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Participaciones del usuario jartocoles

jartocoles 08/12/22 10:30
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias, "Marianin07" y "Calmaypaciencia", constato que debes ser el mismo.-- cada día  me alegro más de haber integrado en RANKIA.Después de tu opinión y consejos y los de de Enasua y de realizar una Comparación detallada entre la Declaración de 2021  presentada y la Propuesta de Liquidación recibida al ser Revisada, y que he ACEPTADO , creo que  la Complementaria de 2020 que he confeccionado es Correcta, ya que , efectivamente, al finlal aparecen dos Líneas " Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria correspondientes al ejercicio 2020"  = Exactamente la misma cantidad que en la  Declaración que se presentó, aunque haya desaparecido el  Rendimientos del Trabajo Negativo y en otra Fila dice  : Resultado de la regularización = 0,00No he enviado la Complementaria aún , porque he llegado a la siguiente conclusión, que someto a vuestra consideración para que me la "aprobeis" y para que los comentarios de "mi Caso"  puedan ser de utilidad a algún forero, que llegue a encontrarse con mi mismo problema. Los elementos que constituyen las Rentas de mi Cónyuge son muy simples  : 1.- No hay Rendimientos del Trabajo2.- Hay Rendimientos del C. Mobiliario e Imputaciones de Rentas de escasa entidad.3.-Hay Rendimientos de la Actividad Agraria, -Módulos- , con sus Retenciones por las Ventas,  y de ahí salen los Importes a  DEVOLVER .Al eliminar la Cotización al RETA y  desaparecer el Rendimiento NEGATIVO del Trabajo ,  la Base Imponible  del Ahorro sigue siendo  Baja  por lo  que genera una Cuota ,  que es absorbida, CREO,  por el Mínimo Personal...La Base Liquidable GENERAL sigue siendo la misma porque sale de la Actividad Agraria y de las Imputaciones de Rentas . Creo que esta es la razón por la  que  no ha  cambiado el Resultado Final de la Declaración, respecto a la presentada en su fecha .Bien ...., entonces yo me digo : ¿ No será lo más conveniente quedarte quietecito  y no tocar las Declaraciones NO PRESCRITAS , - 2020-2019-2018 y 2017,  aunque en ellas haya  un  Rendimiento Negativo del Trabajo ? ... De todas formas si planteo unas Complementarias , a la vista del Resultado de la de 2020, me va a salir o lo mismo ó  casi lo mismo y  ahorro quebraderos de cabeza y molestias a los magníficos foreros de RANKIA. Debo aclararos que en la Revisada de 2021, si han encontrado diferencias entre lo Declarado y la Propuesta , pero ha sido en el cálculo de la Base Imponible General, porque no coinciden los resultados del R. Neto Reducido por Módulos de la Actividad Agraria, pero eso ya es otro asunto, que aunque no llego a entender,  lo he Aceptado .   Espero haberme explicado bien y reitero mi agradecimientoSaludos cordiales 
jartocoles 07/12/22 11:40
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias de nuevo Enasua,He entendido perfectamente lo que me explicas, pero cuando me pongo a operar, comienzan las dudas . He entrado en RENTA WEB , para Rectificar la Declaración de 2020.. " Rectificar Declaración ya presentada con errores que causan perjuicio a la Hacienda Pública" --Marco la casilla107:  porque / Se supone / que  "de  la D. Complementaria resulta una cantidad a devolver INFERIOR a la Solicitada" , ya que voy a eliminar el Rendimiento del Trabajo Negativo que tenía en la Declaración del IRPF de 2020. Entro en la Declaración  Complementaria .. sigo la lógica .. Elimino en el Apartado Rendimiento del Trabajo la Cotización a la Seg. Soc. y resulta que ya no hay Rendimieto del Trabajo,.. Vale ,... .... Doy a VALÍDAR y aparte de los lógicos AVISOS, me dice al final que NO HAY ERRORES..... Voy a " Resultados de las Declaraciones "  y aparecen EXACTAMENTE  las Mismas Cantidades que en la Declaración que en su día presentamos INDIVIDUALES  ... A DEVOLVER  (primer Declarante )  y a Ingresar  ( 2º Declarante )Y ME PREGUNTO:1) Si mi Cónyuge (Declarante )   va a tener un Rendimiento CERO, donde tenía  era un Rendimiento NEGATIVO,  ¿ No debería salirle una cantidad Inferior a Devolver ?2) ¿ Que ocurre ahora con la Renuncia y la Compensación que ya se hicieron efectivas  ? No me atrevo a Decir " PRESENTAR DECLARACIÓN " , porque salen las cantidades primeras sin tener en cuenta lo que he modificado y me pide que ratifique el nº de Cuenta para la Devolución Integra .  Y en el Cónyuge , que soy yo, me sale la Cantidad Integra a INGRESAR .Mi telefono es 661469151Por favor , me gustaría hablarlo, porque resulta más aclaratorio que escribiendo, siempre quedando muy agradecido , tanto a ti como a RANKIA .Espero
jartocoles 06/12/22 19:55
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias Enasua,Casi todo lo que me has comentado ya me lo suponía porque llevo tiempo madurando el tema y tengo algo de práctica en la confección de nuestras Declaraciones matrimoniales -Mi problema es que no se bien como se materializa la confección de las complementarias . He entrado bien en la Sede Electrónica y llegado a abrir la Confección de la Complementaria en la WEB y supongo que es de la misma forma que cuando se confeccionan las declaraciones, pero no estoy seguro  , ¿Se elimina el Gasto de Cotización en el RETA que se había anotado en el Apartado "Rendimientos del Trabajo" y se deja el resto de la Declaración igual, ó hay que confeccionar una Declaración completa nuevamente ? ...y además hay un asunto añadido, :Que de los  4 AÑOS no prescritos , 2 han sido  Declaraciones  Individuales,  Matrimonio en Gananciales,  y al miembro que tiene el Problema planteado( mi Cónyuge)  , le salía a DEVOLVER  y Renunciaba para que yo, su  Cónyuge Compensara  lo que me salia  a INGRESAR.Una cuestión más ENASUA,¿ Si uno de los años ha tenido Retribuciones Dinerarias -Casilla 0003,  Por Incapacidad Laboral, es correcta la aplicación del Coste de Cotización a la Seguridad Social, para minorar el Rendimiento del Trabajo?Todo esto ha ocurrido porque consideraba lógica la imputación del Coste y no llegue a sospechar que sería como ha sido.Espero tu ayuda nuevamente Muchas gracias 
jartocoles 06/12/22 09:19
Ha publicado el tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
jartocoles 01/11/22 13:59
Ha publicado el tema IVA para Faenas en Agricultura
jartocoles 23/09/21 17:07
Ha respondido al tema Procedimiento en Expropiación Forzosa de Finca Rústica
Gracias, Buenavista. Creo que ya tengo claro como es el Procedimiento. Si llegado el caso de que mi Justiprecio no sea Aceptado, si tendría la duda de la forma concreta  de dirigirme a la Comisión Provincial de Expropiación.  De momento estoy "servido"..Muchas gracias de nuevo.
jartocoles 17/09/21 19:22
Ha publicado el tema Procedimiento en Expropiación Forzosa de Finca Rústica
jartocoles 07/03/21 16:57
Ha respondido al tema Pérdidas y GananciasPatrimoniales en el IRPF
Muchas gracias, Enasua , creo que ya lo tengo todo muy claro,Es una suerte estar en este Foro de RANKIASaludos 
jartocoles 05/03/21 13:19
Ha respondido al tema Pérdidas y GananciasPatrimoniales en el IRPF
Gracias de nuevo, Enasua, .... Para dejar "rematada " mi Duda, y para pueda serle útil a otras personas ....  Pregunta "penúltima" ¿ Los Porcentajes aplicables al Valor del Suelo y al Valor de la  Construcción los debo calcular, cuado tenga sus  Valores finales, una vez restados  los Gastos que se han originado en la Compra y en la Enajenación ( Escritura- Registro, plusvalía  etc. ) ?   y como me decías en tu primera Respuesta, debo guardar las Facturas de la Construcción para poder justificar , si llega el caso, el Importe  declarado como "Compra ", ya que la Escritura de Obra Nueva , la hice en 2020 y la Construcción finalizó  en 2010 .... Muchas gracias otra vez
jartocoles 01/03/21 11:31
Ha respondido al tema Pérdidas y GananciasPatrimoniales en el IRPF
Gracias por la Aclaración Juan Lackland ..... Deduzco que  esos 1/4 y 3/4 , se calculan en función de su sus Valores Parciales en el Total del Costo de la CASA  , que luego se Vende   .. ¿ OK ?