Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

jartocoles

Se registró el 24/04/2012
45
Publicaciones
--
Recomendaciones
1
Seguidores
Posición en Rankia
8.766
Posición último año
jartocoles 11/12/22 13:10
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias de nuevo Enasua,Ya he confeccionado y presentado las Complementarias de 2018 y2019 y sobre la marcha constaté que ya habían  cargado en Cuenta los Resultados de la Regularización, que han sido  A INGRESAR .Por si le resulta util a otros foreros,   te comento la curiosidad de que al llevar a cabo el Proceso del PAGO, han sido diferentes en cada año, siendo ambos a Ingresar. En 2018, me dió la Opciones de Pagar: a) con Recibo que había que llevar al Banco el mismo día, b)Pago con tarjeta  c) Cargo en Cuenta y Obtener el RNC ..Elegí la c) y luego  ACEPTAR una Cuenta que venia detallada con IBAN = ES38  , la Acepté, no tuve que indicar mi Cuenta para el Adeudo y resultó que la han adeudado en mi Cuenta de CAJA RURAL DEL SUR , cuyo IBAN es ES38, sin tener que indicarlo expresamente. Sin embargo, en 2019, que tambien ha resultado a Ingresar, el "proceso" ha sido diferente, más parecido al que se utiliza en las Declaraciones Normales que se hace en Fecha , he seguido la "lógica" y la han adeudado en la Cuenta donde en su día se indicó que se debía DEVOLVER el resultado de la Declaración , que no es la CAJA RURAL del SUR .( ? ??? )En 2017, como el Resultado de la Regularización ha salido = 0,00, hay que presentar una Solicitud de RECTIFICACIÓN , la he hecho,  he sacado el PDF , Borrador, pero no la he enviado. Ahora a esperar la Liquidación de los Recargos, por Extemporáneas Voluntarias  y los Intereses de demora , que como me indicabas.Muchas gracias  Si necesitas alguna Información sobre el Cultivo del Olivo, aquí tienes un Amigo, Enasua 
Ir a respuesta
jartocoles 08/12/22 16:06
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias, Por eso, cuando ha sido CONJUNTA y  voy a ver los Resultados de la Declaración Complementaria,  aparece debajo del Resultado de CONJUNTA.."Resultado de la Declaración Complementaria" y supongo que es en esa donde  tengo que dar ENVIAR DECLARACIÓN  Ya le he cogido el aire al Manejo, pero me falta un empujoncito final.Pregunta :Cuando cambie lo que tengo que cambiar, voy enviando cada Año y ..¿ Procedo como cuando se presentan las Declaraciones Normales con Adeudo en Cuenta..?¿ Luego debe recibir alguna Respuesta ?, Porque tendrán que ajustarme la Cuenta con el Recargo, Intereses  por Demora , ¿No ?Gracias otra vez 
Ir a respuesta
jartocoles 08/12/22 13:42
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Aprovecho tu buena disposición a ayudarme , Enasua He confeccionado, para verla ,  la Complementaria de 2018, siguiendo tus instrucciones respecto al Percibo de Prestaciones por Incapacidad Laboral y eliminando la Cotización   al RETA.Observo que en todos los años, al Inicio,   se suspende la Compensación al CónyugeEn la Presentada salía a a DEVOLVER ( -588,90 ), que yo me Compensé ... En la nueva Declaración  Rectificada sale  a  Devolver ( -155,92 ) ( menos importe que en la Presentada) ...  pero debajo dice  " Resultado de la Complementaria ".. A Ingresar ( 432,98 ) .-- La Suma de las 2 cantidades coincide exactamente con lo que me compensé yo, como Cónyuge  en la Presentada. = 588,90En el Modelo 100- Documento de Ingreso o Devolución, ya viene indicado el Importe a Ingresar ( 432,98 ) , con  ADEUDO EN CUENTA .Supongo que cuando vaya a presentar la Declaración tendré que rellenar el Campo del nº de  la Cuenta y me pregunto  ¿ Cuando piden los Intereses por DEMORA ? .¿Funciona la Presentación igual que las que se presentan en Fecha , o tendré que recibir una Carta de Pago con la Cuenta ajustada ? Ya solo me falta confeccionar la Complementaria del año 2017.Una vez que las tenga vistas todas , procederé a Enviarlas y que sea lo que Dios Quiera .Muchas gracias y perdona por abuso 
Ir a respuesta
jartocoles 08/12/22 12:23
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias Enasua , todo claro hasta el momento justo en que me has respondido, porque iba a proceder a plantear en el Foro lo que acabo de constatar y que confirma lo que me comentas,  para el caso de las Declaraciones Conjuntas .Acabo de confeccionar la Complementaria del año 2019, CONJUNTA , cuyo Resultado en su Presentación fue  =  2.085, 51 a Devolver Elimino la Cotización al RETA del Primer Declarante (mi Cónyuge )y voy a ver los Resultados de la Declaración :-MAS FAVORABLES  = Individual Primer Declarante = 1.474,73 a Devolver -- Individual Cónyuge = 564,97 a Devolver .... SUMAN LAS DEVOLUCIONES  = 2.039,70 ,, lo cual  frente a lo que se nos devolvió supone un Perjuicio para Hacienda de 45,81 €.. Pero el Resultado de la Complementaria , que es el Resultado de la CONJUNTA , ha sido  = 1.369,47 a INGRESAR .A la vista de esto, me pregunto :¿ Se puede sustituir  ahora  una Declaración CONJUNTA de 2019,  por dos Declaraciones Complementarias  Individuales ? ... ¿ O ya no hay posibilidad de marcha atrás? Espero tu ayuda , para operar como sea lo procedente Gracias 
Ir a respuesta
jartocoles 08/12/22 11:14
Ha comenzado a seguir al usuario
jartocoles 08/12/22 11:13
Ha comenzado a seguir al usuario
jartocoles 08/12/22 10:55
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Continuación a mi Respuesta a Marianin07 y también a Enasua,Añado a lo anterior lo siguiente :Sigo averiguando cuales son los parámetros que conforman la BASE IMPONBLE  GENERAL y ya lo he averiguado, en las Declaraciones No Prescritas .Al Eliminar el Rendimiento Negativo del Trabajo, se verá aumentada en alrededor de 3.500.00€.Lo mismo que en la Complementaria de 2020 parece que el Resultado Final no ha variado, ya que he aprendido  gracias a vuestros informes, voy a proceder a confeccionar las Complementarias de 2019-2018 y 2017 , sin ENVIARLAS y así veré , que Resultados salen y procederé en función de los mismos .Solo me ha quedado una duda, que no he entendido en la explicación de Enasua:¿ Las Retribuciones dinerarias por Incapacidad Laboral, como Autónomo del Régimen Especial Agrario , se consideran Rendimientos del Trabajo y deben ponerse en la Casilla 0003 ? Muchas gracias a todos , de nuevo
Ir a respuesta
jartocoles 08/12/22 10:30
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias, "Marianin07" y "Calmaypaciencia", constato que debes ser el mismo.-- cada día  me alegro más de haber integrado en RANKIA.Después de tu opinión y consejos y los de de Enasua y de realizar una Comparación detallada entre la Declaración de 2021  presentada y la Propuesta de Liquidación recibida al ser Revisada, y que he ACEPTADO , creo que  la Complementaria de 2020 que he confeccionado es Correcta, ya que , efectivamente, al finlal aparecen dos Líneas " Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria correspondientes al ejercicio 2020"  = Exactamente la misma cantidad que en la  Declaración que se presentó, aunque haya desaparecido el  Rendimientos del Trabajo Negativo y en otra Fila dice  : Resultado de la regularización = 0,00No he enviado la Complementaria aún , porque he llegado a la siguiente conclusión, que someto a vuestra consideración para que me la "aprobeis" y para que los comentarios de "mi Caso"  puedan ser de utilidad a algún forero, que llegue a encontrarse con mi mismo problema. Los elementos que constituyen las Rentas de mi Cónyuge son muy simples  : 1.- No hay Rendimientos del Trabajo2.- Hay Rendimientos del C. Mobiliario e Imputaciones de Rentas de escasa entidad.3.-Hay Rendimientos de la Actividad Agraria, -Módulos- , con sus Retenciones por las Ventas,  y de ahí salen los Importes a  DEVOLVER .Al eliminar la Cotización al RETA y  desaparecer el Rendimiento NEGATIVO del Trabajo ,  la Base Imponible  del Ahorro sigue siendo  Baja  por lo  que genera una Cuota ,  que es absorbida, CREO,  por el Mínimo Personal...La Base Liquidable GENERAL sigue siendo la misma porque sale de la Actividad Agraria y de las Imputaciones de Rentas . Creo que esta es la razón por la  que  no ha  cambiado el Resultado Final de la Declaración, respecto a la presentada en su fecha .Bien ...., entonces yo me digo : ¿ No será lo más conveniente quedarte quietecito  y no tocar las Declaraciones NO PRESCRITAS , - 2020-2019-2018 y 2017,  aunque en ellas haya  un  Rendimiento Negativo del Trabajo ? ... De todas formas si planteo unas Complementarias , a la vista del Resultado de la de 2020, me va a salir o lo mismo ó  casi lo mismo y  ahorro quebraderos de cabeza y molestias a los magníficos foreros de RANKIA. Debo aclararos que en la Revisada de 2021, si han encontrado diferencias entre lo Declarado y la Propuesta , pero ha sido en el cálculo de la Base Imponible General, porque no coinciden los resultados del R. Neto Reducido por Módulos de la Actividad Agraria, pero eso ya es otro asunto, que aunque no llego a entender,  lo he Aceptado .   Espero haberme explicado bien y reitero mi agradecimientoSaludos cordiales 
Ir a respuesta
jartocoles 07/12/22 11:40
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias de nuevo Enasua,He entendido perfectamente lo que me explicas, pero cuando me pongo a operar, comienzan las dudas . He entrado en RENTA WEB , para Rectificar la Declaración de 2020.. " Rectificar Declaración ya presentada con errores que causan perjuicio a la Hacienda Pública" --Marco la casilla107:  porque / Se supone / que  "de  la D. Complementaria resulta una cantidad a devolver INFERIOR a la Solicitada" , ya que voy a eliminar el Rendimiento del Trabajo Negativo que tenía en la Declaración del IRPF de 2020. Entro en la Declaración  Complementaria .. sigo la lógica .. Elimino en el Apartado Rendimiento del Trabajo la Cotización a la Seg. Soc. y resulta que ya no hay Rendimieto del Trabajo,.. Vale ,... .... Doy a VALÍDAR y aparte de los lógicos AVISOS, me dice al final que NO HAY ERRORES..... Voy a " Resultados de las Declaraciones "  y aparecen EXACTAMENTE  las Mismas Cantidades que en la Declaración que en su día presentamos INDIVIDUALES  ... A DEVOLVER  (primer Declarante )  y a Ingresar  ( 2º Declarante )Y ME PREGUNTO:1) Si mi Cónyuge (Declarante )   va a tener un Rendimiento CERO, donde tenía  era un Rendimiento NEGATIVO,  ¿ No debería salirle una cantidad Inferior a Devolver ?2) ¿ Que ocurre ahora con la Renuncia y la Compensación que ya se hicieron efectivas  ? No me atrevo a Decir " PRESENTAR DECLARACIÓN " , porque salen las cantidades primeras sin tener en cuenta lo que he modificado y me pide que ratifique el nº de Cuenta para la Devolución Integra .  Y en el Cónyuge , que soy yo, me sale la Cantidad Integra a INGRESAR .Mi telefono es 661469151Por favor , me gustaría hablarlo, porque resulta más aclaratorio que escribiendo, siempre quedando muy agradecido , tanto a ti como a RANKIA .Espero
Ir a respuesta
jartocoles 06/12/22 19:55
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias Enasua,Casi todo lo que me has comentado ya me lo suponía porque llevo tiempo madurando el tema y tengo algo de práctica en la confección de nuestras Declaraciones matrimoniales -Mi problema es que no se bien como se materializa la confección de las complementarias . He entrado bien en la Sede Electrónica y llegado a abrir la Confección de la Complementaria en la WEB y supongo que es de la misma forma que cuando se confeccionan las declaraciones, pero no estoy seguro  , ¿Se elimina el Gasto de Cotización en el RETA que se había anotado en el Apartado "Rendimientos del Trabajo" y se deja el resto de la Declaración igual, ó hay que confeccionar una Declaración completa nuevamente ? ...y además hay un asunto añadido, :Que de los  4 AÑOS no prescritos , 2 han sido  Declaraciones  Individuales,  Matrimonio en Gananciales,  y al miembro que tiene el Problema planteado( mi Cónyuge)  , le salía a DEVOLVER  y Renunciaba para que yo, su  Cónyuge Compensara  lo que me salia  a INGRESAR.Una cuestión más ENASUA,¿ Si uno de los años ha tenido Retribuciones Dinerarias -Casilla 0003,  Por Incapacidad Laboral, es correcta la aplicación del Coste de Cotización a la Seguridad Social, para minorar el Rendimiento del Trabajo?Todo esto ha ocurrido porque consideraba lógica la imputación del Coste y no llegue a sospechar que sería como ha sido.Espero tu ayuda nuevamente Muchas gracias 
Ir a respuesta
jartocoles 23/09/21 17:07
Ha respondido al tema Procedimiento en Expropiación Forzosa de Finca Rústica
Gracias, Buenavista. Creo que ya tengo claro como es el Procedimiento. Si llegado el caso de que mi Justiprecio no sea Aceptado, si tendría la duda de la forma concreta  de dirigirme a la Comisión Provincial de Expropiación.  De momento estoy "servido"..Muchas gracias de nuevo.
Ir a respuesta
jartocoles 05/03/21 13:19
Ha respondido al tema Pérdidas y GananciasPatrimoniales en el IRPF
Gracias de nuevo, Enasua, .... Para dejar "rematada " mi Duda, y para pueda serle útil a otras personas ....  Pregunta "penúltima" ¿ Los Porcentajes aplicables al Valor del Suelo y al Valor de la  Construcción los debo calcular, cuado tenga sus  Valores finales, una vez restados  los Gastos que se han originado en la Compra y en la Enajenación ( Escritura- Registro, plusvalía  etc. ) ?   y como me decías en tu primera Respuesta, debo guardar las Facturas de la Construcción para poder justificar , si llega el caso, el Importe  declarado como "Compra ", ya que la Escritura de Obra Nueva , la hice en 2020 y la Construcción finalizó  en 2010 .... Muchas gracias otra vez
Ir a respuesta
jartocoles 01/03/21 11:31
Ha respondido al tema Pérdidas y GananciasPatrimoniales en el IRPF
Gracias por la Aclaración Juan Lackland ..... Deduzco que  esos 1/4 y 3/4 , se calculan en función de su sus Valores Parciales en el Total del Costo de la CASA  , que luego se Vende   .. ¿ OK ? 
Ir a respuesta
jartocoles 01/03/21 11:18
Ha respondido al tema Pérdidas y GananciasPatrimoniales en el IRPF
Muchas gracias, ENASUA.., creo haber entendido tu respuesta, aunque me queda aún una duda, que , abusando de tu buena predisposición, me gustaría plantearte, utilizando unos números hipotéticos..Planteo:Compro Solar en 2006, Escrituro por Valor 50..... Procedo a Construir . Invierto en la Construcción, 150.. Tengo facturas de lo Invertido.- Tengo Certificado Final de Obra y Tengo Licencia de Primera Ocupación : Año  2010...... VENDO La Nueva Casa, en 2020 , por Valor en Escritura  de 300.... Bien  .- 1ª Cuenta (Compra de Solar ).- Valor de Compra 50 - Año 2006.- Valor de Enajenación ,. 50 .- Año 2020... Ganancia/Perdida = 02ª Cuenta ( Construcción y Venta ).- Inversión en la Construcción.- 150 ... Valor de Enajenación = ( 300 - 50 ) = 250 ..... A estas 250 le Resto, además ,  todos los Gastos (Escritura Obra Nueva- Registro- Plusvalía etc , que Suman  = 20 ........ Valor Neto de Enajenación = 230 ..... GANANCIA de la Enajenación = 230 menos 150 = 80 .... Tiempo entre Construcción y Enajenación   = Desde 2010 hasta 2020 = 10 años. ..... DUDA FINAL , ¿ Al cumplimentar la Declaración se tratan como si fueran 2 "operaciones de Compra / Venta " ? Una la del Solar que es CERO  y Otra la de la Construcción que sería Ganancia 80 ? ...... Te reitero las Gracias 
Ir a respuesta
jartocoles 14/02/21 12:22
Ha respondido al tema Préstamo a interés cero entre familiares
El Modelo 600, puede presentarlo el Prestamista, firmando P.A. Yo en mi pueblo no he tenido problema en hacerlo todo. Al fin y al cabo lo UNICO importante es la Liquidación de Impuesto, en caso de que haya que lugar. 
Ir a respuesta

Lo que sigue jartocoles