Formas de evitar el preaviso de dos meses
A ver si alguien me puede ayudar en esta duda que tengo.
En general en cualquier seguro, de RC, daños, accidentes... etc. existe la obligación por parte del asegurado de avisar de manera fehaciente con dos meses de antelación a la compañía si uno quiere darse de baja en ella, y así poder cambiar de compañía.
Pues bien, tengo entendido que si el asegurado solicita modificar una de las condiciones del contrato, por ejemplo, suma asegurada en una póliza de RC (pasar de 150.000 € a 300.000€), o número de personas aseguradas en un seguro colectivo de accidentes, al variarse una de las condiciones del contrato, se rompe el plazo de preaviso de dos meses, pudiendo en ese caso solicitar la baja del seguro y cambiar de compañía. ¿Esto es así? ¿O estoy equivocado?