Re: Consulta sobre renta vitalicia de La Caixa - Renta vitalicia
Re: Consulta sobre renta vitalicia de La Caixa - Renta vitalicia
creo que hay algo que no has entendido.
Toda forma de rescate tributa como IRPF, todos de acuerdo.
El plan de pensiones se puede convertir en renta vitalicia sin pasar por la cuenta corriente, y tributa igualmente como rendimiento del trabajo.
Y no, no hace falta rescatar el plan previamente.
Re: Consulta sobre renta vitalicia de La Caixa - Renta vitalicia
Pero si es lo que estamos diciendo desde el primer momento, alma de cántaro. ¿Ahora reculas?
El plan de pensiones lo rescatas como renta mensual, pero tributa como rendimientos de trabajo. Y sí, esa renta mensual es un rescate, aunque tú no lo quieras llamar.
Evidentemente, eso no pasa por ningún sitio porque el dinero de la renta sale del plan de pensiones. ¡Lógico!
¿Pero no es un rescate? ¿Entonces qué es?
Lo que estáis empecinados en decir, y mentíais, es que se puede convertir en una renta vitalicia (que es otro producto), con una fiscalidad diferente, que tributa como rendimientos de capital mobiliario y con unas exenciones en el IRPF que llegan al 92% si generas la renta mensual vitalicia a partir de los 70 años.
Y vosotros venga a decir que sí, tócate los pies.
Si al final nos estáis dando la razón. Saludos,
Re: Consulta sobre renta vitalicia
Buenas tardes attica81,
- Para saber la cuantía de la renta vitalicia, desde la misma comercializadora/aseguradora te pueden hacer una simulación. Estas varían en función de la esperanza de vida, cuantía a aportar, pero sobre todo del interés técnico, por lo que en tiempo de tipos bajos como el actual, seguramente la “rentabilidad” que le saques será poca.
- La revalorización estará en el reglamento del mismo plan.
- En caso de fallecimiento, a no ser que se contrate al mismo tiempo una cobertura adicional para que los beneficiarios reciban la prima única aportada en su momento (o un porcentaje mayor o menor según póliza), no se podrá recuperar el dinero. Y la tributación de los beneficiarios en el momento del fallecimiento del titular es en base al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- Los riesgos que puedes tener son los de tipo de interés (que la revalorización o la rentabilidad que te pueda dar esté por debajo de lo que te dé el mercado en otro tipo de producto, o incluso que la rentabilidad esté por debajo de la inflación, por lo que la rentabilidad real seria negativa). Otro riesgo es el de en caso de fallecimiento del titular (y que no se haya contratado una cobertura adicional) el capital pte de entrega se lo queda la entidad. Entre las ventajas es que vivas más de lo que estaba previsto en el plan.