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Participaciones del usuario jmtorres

jmtorres 23/01/18 13:06
Ha respondido al tema Nuevas actuaciones.
Según la sentencia del Supremo  además  Juan Antonio Cano ,Albertino de Figueiredo, fundador de Afinsa, su hijo Carlos y Vicente Martín son condenados por estafa, insolvencia punible y falsedad contable a penas superiores a 8 años de cárcel y multa de más de 100.000 euros, mientras que Emilio Ballester resulta condenado a 8 años y 4 meses como cooperador necesario. A Francisco Guijarro Lázaro se le condena por blanqueo de capitales a la pena de 2 años de prisión y multa de 17,7 millones de euros El Supremo establece también que el importe de la indemnización civil de la que responderá Ramón Soler Antich se determinará en ejecución de sentencia en la cantidad en que la filatelia vendida a Afinsa por él mismo fue adjudicada a los clientes, con un límite máximo de 235,7 millones de euros.Asimismo, delimita la cantidad (931.569 euros) con la que Mar Fernández Cerratos,(esposa de Cano Cuevas) como partícipe a título lucrativo, debe resarcir a los perjudicados.  Los cinco mencionados, Cano, Figueiredo y su hijo, Vicente Martín y Emilio Ballester, más el director del departamento jurídico de Afinsa, José Joaquín Abajo Quintana, para quien se confirman 6 años y 3 meses de cárcel como cooperador necesario de la estafa, DEBERAN indemnizar de forma conjunta y solidaria con 2.574 millones de euros A LOS 190.022 PEQUEñOS INVERSORES siendo Afinsa Bienes Tangibles SA responsable civil subsidiaria del pago de dichas cantidades.   Esa es la sentencia en el caso de Afinsa, aunque los condenados están todavía en la calle. En cuanto a demás acciones, sé que Mila hernán ha cerrado su canal dejando a sus todavía seguidores con tres palmos de narices. Está claro que tras la sentencia condenatoria su lucha, que no era otra que defender a los exdirectivos, ya no tienen razón de ser y allá se las compongan los "compis" afectados y los había que no daban un paso sin el vistobueno de ella. Creo que para el 27 hay una manifa en Madrid y una supuesta demanda en marcha.
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jmtorres 08/01/18 14:09
Ha respondido al tema ¿Por qué los condenados de Afinsa todavía no están en prisión?
Según la sentencia del Supremo  además  Juan Antonio Cano ,Albertino de Figueiredo, fundador de Afinsa, su hijo Carlos y Vicente Martín son condenados por estafa, insolvencia punible y falsedad contable a penas superiores a 8 años de cárcel y multa de más de 100.000 euros, mientras que Emilio Ballester resulta condenado a 8 años y 4 meses como cooperador necesario. A Francisco Guijarro Lázaro se le condena por blanqueo de capitales a la pena de 2 años de prisión y multa de 17,7 millones de euros El Supremo establece también que el importe de la indemnización civil de la que responderá Ramón Soler Antich se determinará en ejecución de sentencia en la cantidad en que la filatelia vendida a Afinsa por él mismo fue adjudicada a los clientes, con un límite máximo de 235,7 millones de euros.Asimismo, delimita la cantidad (931.569 euros) con la que Mar Fernández Cerratos,(esposa de Cano Cuevas) como partícipe a título lucrativo, debe resarcir a los perjudicados.  Los cinco mencionados, Cano, Figueiredo y su hijo, Vicente Martín y Emilio Ballester, más el director del departamento jurídico de Afinsa, José Joaquín Abajo Quintana, para quien se confirman 6 años y 3 meses de cárcel como cooperador necesario de la estafa, DEBERAN indemnizar de forma conjunta y solidaria con 2.574 millones de euros A LOS 190.022 PEQUEñOS INVERSORES siendo Afinsa Bienes Tangibles SA responsable civil subsidiaria del pago de dichas cantidades. ............................Pero claro, después de 12 años que a esta justicia de pandereta,   Cano y cía han tenido más que tiempo suficiente para poder poner a buen recaudo y "en orden" sus economías y declararse insolventes. Evidentemente al señorito Cano en estos 12 años no le ha faltado de nada y sigue viviendo muy ricamente, y libre,aunque en todos estos años no haya dado ni un palo al agua.................
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jmtorres 23/11/17 18:59
Ha respondido al tema Condenas definitivas para los exdirectivos de Afinsa.
El Supremo corrige a la Audiencia y rebaja las penas a los directivos de Afinsa El Tribunal considera que no se puede aplicar la reforma del Código Penal de 2015 pues los delitos se cometieron con anterioridad.  23 noviembre, 2017 16:47   E.E. El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente los recursos presentados por los once directivos de Afinsa condenados por la estafa masiva a cerca de 200.000 personas, con lo que la condena al expresidente  Juan Antonio Cano pasa de 12 a 8 años y siete meses de cárcel, casi cuatro años menos. Según la sentencia del Supremo a la que ha tenido acceso hoy Efe, además de Cano,  Albertino de Figueiredo, fundador de Afinsa, su hijo  Carlos y  Vicente Martín son condenados por  estafa, insolvencia punible y falsedad contable a penas superiores a 8 años de cárcel y multa de más de 100.000 euros, mientras que Emilio Ballester resulta condenado a 8 años y 4 meses como cooperador necesario. A  Francisco Guijarro Lázaro se le condena por blanqueo de capitales a la pena de 2 años de prisión y multa de 17,7 millones de euros, en tanto que  Ramón Egurbide y los hijos de Guijarro, Rubén y Natalia, son absueltos como partícipes a título lucrativo. El Supremo establece también que el importe de la indemnización civil de la que responderá  Ramón Soler Antich se determinará en ejecución de sentencia en la cantidad en que la filatelia vendida a Afinsa por él mismo fue adjudicada a los clientes, con un límite máximo de 235,7 millones de euros. Asimismo, delimita la cantidad (931.569 euros) con la que  Mar Fernández Cerratos, como partícipe a título lucrativo, debe resarcir a los perjudicados. Los motivos El argumento esgrimido por el alto tribunal para rebajar las condenas es que en su sentencia de julio de 2016  la Audiencia Nacional se amparó en el Código Penal vigente tras la reforma de 2015, pero que no estaba en vigor cuando se cometieron los hechos. Cambios legislativos aplicados con posterioridad no pueden ser tenidos en cuenta, indica el fallo, que aclara que  sólo es aplicable la norma existente en aquel momento. Además, el Supremo asume otro de los argumentos presentados en los recursos, que denunciaba la  aplicación indebida del artículo 77 del Código Penal, que entiende que no se pueden penar individualmente los distintos delitos. Las apariencias No obstante, los magistrados apuntan que los ahora condenados hicieron valer la " apariencia de una solvencia garantizada, creada con la contabilidad, y la sobrevaloración de los sellos de su excedente de filatelia" a fin de "causar un perjuicio a terceros, dada la abismal diferencia entre la apariencia contable y la realidad del estado económico" de Afinsa. Una situación que "empeoraba, paradójicamente, cuanto mayor era su volumen de negocio", añade la sala, que considera que el delito de falsedad en las cuentas era "el medio necesario para cometer la estafa". De igual modo, destaca la existencia de un "ánimo de lucro" por parte de los entonces directivos con el objetivo de "disponer para sus propios fines del dinero entregado por los inversores, que solo en una parte se destinaba a la adquisición de sellos". Por lo que respecta a la absolución de Egurbide, jefe de operaciones de la filial en Europa , la Sala considera que, si bien una parte del dinero que percibió en su carrera en Afinsa "lo recibió en dinero negro", ello no permite concluir que lo hiciera en calidad de partícipe a título lucrativo, sino "como una parte de sus retribuciones por el trabajo realizado en el desempeño de aquellos cargos". El proceso La condena, en julio de 2016, a los exdirectivos de  Afinsa puso fin a un proceso que se prolongó durante una década, desde la intervención, en mayo de 2006, de esta sociedad de inversión en bienes filatélicos, junto con  Fórum Filatélico. El juicio a esta segunda organización se inició el pasado mes de septiembre y está previsto que se prolongue al menos hasta la primavera de 2018. Según la sentencia de la  Audiencia Nacional que condenó a los directivos de  Afinsa, los clientes seguían los consejos de los agentes comerciales de la compañía "hasta atraer y hacer caer a familiares, amigos, vecinos y conocidos en la red especulativa tejida por los administradores". A cambio la sociedad se comprometía a recomprar los sellos, entregándoles el dinero invertido más una rentabilidad superior a la del mercado financiero, beneficio que provendría de la constante revalorización de la filatelia. Según la sala, este negocio "era inviable" ya que "la inversión (de Afinsa) era mínima y generaba gastos que aumentaban el déficit patrimonial", como acreditó el agujero de casi 2.600 millones detectado hace más de diez años y que provocó la intervención.
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jmtorres 18/08/17 12:49
Ha respondido al tema Los administradores concursales reconocen ahora que afinsa es mercantil .. Que significa esto en el proceso????o
Dice que sirve para poner miles y miles de demandas. La pregunta es ¿a quiénes a estas alturas? y sobre todo ¿cuánto cuesta semejante trasnochada? En  sus últimas consecuencias, sirve también para que haya que devolver la parte proporcional que corresponda al IVa y que ya fue pagada por Hacienda a la empresa y fue parte del primer 5% que recibieron los afectados.
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jmtorres 10/08/17 17:03
Ha respondido al tema Valoración de la filatelia de Afinsa
 En tu post 58 dices tú..."El modelo operativo de Stanley Gibbons, es idéntico al que seguía Afinsa,"  El tal Finney define  su empresa Stanley Gibbons como "Fondo de inversión filatélico", Repito Fondo de inversión.Ahora resulta que Afinsa , siguiendo tus premisas, era un fondo de inversión. Es decir que los exclientes invertían, pero no compraban, que es lo que hacen en la Stanley Gibbons, invertir, como buen fondo de inversión que es. Te doy hechos que figuran en informes( incluido de Ausbanc) que de seguro ni has olido..........Dos meses antes de la intervención del 9 de mayo de 2006, Afinsa ultimaba la adaptación con “carácter urgente y prioritario” de sus productos a la “filosofía de la disposición adicional IV de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva”. Para ello iba a eliminar de los contratos los términos “inversión, inversor, interés, adquisición o valor filatélico” por los de “cliente, beneficio, compra y sello”.Te recuerdo que la ley de marras se aprobó años antes todavía con Aznar en el gobierno.Pero sólo 2 meses antes a Cano y cía les entraron las prisas. En cuanto al material mejor ni comparar, mientras la británica se dedica a " sellos de emisión limitada", Afinsa se hacía con toda la morralla para endorsársela a sus pobres cliente, ya te dije y lo sé de muy buena tinta que incluso los buenos coleccionistas  que los hay en España,usaban a Afinsa para "descargarse"  de sus  chatarras filatélicas. Espero, si no tú, que otros foreros vean, sepan y comprendan que Stanley Gibbons nunca operó como Afinsa, y seguir diciendo lo contrario es mentir. Y no, no quiero debatir nada contigo, ya te dije que todo está debatido ya más que debatido y tú, muy lejos de la perspectiva de este asunto.
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