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Participaciones del usuario Iviari - Empresas

Iviari 30/07/19 00:02
Ha respondido al tema Lactancia acumulada
Hola buenas noches, El permiso de lactancia, regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, permite tener una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. Y también La lactancia acumulada permite sumar todas las horas a las que tiene derecho el trabajador desde que se reincorpora hasta el bebé que cumple nueve meses según lo indicado en el convenio colectivo o el acuerdo que se alcance con el empresario. Normalmente, esta acumulación de la lactancia es sobre 15 días naturales Puedo disfrutar de las dos??
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