Acceder

Participaciones del usuario Hortelano

Hortelano 01/05/16 09:24
Ha comentado en el artículo Modelo 143: qué es y cómo rellenarlo
Hola, buenos días, Rsanjosé. Gracias por tu interés en resolver mis dudas. Ya he logrado enterarme sobre las deducciones por discapacidad de descendientes y los mínimos por familia en la Ley del IRPF; en la guía para hacer la declaración se presta a confusión, por establecer dos requisitos para tener derecho a la deducción: 1º Estar dado de alta en la Seg. Social o mutualidades y cotizar (...) y 2º, tener descendientes o descendientes o ser familia numerosa con discapacitados a cargo. Pero no son necesarios los dos solamente uno ya te da derecho para cobrar la prestación y la correspondiente deducción por mínimo familiar que, según la Ley dicha prestación (nueva) de 1200 Euros, se puede haber cobrado por adelantado mes a mes formulando la solicitud en el modelo 143 a partir de febrero-marzo de 2015 también a los pensionistas con descendientes en esta situación a cargo (como es mi caso. Luego en la parte autonómica de Aragón se establece también una ayuda de 150 Euros por este mismo concepto que se suma directamente a la cantidad a devolver al contribuyente. Por otro lado abundando en esto, se considera hijo a cargo y con domicilio en la unidad familiar al descendiente, en estas circunstancias, que se encuentre ingresado y atendido en un centro para discapacitados. Bueno, ya que estamos en harina, como diría el clásico. Te comento, me comunicaron por medio de una carta de la Agencia Tributaria, justamente el día siguiente de enviar mi declaración, que tengo que declarar los ingresos de la ayuda estatal del Plan PIVE del año 2013, año en el que adquirí mi actual vehículo. He consultado en 'Rankia' el procedimiento y creo que tengo que realizar una declaración complementaria en ese mismo año 2013 y pagar lo que me corresponda. No sé si tú estás enterado de este procedimiento, pero de entrada ya tengo dificultades en la web de la Agencia para bajarme la declaración de ese año, me dice que esta en disco y que vuelva a intentarlo pasados cinco minutos y así todas las veces. De todas formas muchas gracias por tu atención. Saludos.
ir al comentario
Hortelano 25/04/16 13:48
Ha comentado en el artículo Modelo 143: qué es y cómo rellenarlo
Tengo un pequeño lío con este concepto. Siempre he deducido por mínimo familiar por descendiente discapacitado, pero este año al realizar la declaración de Renta con el programa 'Padre' me indican que hay novedades y la cuantía es de 1200 por el primer hijo en esta situación; también me advierte al ir cerrando ventanas que compruebe en las deducciones de mi Comunidad Autónoma (Aragón), que también tengo una cuantía para deducir (no logro ver dicha cuantía. Por otro lado también me indican si he recibido adelantos por este concepto habiendo presentado el modelo 143 a partir de Enero 2015 para recibirlos y que así vienen reflejados en los datos fiscales. Y en el apartado Deducción por descendientes con discapacidad a cargo aparecen todos los meses del año sin importe cotizado, pero sí como pensionista. Mi pregunta es si se refiere al mismo concepto en la declaración de la Renta mínimo familiar por descendiente... o por hijo a cargo, puesto que yo ya no cotizo a la Seg. Social, yo más bien entiendo que pueda ser ésta segunda una prestación para las personas en activo y cotizando. Gracias
ir al comentario
Hortelano 04/05/13 13:07
Ha respondido al tema Fiscalidad Valores Santander
Jarrank, buenos días: En los datos fiscales enviados por la Agencia Tributaria los VS, los considera como rendimientos "Explícitos", mientras que en los documentos del banco los considera "Implicitos". Hay diferencia en considerarlos de alguna de las dos formas, a saber: los primeros son rendimientos del capital, intereses, cupones.... Mientras que los segundos pueden ser en la venta de activos financieros, la diferencia entre la compra y la venta. Eso creo. Saludos.
Ir a respuesta
Hortelano 04/05/13 11:17
Ha respondido al tema Fiscalidad Valores Santander
Hola, evangelista: La verdad es que estoy un poco confuso con la fiscalidad de estos valores. He observado en algunos foros que no están muy claros los rendimientos por ser un producto, (dicen rojo), se entiende muy complejo a la hora recuperar y tributar. De hecho el Santander hace oídos sordos cuando tratamos de preguntarle dónde debemos de colocar esos rendimientos en nuestra declaración. De todas formas trataré de aclarar mejor todo esto con la guía que viene en cada apartado de la Renta. Muchas gracias por tu asesoramiento. Saludos.
Ir a respuesta
Hortelano 03/05/13 18:15
Ha respondido al tema Fiscalidad Valores Santander
Hola evangelista, no comprendo muy bien lo de anotar en la casilla 024, 84 E. y en la 022, 1186 E. Sí entiendo lo de la casilla 026 como renta del Capital Mobiliario... Creo que en la anterior declaración no se había dado la circunstancia de canjear por acciones, por lo menos en mi caso. Podrías explicarme si no te importa esto y lo de los cuatro años siguientes. Gracias. Un saludo.
Ir a respuesta
Hortelano 02/05/13 21:31
Ha respondido al tema Fiscalidad Valores Santander
Muchas gracias por tu asesoramiento. (*)Aunque habla del artículo 46 para formar parte de la base del impuesto general. De todas formas muchas gracias. Saludos
Ir a respuesta
Hortelano 02/05/13 19:26
Ha respondido al tema Fiscalidad Valores Santander
Bueno todavía no tengo muy claro cómo hemos de declarar y dónde los rendimientos negativos de los Valores Santander. Los papeles del banco los consideran como rendimientos "implicitos", mientras que en los datos fiscales enviados por la Agencia Tributaria los considera rendimientos "explicitos". Puesto en contacto con el Santander me indican que son rendimientos Mobiliarios negativos se consideran como rendimientos del capital mobiliario igual que los intereses de cuentas... y activos financieros. Pero al ponerlo en la casilla me pide la retención y en este caso no hay por lo que no me deja poner las cantidades. Agradecería que me lo aclarase, yo no he vendido las acciones que me canjearon en Octubre 2012, ¿en que casilla pongo estos rendimientos negativos? sin que me pida retenciones. Gracias.
Ir a respuesta
Hortelano 25/10/12 20:02
Ha respondido al tema Cual es mi sorpresa pero los Valores del Santander los han convertido en Bonos
Personalmente no me facilitaron ningún tríptico que me explicara la inversión. Si bien esto no exculye de mi responsabilidad en aceptar las condiciones que me propuso un operario de mi confianza del banco. He conseguido por internet un ejemplar de dicho tríptico y tienen Uds. toda la razón. Pero de ¡clarísimo!, ¿qué quieren que les diga?, con tantos supuestos..., de todas formas gracias por su aclaración, en otra próxima ocasión, si existe, me llevaré conmigo a un experto en derecho económico, por sí acaso.
Ir a respuesta
Hortelano 25/10/12 19:28
Ha respondido al tema Derechos Santander: El Dividendo Elección 2012 (octubre) explicado
Berebere. Entresaco parte del texto de tu Post, que no tengo muy claro los rendimientos ni como se contabilizan éstos. Veamos: "En caso de optar por las acciones nuevas, la tributación también se difiere hasta el momento de venta. Si un inversor destinó 1.000 euros a comprar 100 acciones y ahora recibe 10 títulos nuevos, bajará su precio medio de compra desde 10 euros (1.000 euros/100 acciones), hasta 9,09 euros (1.000 euros/110 acciones). Así, a la hora de vender las potenciales plusvalías serán superiores y pagará más a Hacienda". Desde luego que al recibir acciones nuevas baja el valor de las acciones que dieron lugar a tal ampliación. Según comenta está claro; pero en ello no tiene en cuenta que es una inversión y que por tanto debe de rendir un capital % y en un periodo de tiempo determinado. O, así lo comprendo yo; aquí establece las ganancias, al final, en las plusvalías si es que existen, en la coincidencia de la cotización de las acciones por encima del valor de compra, en su día; y el precio de venta superior al resultante que se establece después de las distintas ampliaciones. ¿No es mejor ingresar los dividendos que han generado las acciones en nuestra cuenta corriente?, y realizar la contabilidad sencilla para obtener a lo largo del año cuánto ha rendido nuestra inversión. De otra manera, muy largo me lo fía (es una expresión) ¿Quién me asegura que las acciones van a revalorizarse y, en qué porcentaje? . Hoy en día con las nuevas aplicaciones tecnológicas se sabe casi con un 99% de probabilidad, el techo y el suelo que cada valor puede alcanzar en un periodo de tiempo en su cotización en Bolsa. Gracias.
Ir a respuesta