Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Hola!! Gracias por todo. Con quién puedo hablar??
Hola!! Gracias por todo. Con quién puedo hablar??
Dime Manolok porque crees tu que no me quieren dar mi supuesto contrato firmado en el banco, porque no hacen mas que decirme que no lo encuentran.
He pegado este mismo post en el hilo de las PPR de cajasol/banca cívica, espero que no sea un problema, si así fuera pido disculpas.
Buenas a todos, ahora estoy empezando a comprender la situación en la que está mi dinero, y tengo muchas dudas que resolver, pero ya voy teniendo claro que por ahora del dinero no voy a disponer y parece que si no se remedia va a ocurrir lo siguiente:
1: pierdo una cantidad volatilizada en los "mercados" (robada por ladrones diría mas bien)
2: bien la recuperaré dentro de algunos años
Justo antes de las fiestas leí las primeras noticias sobre esto de las PPR y llamé a la oficina y me dijeron que no pasaba nada que si tal...además me insinuaron que tenian plazo de amortizacón (que no tenian ni idea vamos), lo que todo el mundo sabe y en la web del banco todo normal las PPR ahí con el nominal al 100% mas el cupon.
Consultaba en la web del banco y estaba todo bien, tengo PPR de la Cajasol serie A, Código KYG1755U1195, y hasta hace un par semanas estaba pendiente de como iba el cupon y cuanto iba a cobrar, pero de pronto aparecen un valor del 44,78%, primero con el saldo aplicado según ese porcentaje(habia desaparecido mas de la mitad de mi dinero), y unos dias despues con el nominal al 100% ( es decir "parece que el dinero está ahi pero que vale menos").
Bueno a mi no es que me haya cogido una cifra muy grande en PPR pero llevo dos años parado y no se sabe cuando puede hacer falta la pasta, por hora no pero...en cualquier caso la cifra no invita a ir a los juzgados eso lo tengo claro.
Bueno despues de leer el varios dias y varios hilos del foro entiendo como se ha llegado a esta situación(muchas gracias a los que iluminan nuestro camino), pero tengo algunas dudas, a ver si puedo aclarar algo.
Parece ser que la CNMV ha metido mano en el chiringuito de las PPR
¿En que momento?
¿Hay algun enlace por ahí o algun documento que pueda aclarar que es lo que ha dictado exactamente la CNMV?
Tengo PPR de cajasol serie A codigo KYG1755U1195
Se supone que están en el mercado SEND pero no aparece ningun dato
¿No se están negociando, no se van a negociar, ya se han negociado?
¿Quien ha decidido el valor del 44,78% (los ladrones, los mercados, los politicos, (son sinónimos)?
¿Puede variar ese valor?
Ahora que he leido el folleto del código KYG1755U1195, cuando he visto lo de las Islas Caiman he pensado que diablos hago yo relacionandome con PIRATAS.
Saludos.
Tal como yo lo veo, que es lo mismo que he comentado en varias ocasiones en el los hilos, y lo haré una vez mas, pero avanzo (como siempre) a alguno no le va a gustar, y probablemente no será porque no convengan con mi impresión, el “disgusto” va a venir porque alguien (o “alguienes” entenderán que estoy medio disculpando a las entidades, o disculpándolas en exceso, pero las cosas con cómo son, y no siempre como deberían ser, vamos a ello…….
Nos debemos remontar a varios años atrás, pongamos 2007, por ejemplo, cuando el Euribor estuvo de media en el 4,40%, convendrás que ni de coña encontrabas un deposito en imposición a plazo al 3,50, bueno al margen de la banca on – line que se mueve por otros parámetros, sus objetivos eran y son otros que es conseguir una masa crítica para ser viables como negocio, y si para ello hay que tener unos años de pérdidas, pues se tienen, bien ……….. los intereses de las imposiciones pues eso, al 3,50 ni de coña, o puede que en alguna oficina bancaria, digamos ….. desubicada, o sea abriendo mercados en zonas que no eran su mercado natural, por ejemplo no es mercado natural en Cádiz (me imagino) Caja Duero, Caixa Laietana o Sa Nostra, si van o fueron, tendrían que abrir mercado, y para ello remunerar mejor, al menos durante un tiempo. Bien ………. Supongo que me vas siguiendo, bien entonces las participaciones preferentes se remuneraban al Euribor mas algo, si era por ejemplo mas medio punto, resultaba que se podía conseguir un 4,90%, contra una imposición al 3,50 en el mejor de los casos y si era mas 0,75 sobre Euribor, resulta que la rentabilidad era el 50% superior, si, si la mitad mas …………. ¿Qué suponía ello? Pues muy simple que se sacaba una emisión de x miles de millones y se vendía como rosquillas, y el que quería su dinero lo tenía en pocos días porque había cola de compradores, vamos que la liquidez era alta debido a su propia remuneración. Llegados a este punto hay que hacer un inciso, porque al margen que se venda como rosquillas, o sin rosquillas, con calzador o con escasa información, el comercializador tiene y tenía una obligaciones legales, y las debía cumplir, y era irrelevante si opinaba que históricamente nunca pasó nada, o ni siquiera se podía imaginar que …… la ley está para algo entre otras cosas para ser cumplida. Dicho esto en 2007 a nivel de toda la Unión Europea (creo que para los 27 estados miembros, pero no estoy completamente seguro, si es para los 27, o solo para la zona Euro) se pone en vigor la normativa MiFID http://es.wikipedia.org/wiki/Directiva_sobre_Mercados_de_Instrumentos_Financieros , pero atención, ello no significa que antes de su entrada en vigor (noviembre de 2007 en España) no existiera reglamentación desprotección al usuario de los servicios bancarios, de hecho parte de la anterior a noviembre de 2007, sigue hoy en vigor, al final lo que hizo esta directiva europea, fue de alguna forma “armonizar” las normas para todos los estados miembros, y añadir unos requisitos estandarizados, pero es un error pensar que antes de la MiFID no había protección.
Bien, indicado todo esto hay otra consideración, mira, cualquier empresa tiene un balance, unas cuentas y sus cifras deben guardar una cierta proporción, no te voy a explicar contabilidad ahora, primero porque no viene al caso, y además es bastante aburrido, si tuvieras interés en mi blog hay alguna publicación sobre ello, ……….. seguimos…………….. lo que nos interesa a estos efectos es la parte del balance que se llama capital, que es en realidad la inversión que realizaron los socios en la empresa (bancaria o no, da lo mismo) que se nutre básicamente del capital, las reservas que son beneficios acumulados en años, y en la parte de los mismos que no se ha distribuido entre los accionistas, luego hay otras partidas, como la prima de emisión de acciones ….. todo ello forma la capitalización o el patrimonio de una empresa, y si una empresa quiere crecer no lo puede hacer si las proporciones entre el capital y la deuda, en el caso bancario es deuda también en dinero de los clientes, creo que es obvio, puede emitir mas acciones, otra cosa es que el mercado admita dicha ampliación de capital, o sea que existan suficientes interesados en dicha emisión, pero aquí tenemos un problema, las ampliaciones de capital las pueden realizar las sociedad anónimas (y las limitadas, pero ahora no es el caso) pero ¿las cajas? Pues no tienen accionistas, no pueden emitir ampliaciones de capital, su estructura jurídica no se lo permite, joder ….. pues menudo problema ……………
Entonces la ley entiende que hay un tipo de inversiones que aún cuando son deuda a clientes (deuda regular) por su plazo extremadamente largo se consideran capitalización de la empresa bancaria, aunque técnicamente no son acciones, pero al considerarse así valen para “mantener” la proporción entre la capitalización y el volumen total del balance de dicha empresa bancaria, este tipo de inversiones son lo que llamamos “híbridos financieros” como las preferentes o la deuda subordinada, los primeros son sin vencimiento (perpetuas) y solo se amortizarán si el emisor (banco o caja) lo desea, si bien en ocasiones se les pone un “call” o una fecha por la cual dicho emisor puede amortizar, si quiere, y en algún caso si no lo hace se auto obliga a pagar una remuneración superior. También se consideran capitalización las emisiones de deuda subordinada, que la hay con vencimiento (largo) y la hay también perpetua. Entonces y si bien emitieron títulos de estos tanto bancos como cajas, se puede observar que las cajas de ahorro tienen cifras mucho mas altas (en proporción a su volumen) que los bancos, ello porque carecen de la posibilidad de emitir acciones, bueno ahora las que han convertido a bancos lo pueden hacer igual que los bancos históricos.
Pues mira que bien ………………. Entonces las entidades financieras lo hicieron todo bien, y los clientes somos los que no entendemos nada …………….. espera, espera …… ahora voy a ello ………… será en la próxima respuesta, que ya estoy redactando ahora mismo ………….
Seguiré en próxima respuesta ……………
Se refiere a los casos en que la entidad con la que se ha contratado la liquidez para establecer posiciones de demanda u oferta, sólo actúaría o proporcionaría liquidez a ordenes de venta de 25000 o más. Por lo que, las ventas de cantidades menores de nominal serían en los mercados.
Pues ni idea, la verdad
Viene y es continuación de la respuesta 1788 ……
Pero todo esto tan bonito, se fue literalmente al cuerno al poco de estallar la crisis financiera mundial, y más en España, no porque seamos mejores o peores que en otras latitudes, sino simplemente por temas que podríamos mal llamar “estructurales” …….. “En España hay una cultura de la propiedad muy arraigada”, muchos hemos oído en ocasiones cosas como “este tiene mas de 40 años y ni la casa en que vive es suya…..” , como si ir de alquiler fuera un crimen …… aquí todo el mundo se planteaba ser propietario, lo cual de entrada no es verdad, porque si para comprar tenemos que hipotecarnos a 40 años, yo no tengo tan claro quién es en realidad el propietario de la casa, el hipotecado o el banco …………. Bien, pues los bancos se pusieron a prestar a 25, 30 y 40 años para financiar vivienda, pero son inversiones muy grandes, los bancos no tenían suficiente ahorro para cubrir tanta deuda, y eso que no es España en términos globales un país de los mas endeudados a nivel privado, hay estados con mas deuda privada, pero en esto cuenta todo, la de particulares y la empresarial, y es probable que en otros países sus bancos tengan más inversión en préstamos/créditos, pero en la parte empresarial, al tener en dichos estados un tejido empresarial de multinacionales muy importante ….. bien sigo ….. pues para prestar a 25, 30, ó 40 años, emitieron bonos, deuda, obligaciones, etc., que les suscribían bancos, fondos de inversión, fondos de pensiones, etc. De países cuyos bancos tenían mas ahorro que créditos, estos títulos se emiten a 3, 5 ó 10 años, y aún cuando con el dinero obtenido se hacían hipotecas a 25 o mas años, tampoco era problema, porque al vencimiento de esta deuda internacional se renueva y punto, y esto históricamente ha funcionado a la perfección y bien engrasado, hasta que ha dejado de hacerlo, la crisis indica que España ya no es tan solvente como antes, los inversores internacionales ya están menos cómodos con prestar a empresas españolas, y el invento empieza a fallar, y no es que no quieran prestar al Banco Santander, al BBVA, a La Caixa o a otros, pero como España está como está , pues lo que si piden, no, no exigen es mayor interés al renovar esta deuda, y si los bancos españoles tienen el dinero invertido en hipotecas a 30 años, pues tienen que renovar al precio que les pida el banco chino, japonés o de “Sildavia” ….. joder, menudo problema, ahora resulta que el director financiero del Banco Nacional de Sildavia nos dice que los 2.000 millones de euros que nos tiene depositados, ni Euribor ni leches, al 5,5% o a pagar dentro de tres meses que es el vencimiento ………… entonces los bancos y cajas españolas que con esto no piensan “tragar” salen a la calle con “cliente nuevo, dinero nuevo ….. “ al x% y mas, y el banco de la esquina pues yo si además me abres un plan de pensiones al xx por 2 …… Y AQUÍ VUELVEN A ENTRAR LAS PREFERENTES, PORQUE AQUELLO QUE UNA IMPOSICIÓN A PLAZO NUNCA PAGÓ NI POR ASOMO EL INTERES DE LAS PREFERENTES, SE VA LITERALMENTE AL CUERNO, ya que por una imposición a plazo, con la garantía del FGD y incluso para importes de 5 ó 10.000 € empezaron a pagar mas que el Euribor, o el Euribor por dos, y claro esto era superior al de las preferentes y deuda subordinada, y todo ello para mandar al cuerno al financiero Sildavo esto que les sube a la parra ………….. entonces la cola para comprar preferentes de “segunda mano” simplemente desaparece, y el que las tiene pues se las come con patatas, ya que ¿Quién quiere preferentes al 3 ó 4%, si por imposición pagan lo mismo? Pues nadie que esté adecuadamente informado …………..
A pesar de ello como esto de la información financiera, pues no es que de media los españoles seamos los mejores del mundo, mas bien nos falta bastante “culturilla” en esto, pues durante unos años, con cierto trabajo los bancos y cajas van consiguiendo “colocar” los títulos que un cliente quiere vender, a otro que no es que quiera comprar, pero mas o menos le convencen de la bondad de ello, otra vez vemos ciertas posibilidades de una información sesgada o deficiente, y en el foro hemos visto personas a las que el “call” que es una mera posibilidad de amortización por parte de la entidad emisora, se lo han asegurado como una fecha de vencimiento real, lo cual no es así ni por asomo …………..
Cuando un cliente vendía sus títulos al 100% y los compraba otro, por mediación del propio banco o caja, el primero se sacaba el problema de encima, pero el problema siguió ahí, no desapareció, únicamente se “traspaso” de uno a otro, y vuelvo a repetir que presuntamente pudieron existir bastantes deficiencias en la información hacia los clientes adquirientes de estos títulos.
Seguiré en próxima respuesta ……………
Antes que nada agradecerte tu respuesta y aclaraciones, no soy un experto pero entiendo claramente lo que expones sobre los balances de las empresas y como ls PPR son una forma de "equilibrar" las cuentas y todo eso, en realidad ya estoy un poco resignado a lo que escribí en el blog anterior: perder una parte del dinero ahora o en el futuro, o en el mejor de los casos recuperalo dentro de algunos años (que también valdrá menos).
He leído los post 1 y 1000 (entre otros muchos), y eso me aclara como hemos llegado a esta situacion pero en realidad además de lo que he preguntado antes mi gran duda es en que situación estoy, como puedo saberlo para caso de concreto de las PPR de la serie A de cajasol ( en la oficina es como si no pasara nada...)alguien tiene alguna informacion, documento etc o lo que sea de la CNMV, del ministerio de Economia, del Bancoespaña, del BCE, de donde sea...
¿porque han permitido que los ciudadanos de a pie se mezclen con "Personas que, junto con otras de igual condición, se dedica al abordaje de barcos en el mar para robar"?
Espero y desepero por leer la tercera parte de tu post.
Muchas gracias de nuevo.