Si reclamas y el condicionado de tu contrato es claro, te van a devolver todo el exceso pagado por este 0,10 de intereses, pero no tendrán ninguna sanción, es más, por la vía administrativa (SAC y luego Banco de España, aun cuando no creo que llegues al segundo paso) no conseguirás ni los intereses de demora, porque los órganos administrativos no tienen facultades para ello, si bien en la reclamación yo lo pediría, no pierdes nada con ello ..... Lo que puede ocurrir aquí es que la idea del banco fuera 0,89 puntos, esto te han cobrado siempre, pero hubo un error en la escritura y figura el 0,79, que por cierto esto es lo que vale, no lo que diga un ordenador ..... o también puede ser que en principio te ofrecieran el 0,89, y al final acordásteis el 0,79, sin que la oficina pusiera bien el dato en sus registros, y también da lo mismo, lo que vale es la escritura .... con una reclamación vas a recibir los excesos, sin problema ......
Puestos a ser "abogado del diablo" se supone que todo lo que tiene más de 2 años de antigüedad está tácitamente aceptado, aun cuando no creo que aleguen algo así para no pagar no lo que exceda de dicho plazo, pero por poder, pueden ....
De todas maneras, yo como principio, luego ya se vería, no me conformaría con la devolución de estas diferencias, solicitaría el recálculo de todas las cuotas, dejando la hipoteca con el saldo que debería tener ahora de no haber existido el error. Tal vez esto es un poco complicado de explicar.