto de los trabajadores o si son superiores a 180.000€. Jon, lo que quiero decir es que: 1. No será que tus exjefes, al hacerte firmar el papel como que has cobrado algo que no has cobrado, luego lo han declarado para meter un gasto que no han tenido. 2. No será que no te han despedido, sino que te has marchado y habéis pactado un dinero para la salida de la empresa que este SÍ tributa. Solo no tributan las indemizaciones por despido no pactado. Espero haberte ayudado, aunque de temas laborales no controlo mucho. Si crees que puede haber hecho una jugada habla con un abogado que te asesore, sobretodo si hablamos de una cantidad importante. Saludos, Jose
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José Romero 27/04/16 20:02
Ha respondido al tema Duda sobre Declaración de la Renta de cobros de Fogasa
Hola Momartineza, Te cuento. Lo primero que me chirría es que declarases esas 3 nóminas sin haberlas cobrado. Realmente lo que ha de hacerse es declarar lo que has cobrado y, una vez cobrado lo atrasado (en este caso en 2014) hacer declaración complementaria de 2012, modificando los ingresos, las retenciones y deduciendote las aportaciones a la seguridad social. Como declaraste dinero de más en 2012, hacienda no lo sabe. Yo me acercaría a la delegación de hacienda que te corresponda, le contaría este caso... Y pondría una velita al santo al que más fe le tengas (broma :D). Espero que la explicación te haya servido de ayuda. Saludos, José Romero
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José Romero 27/04/16 19:53
Ha respondido al tema Diferencia entre los datos del catastro y registro (escrituras) de vivienda
Hola Miguel, No es correcto que el piso aparezca al 100% en la declaración de tu padre y al 0% en la de tu madre PERO, si hacen declaración conjunta no debe modificar el resultado de la declaración, por lo que no es tan grave. Es más, si el piso es vivienda habitual quizá tenga que ver con la extinguida deducción por vivienda habitual, que esté a nombre de tu padre el prestamo y lo tengan puesto así para deducirselo completamente... No se. En cualquier caso, en cuanto a lo que es la propiedad, lo que manda es lo que aparece en el registro de la propiedad. Si falleciese alguno de tus padres, el otro quedaría como usufructuario y los hijos como nuda propiedad (futuros herederos). Espero haberte ayudado. Saludos, José Romero
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José Romero 27/04/16 19:38
Ha respondido al tema Indeminización por despido no recibida y declarada a hacienda - Declaración de la Renta
Hola Jon, Lo primero habla con ellos y mira a ver si se trata de un error o de mala fe. Lo segundo, habla con un abogado. Fiscalmente decirte que si este ingreso se debe a salario no cobrado hasta el momento pero que se te debería pagar (vacaciones y pagas extras), SÍ que tributa y se debe incluir en la declaración de la renta. En cambio, las indemnizaciones por despido NO tributan.
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José Romero 27/04/16 19:22
Ha respondido al tema IBI de un solar que figura en datos fiscales y no en borrador
Hola Ezarogalicia, Según hacienda: La imputación de rentas inmobiliarias está condicionada a que los inmuebles cumplan los siguientes requisitos: 1.Que se trate de bienes inmuebles urbanos y no se encuentren afectos a actividades económicas. 2.Que se trate de inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas. 3.Que no generen rendimientos de capital como consecuencia del arrendamiento de bienes inmuebles, negocios o minas o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre bienes inmuebles. 4.Que no constituyan la vivienda habitual del contribuyente. A estos efectos, se entiende que forman parte de la vivienda habitual del contribuyente las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con el inmueble hasta un máximo de dos. 5.Que no se trate de suelo no edificado, inmuebles en construcción ni de inmuebles que, por razones urbanísticas, no sean susceptibles de uso. Es por el punto nº5 que considero que hacienda en el borrador NO se ha equivocado. Al ser suelo no edificado no implica una imputación de renta. Sí has de pagar IBI porque son impuestos distintos. En el momento construyas una casita en el terreno ya tendrás que pagar IRPF por ello. En cuanto a la unidad familiar, para hacienda solo la integra los hijos menores de 18 años y los mayores de 18 incapacitados judicalmente. Espero haberte ayudado. Saludos, Jose
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José Romero 27/04/16 19:09
Ha respondido al tema Duda sobre como tributar una subvencion
Hola Roberto, Así a botepronto decirte que no. No parece que estas subvenciones tributen. En la consulta a hacienda 0043-00 del año 2000 dice que tributa IRPF. Además cita la Ley 40/1998 de IRPF: "No se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las subvenciones concedidas a quienes exploten fincas forestales gestionadas de acuerdo con planes técnicos de gestión forestal, ordenación de montes, planes dasocráticos o planes de repoblación forestal aprobadas por la administración forestal competente, siempre que el período de producción medio, según la especie de que se trate, determinado en cada caso por la administración forestal competente, sea igual o superior a veinte años. (...)" Espero que esto te sea de ayuda. Saludos, Jose
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José Romero 27/04/16 18:53
Ha respondido al tema Duda declarar venta inmueble 2015, coeficientes abatimiento. - Declaración de la Renta
Hola Cayu57, Es más que probable que no te deje modificar estas cosas porque la ventana que te salga sea de la tributación conjunta. Para poder modificar los datos tienes que hacerlo en las pestañas de "declarante" y "conyuje". Creo que con esto ya te dejarán modificarlo, ahora falta que lo modifique como toca. Espero haber solucionado tu problema. Cualquier cosa me dices. Saludos, Jose
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