Se está hablando de
- Solo para Andalucía
- Entidad perteneciente a Kutxabank
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Estaba releyendo las escrituras y, al respecto de la cláusula suelo, dice:
"Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, el
tipo de interés aplicable en cada periodo, ya
resulte de la aplicación de la referencia inicial o
de los sustitutivos previstos no podrá ser inferior
al 3,00% nominal anual ni superar el 12,00% nominal
anual. Si del cálculo efectuado según el criterio
de variación previsto en la CLAUSULA FINANCIERA
TERCERA BIS, resultaran unos tipos inferiores o
superiores a los límites fijados anteriormente, se
aplicarán estos últimos."
Entiendo que el cálculo que me han enviado no incluye las bonificaciones: la hipoteca es de EUR+1% y llega hasta EUR+0.4% con las bonificaciones, que sería mi caso durante la gran mayoría del tiempo,
alguien puede confirmarme que la cláusula suelo se aplica al diferencial+bonificaciones?
gracias, un saludo
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Precisamente la diferencia del Euribor hipotecario a un año (que es el suele la referencia en la mayoria de prestamos hipotecarios) entre 2011 con respecto a 2010, es positiva , es decir, en 2011 el euribor cotizaba mas alto que en 2010, en casi todos sus mesees o en todos si no recuerdo mal, por lo tanto, es totalmente ilogico que en 2010 se te ofrezca mas de 1100 euros y 2011 no llegue a 400, ademas de eso, no te han bonificado el año 2009, que tambien lo es.
Algo no cuadra, o el año 2011 tiene calculos de otros años, o lo que esta claro que es IMPOSIBLE. simple y llanamente.
Registrate en facua rellena los campos de su calculadora con amortizaciones parciales si las has realizado, si no es así mucho mejor porque mas exacto será y comprueba que cantidad te da la calculadora por saber aproximadamente que diferenica tienes.
Ten en cuenta que el euribor de referencia para el calculo del prestamo en las revisiones, suele ser anterior al actual al menos un par de meses, es decir si la revision hubiera sido en Abril de cualquier año, la referencia a tomar solia ser dos meses antes, o sea Febrero. Esta opcion la contempla dicha calculadora.
Particularmente, iria a la oficina con los calculos que tengas y solicitaria explicacion del recalculo de tu prestamo sin CS, y en caso de negativa, posiblemente te convenga realizarlos correctamente por un perito realizar demanda y presentarlo en juiicio habida cuenta que vas a ganar dicho juicio y que no has formalado reclamacion judicial antes de la salida dle real panfleto, no sólo ganarás el juicio sino que las costas iran para la entidad.
Ooj!! no te estoy invitando a que lo hagas, es tu decision, es sólo un punto de vista.
Re: Clausula suelo CAJASUR
El problema no esta exclusivamente que el importe sea inferior, sino en la discrepancia que hay de devolucion del año 2010 al resto de años y en la ausencia de devolucion del año 2009, que tambien te corresponde devolucion por la bajada del euribor por debajo del 3% que era tu CS por lo que dicha clausula empezó a hacerse efectiva en ese año.
Re: Clausula suelo CAJASUR
Re: Clausula suelo CAJASUR
Juan la revisión del euribor que era trimestral, semestral o anual?. Y la fecha de cobro del primer recibo cual era?.
Además habría que saber con cuantos meses de antelación al cobro del recibo tomaban el euribor d ereferencia.
Te explico, si te hacen una revisión anual y te tocaba por ejemplo en enero del 2009 pero te cogen el euribor de noviembre del 2008, no te pagan nada del 2009 puesto que no te teca revisión hasta enero febrero 2010, por ejemplo.
Yo por jeemplo no puedo tener en cuenta las diferencias hasta Julio del 2009 por eso. Lo cobrado de más hasta Julio del 2009 me lo como, por tener revisión semestral.
No sé si me explico.