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angeles64 12/01/12 15:29
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Te_rex, te pego el escrito de petición de documentación, preparalo pero intenta que te lo den sin escrito que será más rápido. “CAIXABANK” SUCURSAL NUMERO xxx en C/ xxxxxx DE xxxxxxxx Nº Expediente: xxxxxxxxxx Don xxxxxxxxxxxxxcon DNIxxxxxx y Doña xxxx con DNI xxxxxxxxxx , con domicilio en xxx LocalidadxxxxxCPxxxx ,ante la sucursal de la entidad Caixabank , comparecen y como mejor proceda, EXPONE: La entrega al cliente del contrato que suscribe con la entidad no es solo una obligación legal en ciertos supuestos, impuesta a esta en la normativa de transparencia (norma 6.ª de la CBE n.º 8/1990 y número 7.º de la Orden de 12 de diciembre de 1989), sino que resulta exigible por la necesaria claridad, transparencia y justo equilibrio entre las prestaciones de las partes, que deben presidir las relaciones de las entidades con sus clientes. En cualquier caso, su entrega será obligatoria siempre que lo solicite el cliente. SOLICITA La documentación que consta en mi expediente nº xxxxxxxxx  Contrato de Depósito y administración de valores firmado con la entidad  Contrato de cuenta de ahorro  Cuestionario MIFID, firmado  Triptico informativo firmado  Contrato de adquisición de preferentes firmado. Atentamente En xxxxx a xxxxxxxxx de 2012 Nombre y apellidos y firmado
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angeles64 10/01/12 22:15
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/reclama/criterios/comis_dep.html Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo. El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración. Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios. No lo tienes que solicitar por escrito, lo imprimes y se lo llevas o le envias el enlace en un email. Un saludo
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angeles64 08/01/12 11:23
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Mrgarin, dices que el foro no es útil, ¿cómo pretendes contactar con los demás afectados?. Algunos llevamos unos cuantos meses por aquí, desde que descubrimos "el corralito" y a mí, me ha servido de gran ayuda. ¡¡¡QUÉ PODEMOS SACARLE MAYOR PARTIDO ¡¡¡, por supuesto, vosotros que llegaís con las pilas puestas ¡¡¡ADELANTE¡¡¡. Aunque me temo que la única salida es demanda ante los tribunales, pero no todos están dispuestos a demandar. Cuando te cae la losa encima te vas a internet y al poner participaciones preferentes TE APARECE EN LOS PRIMEROS PUESTOS” EL FORO DE RANKIA” ¡¡¡No sólo fueron engañados los ancianos ¡¡¡, la mayoría de los afectados que por aquí estamos, no somos ancianos y caímos en la trampa. Te pego una serie de enlaces para que veas que hace tiempo que se habla del tema, ¡¡¡no es nuevo¡¡¡ La prensa también se hace eco de la noticia, es vox pópuli. Y con la oferta del canje, los preferentistas que no saben lo que tienen lo van a descubrir. TVE1 , en las noticias de las 21´00 horas, una de las afectadas que aparece es karmel, una compañera del foro. http://www.youtube.com/watch?v=llCoQVbC0Y4 El blog de Miquel Roig http://www.expansion.com/blogs/roig/2012/01/04/quien-paga-el-pato-de-las-acciones.html Ranking de sentencias, la mayoría favorables a los demandantes por malas prácticas bancarias. Las demandas son por permutas. Las permutas o swaps no tienen nada que ver con la adquisición de participaciones preferentes, en los swaps se juega con dinero que no se tiene. En nuestro caso, es dinero ahorrado que se tiene y se pierde, pero el sistema de comercialización es el mismo y las normas que se infringen son prácticamente las mismas. http://www.noclip.es/forum/topics/ranking-de-sentencias Blog de Consumerista.- Participaciones preferentes, depósitos estructurados y otras joyas bancarias http://www.rankia.com/blog/consumerista/1032672-participaciones-preferentes-depositos-estructurados-otras-joyas-bancarias La banca española crea un 'corralito' al bloquear los fondos de las preferentes http://www.expansion.com/2011/11/24/empresas/banca/1322160946.html?a=0faadd81601b6f897a94acfdf8ae1254&t=1326011125 La banca y la “patata caliente de las preferentes” http://www.expansion.com/2011/11/24/opinion/editorialyllaves/1322172238.html La banca ayuda a acruzar la acera de las ancianitas http://www.cotizalia.com/opinion/valor-anadido/2012/01/05/por-fin-la-banca-ayuda-a-cruzar-la-acera-a-las-ancianitas-6466/ La mala praxis bancaria podría hacer perder ahorros a clientes adversos al riesgo http://www.lavanguardia.com/economia/20111128/54239333199/clientes-adversos-al-riesgo-podrian-perder-ahorros.html ¡¡¡Esto ya es lo más grande¡¡¡, la ley los obliga pero ellos se lo pasan por el cu… Clasificación del cliente y clasificación de productos complejos y no complejos http://portal.lacaixa.es/inversion/mifid_es.html La pregunta es ¿Quién permitió que se comercializara este tipo de productos COMPLEJOS Y DE ALTO RIESGO en las sucursales bancarias a clientes de toda la vida con un perfil conservador-ahorrador, presas fáciles de engañar?
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angeles64 06/01/12 11:58
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Gracias por la sentencia que colgaste ayer, demanda ganada a La Caixa, ¡¡¡qué pena que sean tan caros¡¡¡ tazma, creo que lo dejaste tú, descargué el contrato y demás documentación del canje en PDF y ahora no lo encuentro. ¿Quieres el escrito de reserva de acciones legales? retocado por catanda y supervisado por la abogada de mancheguita Si no has puesto orden de venta anteriormente, tienes que eliminar el PUNTO 3º Si tienes orden de venta, el PUNTO 3º lo rellenas con estos datos-- "ello al amparo de la nota de valores publicada por la entidad financiera en la CNMV en fecha 26/12/2011 número de registro oficial 10070 concretamente en las páginas 55 y 56 apartado 5.1.3.2 letra (c). ESCRITO DE RESERVA DE ACCIONES LEGALES CAIXABANK SUCURSAL NUMERO xxx DE xxxxxxxx Don xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con DNI y Doña xxxx con DNI nºxxxxxxxxxx , con domicilio en xxx CP , ante la sucursal número xxx de la entidad La Caixa de la ciudad de xxx comparecen y como mejor proceda , DICE PRIMERO.- Que los firmantes del presente escrito, resultan ser titulares de las participaciones preferentes de la serie Emisión 1 y 2 por un importe de xxx. Dicha comercialización se produjo sin que la entidad financiera informara correctamente sobre la naturaleza y características del producto, en particular su carácter perpetuo y el riesgo que conllevaba la inversión, cuando lo que realmente se quería contratar era un producto con liquidez y sin riesgo. SEGUNDO.- Por ello, a pesar de que en fecha se haya suscrito un canje de estas participaciones preferentes por obligaciones subordinadas necesariamente convertibles y/o canjeables en acciones ordinarias de CaixaBank y por obligaciones subordinadas serie I/2012, por medio del presente escrito se comunica que la aceptación de dicho canje se hace para proteger nuestros intereses a través de un ofrecimiento realizado por la entidad unilateralmente, no negociado individualmente, y ello en ningún caso supone la renuncia a las acciones oportunas que puedan correspondernos y las reclamaciones o actuaciones que se puedan tener iniciadas por la colocación de dichas participaciones por parte de la entidad en base a la defectuosa información sobre las características del producto proporcionada por la misma, y que en ningún caso , el canje puede considerarse como aceptación tácita de los hechos ocurridos en el momento de la reiterada contratación. En ese sentido, se reitera que lo que los titulares quisieron contratar desde un primer momento es un plazo fijo (inversión sin ningún tipo de riesgo y con total liquidez) y la aceptación de este canje obedece al único motivo de poder obtener liquidez del producto, ante la negativa de la entidad a poner en el mercado AIAF las participaciones preferentes de las que somos titulares, por lo que no asumimos ninguna perdida que se pueda producir por la venta de las acciones en las que ha sido convertido el producto TERCERO: Ponemos de manifiesto asimismo que hemos revocado la orden de venta de Participaciones Preferentes con fecha .....................cursada mediante escrito (entregado a la oficina / buro fax de fecha), ello, al amparo de la nota de valores publicada por la entidad financiera en la CNMV en fecha 26-12-2011. y referencia 10070 concretamente en la página 55 y 56 apartado 5.1.3.2 letra (c). No obstante dicha revocación queremos manifestar que esta anulación (así como el canje antedicho) nos viene impuesta unilateralmente por la entidad, no habiendo sido pactada individualmente y que se acepta por apremiante necesidad, con lo cual es una condición que no supone tampoco la renuncia a las reclamaciones que pudiéramos tener iniciadas a esta fecha. O que se pudieran iniciar con el objeto de recuperar el total depositado En xxxxxxxx, (día) de (mes) del 2011 (firmado el titular o todos los titulares)
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angeles64 04/01/12 23:11
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Si la cuantía es inferior a 120.000€ la reclamación la tienes que dirigir al Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas. Efectivamente tiene un plazo de 2 meses para contestarte, si no te convence la respuesta después puedes ir a la CNMV. El Banco de España en estos temas no tiene competencias En la sucursal SI tienen hojas de reclamaciones La dirección del Defensor del Cliente es JOSE ANTONIO SOMALO GIMENEZ DOMICILIO: CL GRAN VIA CARLOS III 86 PL. 6ª E - 08028 BARCELONA TFNO. 933397074 Aquí puedes encontrar el Reglamento que lo regula http://app.bde.es/sac/app/search?CFG=detalleGrupoDefensores.xml&TipoFormato=XSL&Paginate=OPEN&TE=&NE=&CE=&DA=D&NT=&AT=&GR=37 Ánimo y un saludo
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angeles64 04/01/12 22:19
Ha respondido al tema Participaciones Preferentes "La Caixa" Emisiones 1 y 2 ¿Mecanismos legales para robarnos?
Tauromayo también le envió la queja de que no le entregaban la documentación al Director General Sr. Nin, o que lo vuelva a solicitar por escrito con la normativa por delante a ver si surte efectos. Lo pego “CAIXABANK”, SUCURSAL NUMERO xxx DE xxxxxxxx Nº Expediente: xxxxxxxxxx Doña xxxx con DNI xxxxxxxxxx , con domicilio en xxx LocalidadxxxxxCPxxxx ,Teléfonoxxxx,ante la sucursal de la entidad Caixabank EXPONE: La entrega al cliente del contrato que suscribe con la entidad no es solo una obligación legal en ciertos supuestos, impuesta a esta en la normativa de transparencia (norma 6.ª de la CBE n.º 8/1990 y número 7.º de la Orden de 12 de diciembre de 1989), sino que resulta exigible por la necesaria claridad, transparencia y justo equilibrio entre las prestaciones de las partes, que deben presidir las relaciones de las entidades con sus clientes. En cualquier caso, su entrega será obligatoria siempre que lo solicite el cliente. SOLICITA La documentación que consta en mi expediente nº xxxxxxxxx  Contrato de Depósito y administración de valores firmado con la entidad  Contrato de cuenta de ahorro  Cuestionario MIFID, firmado  Triptico informativo firmado  Contrato de adquisición de preferentes firmado. Atentamente En xxxxx a xxxxxxxxx de 2012 Nombre y apellidos y firmado
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angeles64 04/01/12 19:36
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Es un atropello en toda regla. ¿Esto no se puede impugnar? ¿Cómo ha aprobado esto la CNMV? No será algún miembro del Consejo La Caixa (presuntamente) Clasificación de clientes según la Directiva MIFID Para proteger los intereses del inversor, la MiFID establece un régimen de clasificación de los clientes en tres diferentes categorías que pretenden reflejar tanto su nivel de conocimientos y experiencia en los mercados financieros como su capacidad para asumir los riesgos derivados de sus decisiones de inversión: Cliente Minorista (fundamentalmente todos los particulares que actúan como personas físicas, Pymes, etc.): Reciben el máximo nivel de protección previsto por MiFID tanto en la realización de los “tests” como en el alcance de la documentación e información pre y postcontractual que ha de ser puesta a disposición de los mismos. Cliente Profesional (inversores institucionales, grandes empresas, etc.): Reciben un nivel de protección intermedio, puesto que se presupone que disponen de la experiencia, los conocimientos y la cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y para valorar correctamente los riesgos inherentes a dichas decisiones. Cliente Contraparte Elegible (empresas de servicios de inversión, entidades de crédito, compañias de seguros, fondos de inversión y pensiones, etc.): MiFID prevé para este tipo de clientes un nivel de protección básico, dado que se trata de entidades que por su propia naturaleza han de actuar directamente en los mercados financieros. ¡¡¡SEGÚN ESTO EL CLIENTE MINORISTA DEBE DE GOZAR DEL MÁXIMO NIVEL DE PROTECCIÓN¡¡ ¿No es la CNMV la encargada de la protección de los inversores?.
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angeles64 03/01/12 21:57
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Dolores, si no has puesto orden de venta de tus preferentes, suprime el punto TERCERO Suerte ESCRITO DE ADICAE RETOCADO POR CATANDA Y REVISADO POR LA ABOGADA DE MANCHEGUITA CAIXABANK SUCURSAL NUMERO xxx DE xxxxxxxx Don xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con DNI y Doña xxxx con DNI nºxxxxxxxxxx , con domicilio en xxx CP , ante la sucursal número xxx de la entidad La Caixa de la ciudad de xxx comparecen y como mejor proceda , DICE PRIMERO.- Que los firmantes del presente escrito, resultan ser titulares de las participaciones preferentes de la serie Emisión 1 y 2 por un importe de xxx. Dicha comercialización se produjo sin que la entidad financiera informara correctamente sobre la naturaleza y características del producto, en particular su carácter perpetuo y el riesgo que conllevaba la inversión, cuando lo que realmente se quería contratar era un producto con liquidez y sin riesgo. SEGUNDO.- Por ello, a pesar de que en fecha se haya suscrito un canje de estas participaciones preferentes por obligaciones subordinadas necesariamente convertibles y/o canjeables en acciones ordinarias de CaixaBank y por obligaciones subordinadas serie I/2012, por medio del presente escrito se comunica que la aceptación de dicho canje se hace para proteger nuestros intereses a través de un ofrecimiento realizado por la entidad unilateralmente, no negociado individualmente, y ello en ningún caso supone la renuncia a las acciones oportunas que puedan correspondernos y las reclamaciones o actuaciones que se puedan tener iniciadas por la colocación de dichas participaciones por parte de la entidad en base a la defectuosa información sobre las características del producto proporcionada por la misma, y que en ningún caso , el canje puede considerarse como aceptación tácita de los hechos ocurridos en el momento de la reiterada contratación. En ese sentido, se reitera que lo que los titulares quisieron contratar desde un primer momento es un plazo fijo (inversión sin ningún tipo de riesgo y con total liquidez) y la aceptación de este canje obedece al único motivo de poder obtener liquidez del producto, ante la negativa de la entidad a poner en el mercado AIAF las participaciones preferentes de las que somos titulares, por lo que no asumimos ninguna perdida que se pueda producir por la venta de las acciones en las que ha sido convertido el producto TERCERO: Ponemos de manifiesto asimismo que hemos revocado la orden de venta de Participaciones Preferentes con fecha .....................cursada mediante escrito (entregado a la oficina / buro fax de fecha), ello, al amparo de la nota de valores publicada por la entidad financiera en la CNMV en fecha 26-12-2011. y referencia 10070 concretamente en la página 55 y 56 apartado 5.1.3.2 letra (c). No obstante dicha revocación queremos manifestar que esta anulación (así como el canje antedicho) nos viene impuesta unilateralmente por la entidad, no habiendo sido pactada individualmente y que se acepta por apremiante necesidad, con lo cual es una condición que no supone tampoco la renuncia a las reclamaciones que pudiéramos tener iniciadas a esta fecha. O que se pudieran iniciar con el objeto de recuperar el total depositado En xxxxxxxx, (día) de (mes) del 2011 (firmado el titular o todos los titulares)
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