Remolcaje de la mercancía
Hola buenas tardes,tengo cliente que el servicio de asistencia en viaje, en una avería del vehículo (furgoneta de menos de 3500 kg) en la que preciso de grúa, le obligó a descargar la mercancía de la furgoneta como condición a remolcar el vehículo.
- Este cliente en apicultor y transporta colmenas, desconocemos si puede o no tratarse de mercancía peligrosa y si fué este el motivo de no hacerse cargo de la mercancía o fué el exceso de peso.
Por el condicionado está excluido el remolcaje de la mercancía pero hasta hoy no había tenido conocimiento de un caso igual.
Una de las respuestas de una compañía a esta consulta es la siguiente:
"Creo que el motivo es debido, al margen de la mercancia que transporta, a que cualquier vehículo comercial/industrial/de segunda categoría, ......., para poder remolcar con grúa, debe de ser descargado o la mercancia traslada a otro vehículo (lo remolcan sin la carga).
Si es un turismo o un derivado de turismo (furgoneta pequeña), se adopta como "equipaje", ya que la ocupación y peso de dicha mercancia no tiene importancia (no así en este otro tipo de vehículos que deberá de arrastrar el vehículo más la carga, por lo que en un momento determinado son varias TN las que debería arrastrar)."
Mi consulta es ¿qué pasa con la carga? ¿se deja en la vía?, porque puede ocurrir que el asegurado no tenga a quién llamar para que vengan a recogerla. ¿Habeis tenido algún caso similar?
Gracias