Consejo sobre siniestro en la cocina con aseguradora BiharkoRespuestas: 2
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Consejo sobre siniestro en la cocina con aseguradora Biharko
Hola me gustaría que me echaseis una mano y me aconsejarais como abordar este tema con el que llevo desde navidades:
-Por ultimo tambien me dicen que tengo que mandarles un presupuesto para que lo acepten pagarlo yo todo y luego venir hacer fotos para comprobarlo y al final ingresarme ese dinero. ¡¡¡¡Viva las aseguradoras que los bancos te meten con la hipoteca en cuanto tienes la primera cosa seria te dan en los morros, por cierto llevo unos 8 años pagando la hipoteca sabeis si es obligatorio seguir asegurados con ellos??? esto lo planteare en el banco para ver que me dicen.
Re: consejo sobre siniestro en la cocina con aseguradora biharko
Sobre lo primero no se contestarte, pero sobre si puedes cambiar el seguro que se hizo junto la hipoteca solo tienes que mirar las escrituras de la hipoteca. En mi caso yo contrate una hipoteca con la BBK y el seguro Biharko. No hace mucho cambie el seguro porque no tenia ninguna asociacion entre mi hipoteca y el seguro y ultimamente me habian subido mucho el seguro. Hay hipotecas en las que se sube el diferencial que se paga sobre el euribor al quitar ciertos productos que se han contratado con ellos (Ej.: Nomina, seguros, plan pensiones, tarjetas, ...)
Re: Consejo sobre siniestro en la cocina con aseguradora Biharko
Claro que puedes cambiar de aseguradora, una cosa es que con la hipoteca te vendan el seguro al formar parte del trato o mejor dicho, condición para que te la concedan y otra cosa es que en la renovación puedas ir a buscar elmejor seguro que se adapte a tus necesidades, solo dos requerimientos, uno debes notificar la anulación del seguro con 60 días de antelación por medio fehaciente ya que te pueden denegar la anulación y otra es que la Entidad Bancaria te puede solicitar que en la nueva póliza se incluya una claúsula hipotecaria a favor del banco por el capital pendiente de amortización. Respecto al siniestro, indicarte que la compañía aseguradora del causante, actúa como responsable civil y por tanto esta obligada a reparar el daño realmente causado sin mejoras ni restauraciones estéticas y respecto a tu aseguradora, pues depende del limite que tengas en cobertura como restauración estética, a priori 1800 no es una cobertura amplia ya que suelen haber pólizas en el mercado que garantizan un importe superior, sin embargo lo que te indica el perito no lo acabo de ver del todo lógico, a mi entender la cobertura de restauración estética es adicional al daño realmente causado y por tanto entiendo que si los daños reales ascienden a 1.200€ adicionalmente para la restauración estética te deberían indemnizar los 1.800€ o la cuantía inferiro que sea necesaria. Si no te hacen caso lo trasladaría al Departamento de Atención al Asegurado o al Defensor al Asegurado, y en última instancia Art. 38 de la Ley de Contrato sobre Seguro y a nombrar un perito por tu parte. |
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