Seguro y acreedores de persona fallecida
Hola rankianos a ver si me podéis dar un poco de luz que estoy a oscuras!
Hace tiempo en febrero, falleció mi madre y renuncié a la herencia porque había deudas.
Sé que cuando se renuncia voluntariamente, los acreedores sólo pueden ir a satisfacer sus cuentas pendientes con los bienes de la masa hereditaria (seguros de vida a nombre de los herederos sin expecificar a quien sino por los herederos legales a partes iguales).
Fuera de ella, tengo entendido que los seguros de vida a nombre de un beneficiario en concreto, queda fuera de la masa hereditaria, incluso si el nombrado como tal fuera heredero y hubiera renunciado a la herencia.
mi duda es... los acreedores pueden ir a por la prima del seguro de vida?
O sólo pueden ir a por los bienes de la herencia...???
es que he leido en algún lado y cito textualmente `de aqui que la ley establezca que la prestación del asegurador deberá ser entregada al benefuciario, en cumplimiento del contrato , aun contra las reclamaciones de los herederos legíitimos y acreedores de cualquier clase del tomador del seguro. No obstante se reconove el derecho de los herederos y acreedores del tomador sobre las primas satisfechas en fraude de sus derechos.
No entiendo esa ultima cosa... lo de las primas satisfechas (no se que significa eso).
tengo miedo de que los acreedores aunque en la herencia hay muchos bienes, vayan a por este seguro nominativo...
gracias y lo siento por la forma de explicarme...
Un saludo e intentar si podéis darle vueltas... por favor!!!