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Participaciones del usuario carlosocean - Fiscalidad

carlosocean 06/04/20 12:15
Ha respondido al tema Error en el codigo postal
Buenos días.Dentro de la página servicio tramitación Borrador / Declaración, existe la posibilidad de cambiar el domicilio fiscal y ahí puedes cambiar el CP.Por otro lado el dato de referencia catastral del inmueble me imagino que estará correcto y este es el dato más importante dentro de la declaración de tu vivienda habitualSalud!
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carlosocean 06/04/20 11:14
Ha respondido al tema Declarar perdidas y cuando compensarlas. - Compensación de pérdidas
 Buenas tardes.  Estás obligado a declarar tus ganancias o pérdidas patrimoniales procedentes de la transmisión de acciones: Casillas 328-332. Es posible si tus pérdidas fuesen inferiores a 500€ que no tuvieses la obligación de declarar: "Los contribuyentes que hayan obtenido pérdidas patrimoniales en cuantía igual o superior a 500 euros anuales." Pero si quieres compensarlas en los 4 años siguientes tienes que hacer la declaración estés obligado o no.  Salud! 
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carlosocean 04/04/20 21:35
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
Buenas noches.Correcto tienes que incluir la mitad del importe de las operaciones, por supuesto que estas incluirán la mitad de los gastos repercutidos.Ya que la cuenta de valores estaban a nombre de tu padre y tuyo.Salud!
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carlosocean 04/04/20 21:33
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
Buenas noches.Te voy a poner un ejemplo de compra de 1.000 acciones de TEF a 5.00€, coste de adquisisción =5.000 € +5.11€ = 5.005,11€Venta de esos 1.000 títulos a 4.05€, coste de transmisión = 4.050 € - 5.11€ = 4.044,89€El total de esas operaciones es lo que hay que incluir, es decir:Importe del valor transmitido = 4044,89€Valor de adquisición = 5005,11€.P.D: Esos 5.11€ son los gastos que cobra mi broker por esa operación.Salud!P.D: Espero haberte ayudado porque hay poco más que añadir.
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carlosocean 04/04/20 20:55
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
Buenas tardes.El importe es el total con gastos incluidos.Vamos lo que se abono en tu cuenta corriente o lo que se adeudó en la misma cuando fueron vendidas o compradas respectivamente.Ten cuidado en no incluir los gastos 2 veces y me parece que en el programa ya salen los gastos de las operaciones incluidos si lo estás haciendo con la calculadora fiscal que tiene el programa rentaweb.Salud!
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carlosocean 04/04/20 20:20
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
 Buenas tardes. Es parecido al caso anterior: Puedes englobar todas las operaciones en una sola y más teniendo en cuenta que la venta la has realizado en el mismo año fiscal. Es decir como valor de adquisición: la suma total de los importes de compra de los valores  más los gastos por las operaciones. Como valor de transmisión: El total de importes de venta minorado por los gastos de transmisión de los mismos (corretajes, canón de bolsa) En cuanto a la compensación se puede hacer con otras ganancias hasta el 100% procedentes de otras acciones, fondos de inversión y otras ganancias procedentes de otros elementos patrimoniales.  En el caso de rendimientos de capital mobiliario: intereses de cuentas, dividendos, solo se puede compensar el 25% del importe total de esos rendimientos. El programa rentaweb lo calcula automáticamente.  Recuerda que también quedarán reflejadas las pérdidas pendientes de compensar en la declaración y tendrás 4 años más para poder hacerlo. Salud! 
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carlosocean 04/04/20 19:13
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
 Buenas tardes.  Todos los gastos de transmisión de las acciones se tienen que acumular al importe de la transmisión minorando el importe neto de la misma. Lo mismo ocurre con la adquisición en este caso se añaden al importe neto de la misma. También los gastos de custodia y administración si los hubiere pero en este caso normalmente aparecen en el borrador en la parte de rendimientos del capital mobiliario en la parte de dividendos. Salud! 
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carlosocean 04/04/20 17:59
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
Buenas tardes.La primera parte es correcta.En cuanto a tu padre, está en uno de los supuestos que le obliga a presentar la declaración:Los contribuyentes titulares de inmuebles arrendados cuyos rendimientos (o junto con los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario, de actividades económicas y ganancias patrimoniales) excedan de 1.000 euros anuales.Los contribuyentes que hayan obtenido pérdidas patrimoniales en cuantía igual o superior a 500 euros anuales.Pero lo normal es que le salga a devolver y también tendría otros 4 años adicionales para poderlas compensar, a no ser que tuviese otros elementos patrimoniales distintos a la vivienda habitual que tuviera que declararlos también.Salud!
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