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Participaciones del usuario Drag75

Drag75 21/08/14 18:31
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Allí lo que queda era un sillón hecho polvo, una mesa de plástico y creo que un somier y colchón viejos. Lo vi cuando fui con la inmobiliaria. Con esos objetos que hago? No los puedo tirar a la basura como era mi idea? Un saludo.
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Drag75 21/08/14 18:16
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Muchas gracias por la respuesta, hablaré con el notario, supongo que no me pondrá pegas, porque literalmente me dijo: "Cuando tengas el mandato le das una patada a la puerta y para adentro", y claro al no tener contratada ni agua ni luz desde hace muchos años, algún cristal roto, todas las persianas rotas, pues pensé que no había posibilidad del tema de que apareciera un inquilino. A ver si sale bien y por lo menos me ahorro el juzgado. De momento el asunto me deja bastante inquieto. Luego que tenga ese acta notarial, que hago? la guardo? la tengo que inscribir en algún sitio? Supongo que será para el caso que el enajenado reclame judicialmente...
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Drag75 21/08/14 17:49
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Muchas gracias por la respuesta, así que por lo que comentas los chicos de mi ayuntamiento son de lo más listos :( De verdad que vaya funcionarios que tenemos, vaya tela, lo que la posesión si que me descuadró al leeros, porque hasta lo comenté con un notario y me dijo que en cuanto tuviera el decreto del propiedad podría entrar a la vivienda, vaya tela como esta la cosa. Y sabes si la posesion tardan mucho en concederla? Hay que pedirla aunque en la casa no viva nadie desde hace años? y tampoco sea la primera vivienda del enajenado? LA casa no tiene ni luz ni agua, por lo que no cabe la posibilidad de que aparezca un inquilino ficticio, de hay que pensara que era necesaria la posesión. Un saludo.
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Drag75 19/08/14 16:48
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Buenas, en primer lugar darte la enhorabuena por el blog es de lo más didáctico y entretenido. Quisiera comentar una situación que estoy viviendo para conocer vuestra experiencia. Por casualidad me encontré con una subasta del organismo de recaudación de mi ayuntamiento, y había un par de casas que me podían interesar, el caso es que deje pasar el tiempo y se celebraron primera y segunda subasta (la verdad es que se me olvidó del todo), pasando los lotes no adjudicados a enajenación directa. Una de las casas que vi aún se encontraba disponible y probé suerte realizando una puja. Me llamaron el día de la apertura de sobres y mi puja resulto ganadora. A partir de aquí es cuando ya me pierdo, primero porque obviamente no me dedico a esto, soy una persona particular, y segundo, porque la verdad es que desconozco estos procesos. Pague la puja y ahora me encuentro a la espera de que el ayuntamiento me de el mandato de propiedad para poder inscribir la casa a mi nombre, el caso es que leyendo por aquí, hablabais del mandato de posesión que hay que pedir al juez, y aquí empiezan a surgirme las dudas dado que a mi me habían dicho que con el mandato del ayuntamiento era suficiente (me lo dijeron los funcionarios del ayuntamiento), así pues, os pregunto a vosotros los expertos: en este caso también tengo que pedir ese mandato? Antes de pujar, pedí nota simple de la casa para ver si tenía cargas (no tenía cargas salvo los embargos del ayuntamiento) y visite la vivienda (estaba a la venta en una inmobiliaria) diciendo que estaba interesado en adquirirla, no mencioné nada de la enajenación directa, y los vecinos salieron a "amablemente indicarme" que ese propietario debía los gastos de comunidad de unos 9 años y que si compraba la casa tendría que hacerme cargo. En vuestra experiencia, esto es así? y en caso afirmativo, de cuanto tiempo debo de hacerme cargo? En el ayuntamiento me dijeron que como era una enajenación y no una compraventa que no me debía hacer cargo de nada, pero claro, visto lo visto prefiero preguntaros. Muchas gracias por anticipado a todas vuestras respuestas, un saludo.
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