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ITP sobre precio de compra o valor real?

35 respuestas
ITP sobre precio de compra o valor real?
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ITP sobre precio de compra o valor real?
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#1

ITP sobre precio de compra o valor real?

He adquirido una vivienda y voy a firmar la escritura el mes q viene, pero he comprobado el valor en esta web:

http://csi.ha.gva.es/kiosko/valor_bien_urbano.principal?el_idioma=CAST&calcular=si

Y el "Valor real a efectos de aplicacion de la orden" me sale 20.000 por encima del precio que voy a pagar.

Significa esto que tengo que para el 10% (ITP) por ese valor, o lo tengo que pagar por el precio real de compra?

#2

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Lo que significa es que si declaras por el precio de compra, te harán una complementaria por la diferencia hasta ese valor "real", con intereses. Si bien no estás obligado a liquidar por ese valor real, te puedes anticipar y hacerlo si no quieres luego sorpresas y mayores costes. Si tienes una tasación que apoya tu precio de compra, la puedes intentar hacer valer si te hacen la complementaria.

Un saludo

#3

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

No tengo tasacion, pero no me parece justo pagar impuestos por un importe que no es el precio de la vivienda...no hay otra forma de reclamar? Valdria la pena hacer una tasacion solo para esto?

#4

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

La forma de reclamar es el procedimiento de tasación pericial contradictoria en el cual tu aportas una tasación, es rápido y eficaz para bajar la cuota, puede que salga rentable; o bien la reclamación económico-administrativa, alegando falta de motivación de la valoración. Este es gratis pero muy lento, y nunca se sabe por donde van a tirar.

El recurso de reposición no tiene mucho sentido puesto que lo resuelve el mismo órgano y no suelen cambiar de opinión, si les vale la valoración en gestión, también les vale en via de recurso.

Un saludo

#5

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Gracias, lo pensare pero el problema es que la tasacion me costara mas que pagar la diferencia ...

#6

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Si es justo. De lo contrario cualquier podría escriturar una vivienda de 100.000 en 10.000 euros y ahorrarse casi todo el impuesto. 

Método, disciplina y tiempo

#7

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

No, no es justo porque yo no voy a escriturar por menos de lo que pago, por lo tanto tampoco debo pagar por más de eso. Ese valor catastral no es real, pero tendré que tasar la casa y gastarme dinero para demostrarlo, tampoco muy justo...

#8

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

La administración tiene que poner unos mínimos, de lo contrario sería incontrolable que tú antes de firmar le des un sobre con x miles de euros al vendedor y escritures la casa por 1 euro. No es tan fácil demostrar eso, no te vale con una tasación, hace falta un informe pericial que te certifique que hay roturas, deterioros etc que hacen que valga menos de lo que dice la administración. Tu sabrás si te compensa ese circo y sin garantías de pagarlo. En cualquier caso que tengas suerte.

Método, disciplina y tiempo

#9

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

El tema del "valor real" a efectos de este y otros impuestos viene de muy lejos y se ha discutido tanto por las Administraciones Tributarias y los Tribunales que daría risa si no fuera porque a los contribuyentes no nos (me incluyo) hace ninguna gracia pagar mas de la cuenta.

Es muy complicado aunar el derecho a comprobar los valores por la Administración dandole herramientas sencillas para hacerlo de manera masiva sin dedicar demasiados recursos, con el derecho de los administrados a demostrar que su valor es el correcto y que no se les pisotee. Te podría contar muchos casos, unos aparentemente justos y otros aprentemente injustos. Teniendo en cuenta que ni siquiera las tasaciones de peritos son realmente objetivas, no hay mucho mas que decir mas que cada uno haga lo que pueda en defensa de su derecho.

Un saludo

#10

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Es que las autoridades no tendrian que ir adivinando los valores de nada si las cosas en España se hicieran bien y no con sobres bajo la mesa... pero bueno, es lo que hay en nuestro pais. En UK donde vivo y tengo una vivienda no existen ni uno de estos problemas, porque a nadie ni se le pasa por la cabeza no pagar una vivienda con dinero 100% legal y transparente. (tampoco existe el ITP , lo que facilita las cosas claro esta..)

 

#11

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

El tribunal constitucional discrepa:

http://asesoria-asesores-fiscales.es/articulos/articulo-asesoria-fiscal-la-esperada-sentencia-del-tribunal-constitucional-sobre-la-plusval-a-municipal-que-afecta-a-todo-el-territorio-nacional-/

 

Lo malo es que pone el peso de la carga en el contribuyente, cuando si los funcionarios y políticos hiciesen bien su trabajo, no sería preciso.

Porque, seamos claros, los funcionarios que establecen el precio "mínimo objetivo" a mi juicio prevarican.  Saben que hay una crisis y los precios se desploman: pues bien, según ellos siguen subiendo.  Por tanto, prevarican, y mas ahora, pues no solo sabian antes que era contraria a ley, sino que además ahora hay incluso una sentencia del constitucional.. 

#12

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Pero es que aqui se paga stamp duty y poco mas.. y los precios son públicos.. cosa que no ocurre en España.

#13

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Los funcionarios que establecen ese precio que dices se limitan a aplicar la norma vigente, que no han elaborado ellos por cierto, así que si acaso prevarican los legisladores, si se puede probar que sus normas son claramente injustas y las dictan con conocimiento de ello.

Y si los funcionarios no las aplicaran tal cual, se cometerían entonces otros delitos como la arbitrariedad o falta de objetividad, que provocarían numerosas injusticias. Para mi lo importante es precisamente que los funcionarios y jueces apliquen las normas de la misma manera a todos y que todos tengamos los mismos derechos y posibilidades de luchar contra ellas en caso de que lesionen nuestros intereses legítimos.

Y no mezclemos el tema de las comprobaciones de valores con el lio de la plusvalía constitucional o no, porque es otro tema muy complejo con sus propia problemática.

Un saludo

#14

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

La norma establece que los funcionarios deben ajustar el valor de referencia, esto lo realizan los legisladores, con datos que proporcionan los funcionarios.  Los municipios pueden solicitar la modificación si hay diferencias notables.

 

En fin, que entre unos y otros escurren el bulto a su favor.

 

Pero vamos, no soy letrado..

 

 

#15

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Buenas tardes:

Si la vivienda la has adquirido a una entidad  que no  pueda recibir dinero en B, entonces no te hace falta tasación.

Pero si la adquieres a un particular, entonces si tendrías que tener valoración.

De todas formas existe un baremo y es que si la diferencia es menor del 20 %, puede ser admitida, ya que se admite que la administración no puede equuivocarse en más del 20 %. Pero si se puede equivocar en menos de ese porcentaje.

Cuando se equivoca en menos del 20 % no asume responsabilidades, pero si cuando lo hace en más del 20 %. Eso lo vemos en las adjudicaciones de las autovía que ahora se ha encargado el Ministerio de Fomento, porque se equivocó en calcular el tráfico que iba a circular y que no llegó al 80 %.

http://www.20minutos.es/noticia/2096562/0/claves-rescate-gobierno/autopistas/peaje/

Lo que quiero decir con esto es si existe una por un organismo público, como puede ser el INE, que dice que la vivienda ha bajado de precio, si la vivienda que adquieres está dentro de esa bajada, sería una información real, que anularía la potencial del valor emitido en una prescripción legal, pero irreal o ficticia.

El art. 31.1 de la Constitución Española no permite en ningún caso la confiscación. 

Constitución Española. Artículo 9. 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Es decir, que no te pueden confiscar.

Saludos.