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Re: Casa alquilada en agosto 2023
Hola,
La actualización del alquiler se realiza siempre y en todo caso cuando ha transcurrido un año desde la firma, nunca al inicio del año natural. Este extremo no es una modificación actual, se ha mantenido igual desde 1995.
Por tanto, debes esperar hasta la mensualidad de agosto de 2024 para poder realizarla. Además de lo anterior, la subida estará limitada a un máximo del 3%, restricción que sí es debida a la normativa actual.
Un saludo,
La actualización del alquiler se realiza siempre y en todo caso cuando ha transcurrido un año desde la firma, nunca al inicio del año natural. Este extremo no es una modificación actual, se ha mantenido igual desde 1995.
Por tanto, debes esperar hasta la mensualidad de agosto de 2024 para poder realizarla. Además de lo anterior, la subida estará limitada a un máximo del 3%, restricción que sí es debida a la normativa actual.
Un saludo,
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Re: Casa alquilada en agosto 2023
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Re: Casa alquilada en agosto 2023
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Re: Casa alquilada en agosto 2023
Si tienes un contrato formalizado desde abril 2023. Y el piso está en una zona que seguramente declaren tensionada y ahora no le subes el ipc. Después cuando el piso deje de estar arrendado a los nuevos inquilinos les puedes hacer la actualización correspondiente de los años que no le has actualizado la renta a los antiguos inquilinos? Es decir si yo decido no subirle el ipc en el 2023, 2025, 2026, 2027 por ejemplo y queda vacío en el 2027, podría alquilar el piso subiendo la actualización correspondiente de cada uno de esos años? O por el contrario si no subo el ipc o el nuevo índice que se va aplicar a partir del 2025, tengo que alquilarlo al precio inicial del contrato? Gracias