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Participaciones del usuario Carolinab

Carolinab 11/06/12 23:40
Ha respondido al tema Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
Soy más partidaria de ir pasito a pasito, y sí creo que reclamaremos primero al SaC. Porque, además, tu primera contestación la he leído esta tarde, y en la oficina me han sellado la que puse aquí. Prefiero hacerlo bien. Para mi madre será bastante agónico, eso sí. Una cosa, si reclamamos al SaC ahora, y transcurridos los 2 meses reclamamos a CNMV y/o Banco de España, y dentro de 4 meses el dire nos llama dándonos una solución milagrosa, tipo depósito (me parece que soy muy ingenua), no habrá problema ¿no? Me refiero a que si podremos parar reclamaciones si nos avenimos. En la reclamación al SaC, además de pedir claramente la documentación, ¿recomiendas "agresividad"? Tipo amenazas con Juzgados, etc. Es que la he preparado y me parece que me he pasado un pelín...
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Carolinab 11/06/12 23:23
Ha respondido al tema Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
Me llama la atención que tanto en la Orden de Compra como en el folleto, califican al producto como CONSERVADOR, y la definición es "Producto indicado para inversores que quieren asumir pocos riesgos o con un plazo de inversión muy corto”. He visto en la web de CNMV un documento en el que, en Junio de 2.009, advertían sobre el riesgo de las preferentes del Banco de Santander. Es este: http://www.cnmv.org.es/DocPortalInv%5COtrosPDF%5CES-Advertencia%20preferentes%20Santander.pdf Es referente a preferentes del Banco de Santander, pero vamos, es que me da que todas las preferentes son calcadas, se copiaron todos los bancos el texto y las condiciones, entonces puede que sea aplicable a cualquier preferente. La CNMV advirtió en este documento de las características de este producto: es un título perpetuo, ultra-subordinado, un producto complejo, no constituye depósito bancario, no tiene cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos, podrían dejarse de pagar los cupones cuando haya dificultades financieras, los intereses no percibidos en un periodo no se acumulan sino que se pierden para siempre. Las participaciones pueden ser una inversión interesante para alguien experto en este tipo de mercados, pero sin duda son un producto de alto riesgo; y dado que la posibilidad de revenderlos en el mercado secundario depende absolutamente de la solvencia de la entidad, desde que empieza la crisis, que ya había empezado cuando mi madre contrató, un mes después de la publicación de este documento, son una inversión de altísimo riesgo, absolutamente inadecuadas para personas sin conocimientos profundos en este tipo de negocios, máxime cuando el mercado secundario en el que se negocian se quedó sin liquidez y sigue en este estado. Insisto en que el documento es de Junio de 2.009, y mi madre firmó sus preferentes en Julio de 2.009...Lo de CONSERVADOR que pone en la Orden de Compra es MENTIRA. Era un producto de alto riesgo. El director de Caixa Catalunya nos ha enseñado en la pantalla de su ordenador un cuadro de porcentaje de rentabilidad (no sé si se llama así, pero eran varias columnas, y una eran fechas y otra intereses, entre otras). Nos lo ha enseñado para demostrarnos que existían intereses en el momento de la formalización de la compra de mi madre. Pero claro, lo que yo he visto, y con lo que me he quedado, es que, hacia arriba, los intereses eran altos, y habían mermado muchísimo a fecha 1 de julio de 2.009...y hacia bajo el declive era evidentísimo también. En resumen, que cuando le colocaron esta bazofia a mi madre, ya era más que evidente que aquello ya no era una bicoca, y que de producto CONSERVADOR, nanai de la china, era muy arriesgado ya meterse en las preferentes.
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Carolinab 11/06/12 22:45
Ha respondido al tema Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
Ya hemos ido, y lo único que nos han dado, que dice que es lo único que tienen, es el test y el folleto, los dos firmados. El director de la oficina creo que se ha aprendido el discurso tipo, el del último cursillo, y sigue vendiendo su entidad como la panacea. Parece una lavadora con el centrifugado programado. Nos ha dicho que en cuestión de 3 o 4 meses nos darán una solución. Ha repetido varias veces que es muy probable que sea un depósito a plazo (no se lo cree ni él) Antes nos ha ofrecido, si precisamos de la disponibilidad, un préstamo con las preferentes de garantía con carencia de 1 o 2 años...pero el discurso era en plan "no tendréis que pagarlo", cosa que, evidentemente, no me creo. No paraba de repetir que Caixa de Catalunya esta en proceso de fusión, y que en cuanto eso se solucione también se solucionará lo de las preferentes. ¿Fusión es sinónimo de subasta? Porque lo que he leído es que ese banco está en subasta, y él no ha dicho esa palabra en ningún momento, hablaba de fusión. También me ha llamado la atención que todo su discurso era desde el punto de vista de la comparación, sobretodo con La Caixa, que la ha puesto más bien verde. Que si nosotros "sólo" cuatrocientos y pico en preferentes y La Caixa 2.000, que si nosotros decidimos no salir a Bolsa porque el mercado iba a castigarnos y los accionistas de La Caixa ya van por el 52% de pérdida en sus acciones...ha llegado un momento en que le he dicho que mi madre, que la tenía al lado, se estaba aburriendo mucho, porque no entendía una palabra de lo que estaba diciendo, que imaginase lo que había entendido en su momento respecto a las preferentes. He grabado la conversación con el móvil, para luego repasarla.
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Carolinab 11/06/12 03:13
Ha respondido al tema Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
Buenas noches, también han pillado a mi madre con las dichosas preferentes, 15.000 euros, firmó en Julio del 2009 en Caixa de Catalunya a la vez que 7 contratos más, una tras otro 5 depósitos (2 a término fijo y 3 estructurados ¿?), un Plan de Ahorro Garantizado, 1 Fondo (que creo que es eso de las subordinadas, pero me lo tengo que leer bien aun…vence en un mes) y las Participaciones Preferentes Serie A. Estoy mirando qué es todo lo que firmó, pero es complicado, para mí lo es, no entiendo nada... Como voy leyendo por aquí la historia es más o menos la misma que la de casi todos. Mi madre confió la gestión de su dinero al director de la oficina, dándole la instrucción concreta e implícita de que sus ahorros no corriesen ningún riesgo, que quería depósitos a plazo fijo y/o cuentas de ahorro, pues le confiaba todo lo que tenía -ella no cobra pensión de ningún tipo, y estos ahorros son los que le servirán para vivir lo que le queda de vida-. El director le aseguró que iba a ser así, que iba a diversificar el dinero en depósitos a plazo fijo y cuentas de ahorro. El director de la oficina “coló” las preferentes entre todo lo demás, con evidente intención de engañar, pues él sabía perfectamente que la forma y condiciones de las participaciones preferentes no se ajustaban de ninguna manera a la premisa totalmente conservadora que mi madre le había dado respecto a la gestión de sus ahorros. Mañana nos presentaremos en la oficina. Quiero llevar ya la carta por duplicado solicitando toda la documentación de la que dispongan con relación a las preferentes que contrato mi madre. He preparado el siguiente texto: "Estimados señores: Como cliente de la entidad, en el ejercicio de mis derechos, mediante el presente escrito que presento por duplicado, recogiendo copia sellada, les solicito expresamente copia de la documentación que se firmó durante la contratación de las participaciones preferentes de Caixa de Catalunya CA.CAT.PREF/VAR NACU AMTB PPR A (ISIN KYG175431025) en la oficina arriba indicada, y en particular les solicita urgentemente: 1. Copia del contrato de custodia de valores. 2. Copia firmada de la Orden de Compra de las referenciadas Participaciones Preferentes. 3. Copia firmada del Test MiFID, incluyendo el resultado del mismo y el Perfil de Inversor. 4. Copia Firmada del Folleto o/y Resumen de la Emisión de Participaciones Preferentes Serie A de Caixa Catalunya Preferential Inssuance Ltd. de Enero 2001. 5. Cualquier otro documento que esté en disposición de Caixa de Catalunya relacionado con la contratación de las Participaciones Preferentes Serie A de Caixa Catalunya Preferential Issuance Ltd. de Enero 2001 objeto de esta solicitud y que pudiera haberse firmado por parte de la solicitante con anterioridad o posterioridad a dicha fecha (otros test de idoneidad, cuenta de Valores, etc.) Sin más, y a la espera de la pronta puesta a disposición de la documentación solicitada, reciban un cordial saludo. Fdo. ....." Por otro lado, al no disponer apenas de documentación (sólo tenemos una copia de la orden firmada por mi madre) lo que he hecho es entrar en la web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), clicar sobre "Consultas Código ISIN" de la columna "Agencia Nacional de Codificación de Valores", y allí consignar "Caixa Catalunya" y en "Tipos de Valor" la opción Participaciones Preferentes. Al clicar en Confirmar me salen dos opciones: Preferentes A y Preferentes B. Al ser las de mi madre, según la Orden de compra, Preferentes A...esas son ¿no? ¿ese es el ISIN? http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/Folletos/FolletosEmisionOPV.aspx?isin=KYG175431025 Nada más salir de la oficina, mi intención es enviar un mail al SaC de Caixa Catalunya, que he consultado a través de la web de la Entidad: http://www.catalunyacaixa.com/Portal/es/Particulares/Comodin+Atencion+Cliente Mis preguntas: 1. ¿Es correcto el texto de la carta a la oficina solicitando la documentación? 2. ¿Es correcto el ISIN que corresponde a las preferentes? 3. El mail al SaC, por ese medio, por correo electrónico, ¿es suficiente? ¿es mejor por correo ordinario? 4. ¿La finalidad del correo al SaC es que empiece a computar el plazo de respuesta de 2 meses, tiempo que ha de pasar para poder reclamar al CNMV, o ya computa desde el momento que entrego y me sellan copia de la petición de documentación en la oficina? ¿O es que en el SaC, además de dar parte de la petición de documentación en la oficina de contratación, es posible solicitar la "nulidad de contrato", por ejemplo, "por engaño, mala praxis y no entrega de información relevante en la contratación de las participaciones preferentes"? Es que no me queda claro la duplicidad de petición. 5. ¿Me podéis decir que es exactamente el "Contrato de custodia de Valores"? ¿Y el "Certificado de legitimación de las participaciones preferentes"? ¿Es lo mismo? Es que en algunos foros recomiendan que se pida esto último. Estoy intentando ser concreta, pero sé que me enrollo mucho... Deciros que, en principio, mi madre no tiene prisa en recuperar esto...vamos, que por ella mañana mismo, no puede dormir desde que se ha enterado, pero no quiero que pacte con el diablo, y para mí ELLOS son el mismísimo diablo ahora mismo, ya no le venden motos, ni un triste pedal le venden ya. Así que, a no ser que ella diga lo contrario, mi intención es recomendarle ir a por todas (si no aparece el Test, o encontramos algún otro defecto de forma importante)... 6. ¿Qué sabéis de las reclamaciones judiciales, civiles, de petición de nulidad de contrato, basadas en “error al prestar el cliente el consentimiento” (ya que los clientes creyeron otorgar un depósito, pero era un contrato completamente diferente) y/0 “dolo civil” (el engañar conscientemente al cliente abusando de su confianza para venderle un producto objetivamente perjudicial)? ¿Y las penales, por estafa (“…los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”)? ¿Algo de esto ha prosperado a favor de algún perjudicado? Por último, que por hoy ya está bien, dos cositas, Un,a referente a la lectura del folleto de la Directiva MiDIF: al inversor minorista solamente se le podrían ofrecer productos que encajaran en los resultados de un test de conveniencia hecho al efecto y las entidades deberían actuar “de forma honesta, imparcial y profesional en el mejor interés de sus clientes”, debiendo proporcionarles “información clara, honesta y no engañosa”, y la entidad “deberá evitar perjudicarle con conflictos de intereses”…ME QUEDO SIN PALABRAS. Y referente a la legislación sobre Consumidores y Usuarios, RD Legislativo 1/2007 en su art. 8.2 que son derechos básicos de aquéllos “la información correcta sobre los diferentes bienes y servicios”. Y YA EL NOMBRE DEL PRODUCTO ES UN ENGAÑO, PORQUE ESTO DE “PREFERENTE” TIENE LO QUE YO DE CENTAURO, vamos, absolutamente nada. Manolok y W. Petersen, lo vuestro es la leche… gracias por vuestra gran labor. Voy a seguir leyendo el hilo, voy por la página 21, hasta la 69... Un saludo a todos
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