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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#19897

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Monchita como te va con unive,sigues peleándote con ellos o ya no.

Soy el que te mando un privado comentndote sobre unive´,contéstame si puedes a [email protected] ya que no puedo mandar privado porque llevo poco tiempo en el foro.

#19898

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Otra sentencia a favor de afectados por preferentes. Esta vez de la Audiencia Provincial de Córdoba. Muy importante; a pesar de todo lo firmado y refirmado, mirad el argumento juridico por parte de la Audiencia:

"En relación con ello, en los fundamentos jurídicos del fallo de la Audiencia se deja claro que, aun concediendo que la clienta "hubiera sido consciente de la naturaleza verdadera del producto financiero objeto de la inversión que efectuaba, en este sentido cabe tener en cuenta que las participaciones preferentes constituyen un producto complejo de difícil seguimiento de su rentabilidad y que cotiza en el mercado secundario, lo que implica para el cliente mayores dificultades para conocer el resultado de su inversión y para proceder a su venta y, correlativamente, incrementa la obligación exigible al banco sobre las vicisitudes que puedan rodear la inversión".

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/02/11/andalucia/1360615013.html

Y si es sentencia de Audiencia, crea jurisprudencia: toma, retoma!

#19899

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Aunque se aparta un poco del tema.

Me puse en contacto con BME (Bolsa de Madrid) para solicitar un histórico de cotización de las acciones de BANKIA desde que cotizan en Bolsa.

Os dejo el enlace que me facilitó Bolsa de Madrid.

https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=gmail&attid=0.1&thid=13cd3712697de941&mt=application/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet&url=https://mail.google.com/mail/u/0/?ui%3D2%26ik%3D3513cfd2d5%26view%3Datt%26th%3D13cd3712697de941%26attid%3D0.1%26disp%3Dsafe%26zw&sig=AHIEtbTYxImzJpyreel0W3v9MyCC9VUA0Q

Un saludo

#19900

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Petersen, afirmar tan rotundamente que no hubo estafa.. a nivel jurídico digo eh? Yo no aseguraría eso de forma tan rotunda. TE diré porqué: El director o comercial que colocó las preferenets tal vez no tenía una intención directa de estafar, pero sí la Entidad, y los empleados pudieron servir en mayoría de casos como instrumento o medio, pero si la entidad obligaba a colocar preferentes a sabiendas que no debía hacerlo a ahorradores minoristas y falseando los balances y cuentas de la entidad, y dando instrucciones a los empleados para engañar a los ahorradores.... Eso no te parece DOLO penal??? A mí sí. Pero estoy de acuerdo que es por la vía civil e individual que se puede llegar a recuperar el dinero antes y con más opciones. Aún así, yo sigo pensando que la causa abierta en la Audiencia Nacional es clave para condenar penalmente a estos señores, tarde o temprano. Espero que el juez Andreu no se vea sometido a chantajes y amenazas de estos mafiosos indeseables de políticos y banqueros.

#19901

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Estoy de acuerdo que es una sentencia muy relevante, al menos para aquellos que tengan perfil CONSERVADOR o MUY CONSERVADOR:En relación con ello, en los fundamentos jurídicos del fallo de la Audiencia se deja claro que, aun concediendo que la clienta "hubiera sido consciente de la naturaleza verdadera del producto financiero objeto de la inversión que efectuaba, en este sentido cabe tener en cuenta que las participaciones preferentes constituyen un producto complejo de difícil seguimiento de su rentabilidad y que cotiza en el mercado secundario, lo que implica para el cliente mayores dificultades para conocer el resultado de su inversión y para proceder a su venta y, correlativamente, incrementa la obligación exigible al banco sobre las vicisitudes que puedan rodear la inversión".

Por tanto, para la Audiencia es "harto verosímil, tal como considera el Juzgado de Instancia, que se produjera un relevante error al contratar en quien, en realidad, carecía de la cualificación y el conocimiento técnico mínimos precisos para hacerlo con plena conciencia de sus consecuencias", de manera que, "aunque la entidad de crédito afirme que facilitó explicación suficiente acerca del producto, no se ha acreditado que la trasladase de manera suficientemente explicativa al cliente".

Todo apunta a considerar como lo más razonable, según la Audiencia, que la clienta "albergara el propósito de realizar una inversión coherente con el perfil que la propia entidad le asigna, conservador, que, lejos de perseguir la realización de un negocio especulativo, estaba íntimamente ligado a las relaciones de estrecha confianza personal que tenía establecidas, más que con la Caja, con los empleados de la misma, puesto que no se ha acreditado que se le informase debidamente de la trascendencia de aspectos esenciales de la inversión".

En consecuencia, la Audiencia ha desestimado casi en su totalidad el recurso de apelación formulado por la Caja Rural de Córdoba contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Peñarroya-Pueblonuevo, de forma que la Caja Rural debe devolver a su clienta los citados 12.000 euros, más los intereses devengados por dicha cantidad desde el 17 de enero de 2006, si bien a dicha cantidad deben restarse, no los 941,46 euros que, según la sentencia inicial, había percibido la demandante en concepto de cupón abonado por Caja Rural durante los años 2006 y 2007, sino que la cifra a restar, según ha determinado ahora la Audiencia, será de 1.127,50 euros

#19902

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Pues me he explicado mal, rematadamente mal, no pretendí indicar si hubo o no presunta estafa, para empezar no soy juez, lo que si pretendo indicar es que difícilmente se podrá demostrar que la hubo, que existió un ánimo de apropiarse de dinero ajeno (*), se podrá demostrar que se pudciereon incumplir ciertas reglas, ciertas advertencias, la MiFID como un papel, y no como un requisito para determinar el perfil, etc., etc., sin embargo veo difícil, muy difícil que un tribunal pueda determinar que si hubo tal presunta apropiación, y maquinación para ser realizada ... es por ello que la mayoría de los abogados desaconsejan la vía penal, y entienden que es un tema civil.

Como bien sabes, la diferencia entre penal y civil, es que lo primero supone haber cometido un delito, y los segundo unas diferencias de criterio entre dos partes, un ciudadano y una empresa en este caso, al mismo tiempo en temas penales, el que acusa, en este caso sería el cliente, tiene la parte mas compleja, debe apoyar sus acusaciones, el acusado solo defenderse, que obviamente es una posición mas cómoda, si es que alguien puede estar "cómodo" en un asunto así ....

Eso pretendí con mis comentarios y con el enlace de "mi verdad", sin pretender ser juez, solo intentar explicar lo que pudo ocurrir en mi modesta opinión.

(*) Ello al margen de algún caso puntual en el que si pueda determinarse tal presunta situación, pero creo que en general sería muy complicado de demostrar.

Encantado de debatir de nuevo contigo, se que lees mis opiniones, con las que puede no estés de acuerdo (por alguna recomendación o "guardado"), pero lo interesante es el debate, ver opiniones de todo tipo y luego cada afectado se pueda formar la propia, esto es lo bueno del foro a mi entender.

#19903

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Esta otra sentencia , de Caixa Laietana, actualmente en BAnkia, es de un caso más extremo, pero también es muy recomendable la lectura de la noticia: Caixa Layetana, integrada actualmente en Bankia, fue durante décadas el pulmón financiero de Mataró (Barcelona). Un matrimonio de ancianos, él de 81 años y hoy con alzhéimer y ella una modista jubilada de 80 años, llevaron allí sus primeros ahorros cuando tenían solo 16 años. Entonces, no podían ni imaginar cómo se la iba a jugar la entidad en la que habían depositado su confianza durante toda una vida. Afortunadamente para ellos, el Juzgado de primera Instancia de su localidad, les ha dado la razón en la demanda que habían interpuesto por la comercialización de diferentes emisiones de participaciones preferentes.

En 2002, cuando las participaciones preferentes eran un producto todavía destinado principalmente a los inversores cualificados y no a minoristas, desde Caixa Layetana se les recomendó invertir en este activo. El matrimonio siguió el consejo y destinó 30.000 euros a un producto sobre el que no habían oído hablar, pero del que desde su oficina les aseguraban que era similar al depósito tradicional.

En 2011 todos los bancos y cajas ya se habían lanzado a fortalecer sus balances a costa de los pequeños ahorradores con la venta de preferentes. Entonces ya habían surgido los primeros fiascos con este producto, pero el matrimonio de Mataró volvió a seguir el consejo de sus asesores bancarios e invirtieron 6.000 euros en preferentes.

Esta operación, sin embargo, tuvo sensibles diferencias con respecto a la efectuada nueve años atrás. En primer lugar, el marido tenía muy avanzada la enfermedad de Alzheimer, que le fue diagnosticada en 2004, hasta tal punto que se quedó fuera del despacho donde recibieron a su mujer a pesar de que parte del dinero que se iba a invertir era de su propiedad. Además, como consecuencia de la entrada en vigor de la normativa europea MiFid, a la señora se le realizó un test de conveniencia. Esta prueba dio un resultado negativo, es decir, las preferentes eran un producto complejo que no encajaban con su perfil de riesgo y sus conocimientos financieros.

Esta situación, que debía haber obligado al asesor a desaconsejar la compra de las preferentes, no fue un obstáculo. La subdirectora de la oficina, según el relato del auto judicial, forzó a la anciana a firmar el contrato (donde no se indicaban los principales riesgos del producto) sin consultarlo con terceros ni tener tiempo para reflexionar la decisión. En declaraciones al juez, la empleada de la entidad admitió que en ese momento ni ella misma sabía cuáles eran las diferencias fundamentales entre un depósito y una preferente.

Por todo ello, el juez obliga a Bankia en su sentencia a devolver la inversión realizada en 2002 y 2009 al matrimonio, además de pagarles los correspondientes intereses. Asimismo, condena duramente a los empleados de la entidad por su comportamiento con la persona enferma de Alzheimer. “Es difícil entender cómo gente mayor, ahorradores tradicionales de toda la vida, esencialmente preocupados a determinada edad por poder tener siempre disponibles sus ahorros (…) pueden libre y voluntariamente suscribir un contrato de operaciones financieras complejas”, explica la sentencia.

#19904

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Y por último, antes de irme a comer, os paso un caso de alguien que siendo empresario y alcalde de GANDIA, se ha visto afectado por las obligaciones subordinadas de Bancaja, hasta el punto de entrar en suspensión de pagos, o concurso de acreedores mejor dicho: Torró Vision Holding, S.L.U., una mercantil cuyo administrador único es el empresario Arturo Torró, también alcalde de Gandia, ha entrado en concurso voluntario de acreedores, según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La empresa, dedicada al comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos en establecimientos especializados, se constituyó en enero de 2006 y entró en concurso de acreedores el 15 de enero de este año. Este asunto se está tramitando en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia.
Torró Vision Holding está compuesta por 18 empresas de diferentes nacionalidades, como argentinas, uruguayas o asiáticas. El gran grupo empresarial controla 31 millones de euros.
Arturo Torró ha recurrido al concurso de acreedores, que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda, como consecuencia directa de la demanda contra Bankia. El empresario tenía un total de 22'7 millones invertidos en deuda subordinada especial de la antigua Bancaja, sin embargo, no podrá recuperar toda esta cuantía debido a que la entidad bancaria ha entrado en pérdidas.
Bankia le propuso una quita del 51%, pero el empresario no lo aceptó. Torró presentó en diciembre un escrito de personación en el juzgado contra los antiguos gestores de Bankia por considerarse perjudicado por la entidad.
El empresario ha intentado otras soluciones dialogadas que él consideraba viables, pero ante la falta de acuerdo, se ha visto obligado a presentar el proceso judicial «para defender mi patrimonio personal y el de la empresa que represento así como para alcanzar una solución a la problemática existente bajo la cobertura de la ley», según subrayó Torró.

Ver aquí: http://www.lasprovincias.es/v/20130212/politica/preferentes-bankia-llevan-firma-20130212.html

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