Pero y si no pueden trabar el piso... van a por los enseres ?
Y si el acreedor señala como embargable uno de los enseres... Por ejemplo un equipo electrónico portátil ?
Pero la vivienda vale mucho más que la deuda contraída !!!!!!
No empezarán entonces con los enseres ?
Lo que necesito saber es si avisan antes de venir o rompen la puerta.
además los enseres son movibles.
Está claro que habrán instado la ejecución de embargo. Pero qué objeto tiene entonces la diligencia ? . Comunicártelo ? Qué les digas lo que te pueden embargar ?
Gracias