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Pago seguros por adelantado

3 respuestas
Pago seguros por adelantado
Pago seguros por adelantado
#1

Pago seguros por adelantado

Buenas tardes y un saludo a los miembros de este foro,

Hace un par de años firmamos una hipoteca (cambio de casa), en ella se incluyó el pago por adelantado de cinco años de seguro de vida, de protección de pagos y de hogar. Suponemos que las primas de estos seguros estaban referidas a la cantidad solicitada y a la cuota de aquel momento. Cuando vendimos la antigua casa, año y medio después, amortizamos mas de la mitad del préstamo, quedando mucho menos capital pendiente y una cuota mucho mas baja.

Con respecto al seguro del hogar no sabemos si cambia algo, pues el valor asegurado sigue siendo el mismo, la vivienda hipotecada.

Pero en el caso del seguro de vida y de protección de pagos entendemos que desde la fecha de la amortización, estamos protegiendo unas cantidades de préstamo superior a la que en realidad tenemos y necesitamos, por el hecho de haberlos abonado por adelantado.

Mi consulta es: tenemos derecho a la devolución de las cantidades, resultantes de ajustar las primas de los seguros al nuevo capital pendiente y a la nueva cuota desde la fecha de la amortización.

Muchas Gracias.

#2

Re: Pago seguros por adelantado

En el seguro de hogar, dices bien.... en el de vida tampoco porque lo que aseguras es un capital en caso de fallecimiento y eso no está directamente relacionado con el seguro salvo que quieras disminuir dicho capital. En ese caso si que te correspondería un ajuste.... y respecto al de protección pues en principio debería ajustarse..... ¿qué te han dicho en el banco?

#3

Re: Pago seguros por adelantado

Gracias Emmamani, pues me han dicho que en principio no tengo derecho pero que hable con la compañía de seguros. Pienso que el seguro de vida (que me obligan) es para proteger el dinero q que me prestan y como ahora me están prestando menos pues claro que me gustaría rebajarlo , lo que pasa es que lo pagué por adelantado.
Otra duda: y si subrrogo la hipoteca me tendrían que devolver las cantidades que no he disfrutado porque no he llegado a los 5 años, ¿no?. Gracias.

#4

Re: Pago seguros por adelantado

Hablando de memoria no recuerdo la fecha de la circular del Banco de España al respecto en que taxativamente recogía como mala praxis la no devolución proporcional de los servicios pagados y no disfrutados por cancelación anticipada. Ya es de dos o tres años atrás y muy concretamente se refería a los seguros de prima única (y a los PUF) entre otras cosas.

Lógicamente te debes dirigir a la compañía, pero el banco es su agente y son quienes también deben recoger tu solicitud de extorno. No obstante te puedes dirigir a la compañía directamente.