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Participaciones del usuario josapan - Fiscalidad

josapan 04/06/15 19:02
Ha respondido al tema Céntimo sanitario. La AEAT ofrece un modelo para solicitar la devolución.
"16. ¿Cuál es el plazo para la resolución de la solicitud? El plazo máximo para notificar la resolución de este procedimiento es de seis meses. Los períodos de interrupción justificada y las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración tributaria no se incluirán en el cómputo del plazo de resolución" Pues ya llevo esperando 7 meses. ¿A alguien le han contestado ya?
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josapan 02/10/14 19:51
Ha respondido al tema Céntimo sanitario. La AEAT ofrece un modelo para solicitar la devolución.
Joder, por fin he conseguido presentar la reclamación. Menuda odisea. Yo tengo facturas de la Repsol Máxima. Tras pelearme con Banco Popular, Banco e-popular y Solred conseguí que me las enviaran. En la página Solred Directo conseguí descargarme el .txt y el certificado de que he pagado. Sólo funciona con Explorer (me enteré tras pelearme con Repsol, porque yo no tengo el Explorer en casa). No sé por qué hay que decir que el cif es de Solred, quitad el - detrás de la letra, no como dice Repsol, porque si no da fallo de CIF. Con Chrome he conseguido con DNI electrónico subir las facturas, certificados y archivo (tras pelearme con el lector de DNI diseñado por la empresa chapucera C3P0, razón por la cual el uso del DNI eléctrico es nulo en España). He reclamado desde 2011 hasta ahora. Por eso me he permitido el lujo de esperar, porque en teoría no me empezaba a prescribir hasta Enero de 2015 (4 años), no he presentado nada de 2010 porque entonces presentaba declaraciones a Hacienda con una gestoría porque yo era autónomo y me parecía demasiado quilombo. De entre 2011 y 2012 espero una devolución de 130€. Casi no me ha merecido la pena tanto esfuerzo por conseguir que todo funcionara pero a Hacienda que les j***. Hacienda ens roba.
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josapan 18/04/14 13:18
Ha respondido al tema Intentar defraudar es cosa generalizada?? Renta 2013
Eso, vaya tela con Hacienda cómo nos la quiere colar. Todavía estoy intentando recuperar el céntimo sanitario y el miércoles llamé a AEAT para informarme de cómo hacer la declaración y me doy cuenta de que me han dado mal la información, menos mal que estáis vosotros, en serio. Por pérdidas en preferentes me dijeron casilla 024 (que en realidad es letras del Tesoro). Para ver si puedo desgravar alquiler de vivienda me dijeron que el límite de 24.000 lo vería en la casilla 415 cuando gracias al foro veo que es (casillas 366 + 374). Que cuadra conque efectivamente no me pueda deducir. Yo conozco un chaval que estuvo en atención telefónica de Hacienda y sé que son empresas subcontratadas, no tendría por qué ser malo si no tuvieran instrucciones de atender mal, en serio cobran (la empresa) por llamada recibida y entonces indican a sus empleados que despachen rápido, da igual si la información es incorrecta.
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josapan 18/04/14 13:08
Ha respondido al tema Declaracion Renta 2013 - Canje Participaciones Preferentes Repsol
Yo llamé por teléfono a la AEAT pero parece que me informaron mal, me dijeron que pérdidas iban en 024 y ganancias en 025 lo cual obviamente es un error pues 024 son Letras del Tesoro. Así que me fio más de vosotros y he declarado todo en 025, Ganancias - Pérdidas. Recordad que no fue un canje, la operación de Preferentes fue venta total (en mi caso con ganancias). Yo posteriormente vendí los bonos (con pérdidas)... Para luego recomprarlos en Renta4 a menor gastos de mantenimiento.
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josapan 14/04/13 13:03
Ha respondido al tema Dividendos ETF y Acciones con retención en el extranjero
Yo también buscaba hilos para volver a sacar el tema, creo que se parece al tuyo. Yo tengo acciones de banco holandés por el que me han retenido en origen un 15%, en España nada (bruto 500€) En acciones españolas sólo he recibido 300€ brutos, por lo que estoy por debajo de los 1500€. ¿Debo declarar como doble imposición, la casilla 700 y pico lo retenido en Holanda?. En ese caso veo que me lo devuelven íntegro. ¿Pero tengo derecho a esa devolución de la retención o mi banco ya me ha aplicado el convenio adecuadamente (España no me ha retenido). En la página de la empresa viene: "En aplicación del Convenio de Doble Imposición Hispano Holandés, el dividendo sufrirá una retención/tributación en Holanda del 15 %, que puede no ser objeto de recuperación vía deducción en España si el importe del dividendo es inferior a 1.500 € conforme a la normativa española actual." Lo que me suena al mundo al revés. Lo exento en España es por debajo de 1500, ¿o quieren decir que si estuviera por encima de 1500 España me hubiera retenido y podría pedir que me lo devuelvan por haber pagado ya en Holanda? La coña es que el año pasado lo pregunté en Hacienda y no supieron responderme.
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josapan 22/12/12 16:27
Ha respondido al tema Declaración de acciones compradas a diferentes precios
Ostras, pues sí que se complica la cosa. Yo tengo acciones Argentarias que fueron absorbidas por BBVA. -¿Me olvido de la conversión y vendo al precio original Argentaria? Acciones dadas en script dividend. -Según dices, ¿estas acciones me bajarían el precio de compra de las acciones compradas antes del script? Acciones dadas en ampliación de capital. -¿Tengo que buscar el valor del dividendo? No sé si tendría ningún papel para demostrar el precio, por si me investigarán. Supongo que como ese valor es público ahí queda. Acciones en Holanda que me retienen en origen. -Aquí las estoy incluyendo como retenciones. Creo que me están devolviendo los intereses pagados allí (15%), pero cuando las venda ¿no debo pagar plusvalías? En Holanda no se pagan, pero aquí sí. Al revés de lo que anuncian, el script dividend es lo peor en cuanto retención. Ya que dividendo retienen pero te lo devuelven (los primeros 1500€) y el script no te retienen al principio pero se acaba pagando en las plusvalías. ¿Timo?
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