Acceder

Participaciones del usuario fuentelsol - Hipotecas

fuentelsol 22/01/19 13:43
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
No tengo la menor duda de que si pierdo la copia autorizada y tengo que ir a por otra, me aplicaría la tarifa correspondiente, pues ya no estamos hablando de la misma situación. En cuanto a lo demás, me reafirmo en lo dicho. Para mi los puntos 4.1 y 4.2 del arancel forman parte de él tanto como el 2, y por lo tanto no son minutables en este caso.
Ir a respuesta
fuentelsol 22/01/19 09:31
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Desconocía esas sentencias, a lo mejor podemos rascar algo por ahí. En cuanto a la frase "Quedan, en consecuencia, excluidos de minutación cualesquiera otros conceptos arancelarios..." yo creo que quiere decir literalmente lo que pone, pues la frase es bien explícita "cualesquiera otros conceptos arancelarios", para después poner una única excepción a esa regla: "No obstante lo anterior, se aplicará el número 7 del arancel a partir del folio quincuagésimo primero inclusive." Si hubieran querido poner mas excepciones las hubieran puesto, pero en este caso solo hay una. Por lo tanto te darán tu copia autentica y si quieres cinco copias simples también, pero en ambos casos lógicamente te cobran a 15 céntimos el folio como suplidos, los cuales no forman parte del arancel. Yo debí topar con el notario mas honrado de España.
Ir a respuesta
fuentelsol 20/01/19 10:24
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Dos cosas Judas. No reclames lo de que la matriz tiene un coste fijo de 30 euros. Eso fue así durante unos años que hubo cambios en la legislación, pero desde la Ley 8/2012, de 30 de octubre el arancel de los notarios es el que te calcula la calculadora que hay en este hilo. Y otra cosa, la frase: "Quedan, en consecuencia, excluidos de minutación cualesquiera otros conceptos arancelarios..." quiere decir lo que pone, que no te pueden cobrar mas conceptos, salvo los suplidos (coste del papel) Aquí puedes ver resumen de mi factura. Importe de la hipoteca sin intereses ni costas ni gastos: 93577,58 Base de calculo para la aplicación del arancel: 65.504,30 Derechos: (aplicada reducción 5% RDL 8/2010) Matriz (Num.2) (Reducción 50+5)      118,19 euros Suplidos: Papel matriz                           7x0,15     1,05 Papel copia autentica             7x0,15    1,05 21%IVA sobre 118,19                         24,82 TOTAL                                              145,11
Ir a respuesta
fuentelsol 04/12/18 23:28
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
A ver. La escritura que firman los apoderados del banco en el notario es la matriz. Esa se la guarda el notario en su protocolo y queda ahí para siempre. La copia autorizada es la que te dan a ti y las copias simples son como fotocopias que llevan el sello de la notaria. Según la instrucción que te puse mas arriba los únicos conceptos minutables en una escritura de cancelación de hipoteca son el arancel 2.2.f que te lo calcula la calculadora ya con todas las reducciones y que son los 117 euros aplicando la tarifa por tramos correspondiente, y los folios que excedan de 50 en la escritura matriz, en tu caso 0 euros porque son 17 folios. Las copias simples (fotocopias con sello del notario) y la copia autorizada no te la pueden cobrar. Como mucho los suplidos. Además, como bien dices no necesitas copia simple por que en canarias no hay que presentar el modelo 600.  Yo, como ya te dije arriba pediría que me devolvieran los 42,07 de la copia autorizada, los 10,22 de la copia simple (se la llevas y que se queden con ella) y los 20 de las notas simples informativas (en este concepto podrías admitir algún coste, pero no 20 euros). Vete a la notaria, les dices  lo que te parece que esta mal, y si no se avienen pues te tocara recurrir la minuta.
Ir a respuesta
fuentelsol 03/12/18 23:04
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Falta que pongas la base de calculo. Creo que no deberían cobrarte ni la copia autorizada ni la copia simple, solamente los 117 euros y como suplidos el precio del papel timbrado, (en tu caso 17 folios de la copia autentica y 17 folios de la matriz a 0,15 euros = 5,1 euros.) Así que yo pediría la devolución de 42,07+10,22+20. Esto es en aplicación de la Instrucción de 31 de mayo de 2012 de la Dirección General de los Registros y del Notariado. http://www.informatica-notarial.es/noticias/ficheros/120706_instruccion_CGRN.pdf En el punto tercero habla de los honorarios del notario y dice expresamente: - El número a aplicar es el 2.2.f del Arancel de los Notarios, siendo el mínimo minutable 90 euros. - Quedan, en consecuencia, excluidos de minutación cualesquiera otros conceptos arancelarios, salvo el número 7 del arancel, a partir del folio quincuagésimo primero. Desde luego a mi no me cobraron mas que el nº2 y los folios.
Ir a respuesta
fuentelsol 02/12/18 00:19
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Usando la calculadora que esta colgada algunas paginas mas atrás deberían ser unos 150 euros. Cuando tengas la factura nos detallas aquí los conceptos y la analizamos. Por cierto, mi hipoteca era del 2001, unos 93000 euros y no llego a 145 euros.  
Ir a respuesta
fuentelsol 17/02/18 12:28
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Lo primero decirte que creo que no deberian cobrarte ni la copia autorizada ni la copia simple, solamente los 127 euros y como suplidos el precio del papel timbrado, (en mi caso 7 folios de la copia utentica y 7 folios de la matrid a 0,15 euros.) Esto es en aplicacion de la Instruccion de 31 de mayo de 2012 de la Dirección General de los Registros y del Notariado. http://www.informatica-notarial.es/noticias/ficheros/120706_instruccion_CGRN.pdf En el punto tercero habla de los honoraios del notario y dice expresamente: - El número a aplicar es el 2.2.f del Arancel de los Notarios, siendo el mínimo minutable 90 euros. - Quedan, en consecuencia, excluidos de minutación cualesquiera otros conceptos arancelarios, salvo el número 7 del arancel, a partir del folio quincuagésimo primero.   La copia autorizada es la que tienes que llevar al Registro. Las copias simples con una te vale para entregar en hacienda de tu comunidad autonoma. Mi factura fue para hipoteca de 100000 mas o menos. Derechos  118,19 Papel Matriz 7x0,15    1.05 Papel copia autentica 7x0,15    1.05 Suma   120,29 + 24,82 de IVA = 145,11 Antes de ir al registro tienes que ir a la hacienda autonomica a presentar el modelo 600 impuesto transmisiones y actos juridicos documentados. No hay que pagar pero si hay que presentar (por lo menos en Castilla y Leon) Yo lo hice telematicamente con lo cual mande la escritura escaneada. Luego ya con la copia que imprimes del modelo 600 presentado y la escritura es cuando vas al registro. Saludos.
Ir a respuesta