Igualadinormon
22/04/08 21:54
Ha respondido al tema ¿Se puede ceder un crédito sin permiso del deudor?
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Los sujetos de la cesión del crédito son el cedente y cesionario. El deudor cedido no es parte en el negocio de cesión y por ello no tiene que manifestar ningún consentimiento.
Además según el 1529 CC la cesión o venta de un crédito comprende la de todos sus derechos accesorios (hipotecas, prenda o privilegio) salvo que las partes dispongan lo contrario...
Además como es lógico el deudor podrá oponer al cesionario todas las excepciones reales u objetivas que pudiere oponer al acreedor primitivo.
Salvo la compensación que se rige por las reglas del 1198CC que son:
1ºSi el deudor ha aceptado expresamente no puede oponer NINGUNA.
2º En caso contrario sólamente podrá oponer las ANTERIORES a la cesión y no las posteriores (desde que el deudor tenga conocimiento de la cesión).
Hay algunas particularidades más pero no entran al caso (cesión de créditos litigiosos ...)
Respecto a la cesión de datos, la AEPD, como no podría ser de otra manera ha reiterado en su numerosísima doctrina que la cesión de estos datos es LÍCITA (y por supuesto no sancionable) siempre que se lleve a causa de dicho negocio jurídico (a proposito de diversas denuncias contra empresas que habían cedido la deuda a cobradores de morosos).