Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Y en dinero que habría que poner ¿cómo se traduce?
Y en dinero que habría que poner ¿cómo se traduce?
¡¡Vaya, y yo aquí sirviendo al bien público¡¡
Envidioso, que la envidilla casi me puede.
Estuve tentado, dado que en días como ayer y hoy casi casi "sobro", de "escaparme" media horilla en un acercamiento rápido a Alcalá 1, entre las comunicaciones a horas prefijadas con Barajas. Barajas.
Pero el observador que estaba conmigo se puso un poco nervioso por si a cualquier aeropuerto o protección civil se le ocurría llamar, pues en días festivos el jefe de turno en el GPV de Madrid es el predictor de turno, o sea yo el día de ayer.
Por lo menos, que sacárais buen provecho de las cañitas.
Saludos.
¡Vaya! Y yo no fui pensando en que no había convocatoria al ser festivo !!! (O al menos creí que eso se había comentado la semana pasada). Menudo despiste el mío. En fin, espero que esas cañas y esos aperitivos os sentaran estupendamente, que seguro que estuvieron bien merecidos.
Os veo el próximo jueves (esta vez sí).
Un abrazo.
Calentando motores (solo motores... lo del bidón de gasolina siempre como ultimísimo recurso...)
http://www.eldiario.es/zonacritica/Toque_a_Bankia_6_128147196.html
Interesante artículo aquí mismo, en Rankia, violencia versus inteligencia...
Hola Pepsss, en un juicio, arbitraje, o cualquier otro acto, en el que dos personas se someten al dictamen de un tercero,siempre hay, por decirlo de algún modo, la posibilidad de una decisión poco concordante con las de otras situaciones similares. Además cualquier decisión que se tome en la vida, mucho mas en el jaleo en que estamos metidos, de canje, arbitraje, demanda, siempre hay un componente de riesgo.
La sentencia a la que te refieres, es un poco extraña, ademas de opinar de este modo alguno de nosotros, tambien lo hacen los abogados. En primer lugar se dicta sentencia sin llegar a juicio. Personalmente me parece algo muy poco frecuente, muy claro lo deberia tener el juez para decidirse, tan pronto y tan rápido. Tambien esta la carga de la prueba, en una demanda normal, seria lo correcto, quién presenta la demanda,es quién debe de demostrar, como cuando y de que manera, se produjo el engaño. En este tipo de demandas, es la primera vez que tengo noticias de que un juez actua de ese modo en concreto. Hasta ahora, siempre habia recaido la carga de la prueba sobre la entidad. Hay incluso de sentencias de Audiencia Provincial. No olvidemos que a la par de ahorradores somos consumidores.
Cabria preguntarse¿qué importancia tiene esa sentencia?. Para nosotros, nos dice una vez mas que debemos extremar al maximo y cuidar nuestros argumentos y aportación de documentación. Para ello es fundamental, la buena colaboración entre cliente y abogado. Hemos aprendido mucho en el último año sobre la deuda subordinada, ademas conocemos nuestro caso a la perfeción. No debemos dejar todo el peso de la demanda, sobre el abogado, sino estar atentos hasta el último detalle. Creo que sentencias como la comentada, nos deben de servir de acicate, para esforzarnos al máximo, y saber que el partido no se gana hasta el pitido final.
¿Qué representa la sentencia para Bankia?. Creo que más que nada es una victoria pirríca. En todo caso puede servir para hacer obtar a algún indeciso por la via del arbitraje, al darse cuenta que no es tan facil acudir a un juzgado y obtener sentencia favorable. De todos modos, a poco que recapacite, tambien se dará cuenta de que en el arbitraje, tambien corre sus riesgos, y no tiene una segunda oportunidad. La verdad es que no creo que consiga convencer a muchos. No olvidemos que el juez no condeno a costas a los demandantes, a pesar de decir que seria lo normal, por lo tanto no lo tendria tan claro. A poco que se hubiera preocupado de leer sentencias de otros juzgados, en casos similares, probablemente hubiera actuado de un modo distinto
En segundo lugar, lo mas probable es que se recurra a Audiencia Provincial, creo desde luego no deja de ser una opinión personal que alli la decisión sera distinta. Se trata de una decisición colegiada con tres jueces, probablemente con mayores conocimientos en casos de deuda subordinada.
¿Qué representa para Bankia en términos económicos?. Creo que prácticamnete nada. Si pierde en segunda instancia, y ademas con costas, le va a salir mas gravoso. Por otro lado se trata de una cantidad muy pequeña algo mas de 10.000 euros. Algo insignificante, comparalo con la que perdio de 150.000 euros con costas. En esta, las costas le significarón mucho mas que ganar la demanda de los 10.000.
Conclusión, nada esta ganado de antemano, debemos esforzarnos al máximo, colaborar al cién por cién con nuestros abogados y aportar lo aprendido en este último año. Es el mejor modo para terminar con esta pesadilla.
Gracias de nuevo por todo lo que estáis haciendo.
Yo ya demando, no puedo más, que pase lo que tenga que pasar,pero por supuesto que tengo esperanza.
Estoy en el paro y como no recupere mis AHORROS, no sé que será de mi.
Intento tener ánimo y pienso que es una indecencia tan grande lo que nos han hecho a personas ahorradoras que hasta me cuesta creer esta crueldad. Yo he trabajado toda mi vida, desde los 16 años para esto.
Cuando leo lo que vais poniendo me animo un poco porque veo que no estoy sola y que entre todos tenemos que recuperar lo que nos pertenece y tanto sacrificio nos ha costado.
Estaré en la sucursal a dar el latazo con el toque a Robankia. Ladrones !!!!!!!!!
Comstar siempre escribe bien. Mi turno de links: http://hayderecho.com/2013/05/03/cnmv-el-descontrol-del-mercado-de-valores/