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Dudas cuenta vivienda

62 respuestas
Dudas cuenta vivienda
Dudas cuenta vivienda
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#17

Re: Dudas cuenta vivienda

Una de las normas es que la cuenta vivienda debe de ser independiente y abierto sólo para ese fin. La cuenta que ya tienes si lo utilizas como cuenta vivienda, el plazo te comenzará a contar desde que fué abierto.

Si abres ahora la cuenta vivienda sólo dispondrás de 4 años para la compra de la vivienda.

Salu2.

#18

Re: Dudas cuenta vivienda

Gracias por responder!
Me has aclarado las dudas.

1 saludo

#19

Re: Dudas cuenta vivienda

A ver os cuento mi caso, abri una cuenta vivienda en 2007 con 9000 euros y el dia 2 de enero los saque y los meti en varios depositos, devolviendolos a la ceunta vivienda el dia 26 de diciembre de este año, me lo dijo un amiguete que entiende del tema y me dijo que no pasa nada, pero por lo que comentais me acojona un poco lo que estais diciendo, este año he metido otros 9000 euros y tengo 18000 euros que no se que hacer, si invertir en otros depositos y al final de año devolverlos a la cuenta vivienda o dejarlos ahi, el caso es que el fin es para compra vivienda y si asi lo hago no incurro en ninguna infraccion o no es asi, moviendo el dinero estoy incurriendo en una falta? por favor confirmadmelo porque estoy pensando en meter mi dienro en varios plazos, gracias y un saludo.

#20

Re: Dudas cuenta vivienda

No es correcto ese planteamiento. La Administración es bastante estricta al respecto. Todo dependerá de si hay alguna actuación de comprobación y te pillan.

Saludos.

#21

Re: Dudas cuenta vivienda

Hola a todos: soy nuevo por aqui y agradeceria mucho vuestra ayuda. os explico mi caso.

tengo mi cuenta vivienda desde diciembre del 2006, x lo que finaliza en diciembre del 2010 (a mi la ampliación no me beneficia). el caso que me he metido en un piso que no me entregan hasta abril del 2011 aprox.

se supone que hasta que no escriture es como si no tuviera piso, pro según la promotora, las entrada que ya he dado y las letras cuentan como aportaciones de una compra de una vivienda. es decir, que hacienda no me tiene que decir nada aunque el piso no lo tenga hasta 2011.

resumiendo: qué tengo que hacer entonces?? continuo con mi cuenta vivienda? por otro lado, me han dicho que las letras las pague con el dinero de la cuenta vivienda al igual que la entrada (en realidad la entrada la pago el viernes próximo). pero no se pueden domiciliar recibos en la cuenta vivienda xq es una IPF. paso entonces el dinero a otra cuenta?? entonces ya no estaría pagando desde la cuenta vivienda...qué lio!!!!

a ver si alguien me aclara, xq luego en banco dicen una cosa, hacienda otra y la promotora lo termina de liar más...

un saludo y gracias.

#22

Re: Dudas cuenta vivienda

El saldo de una cuenta vivienda debe de estar totalmente materializado en la adquisición de la vivienda habitual en el plazo de cuatro años desde su apertura, contados de fecha a fecha. Salvo la famosa prórroga para aquellos a los que este plazo de cuatro años les finaliza entre el 01.01.2008 y el 30.12.2008, que tendrán hasta el 31.12.2008 para materializar dicho saldo (afecta a cuentas abiertas en los años 2004, 2005 y 2006).

Esa materialización del saldo puede hacerse:

- En una vivienda de "segunda mano". En este caso la adquisición jurídica (firma de escrituras, entrega de llaves,...) debe de realizarse antes del término del plazo de cuatro años. Existe luego un plazo de un año para ocupar efectivamente la vivienda.

- En la construcción de una vivienda (tu caso). En este caso todo el saldo de tu cuenta vivienda debe de estar entregado al constructor o empleado en la construcción de la vivienda antes del plazo de los cuatro años. Desde el primer pago efectuado que haya sido deducido, bien porque procede de la cuenta vivienda, bien porque tenga otra procedencia pero lo incluyas en la base de deducción, tienes un plazo de cuatro años para finalizar la construcción de la vivienda y desde la finalización de la construcción un año para ocuparla efectivamente. Sólo en casos muy excepcionales ese plazo de construcción puede ser prorrogado una sola vez otros cuatro años. Con esto, con los pagos que hayas efectuado y con los que estén previstos, deberás hacer tus propias cuentas, para saber cuándo tienes que realizar pagos procedentes de la cuenta vivienda para tener en cuenta que todo el saldo de la misma lo debes de tener materializado antes del 31.12.2010 y que no en abril de 2011 no hayas sobrepasado el plazo de cuatro años para la construcción.

En cuanto al pago, ya que no puedes domiciliarlo en tu cuenta vivienda, entiendo que podrás pasarlo a otra cuenta siempre y cuando el tiempo sea el justo y necesario para la domiciliación.

Saludos.

#23

Re: Dudas cuenta vivienda

Muchisimas gracias! sólo una cosa mas. entonces ya no tiene sentido que haga más ingresos en la cuenta vivienda, verdad?

un saludo y gracias de nuevo

#24

Re: Dudas cuenta vivienda

Siguiendo a lo dicho por "al.rodrigo", las cantidades entregados al promotor puede provenir de la cuenta vivienda y el dinero de dicha cuenta ha de estar liquidado en su totalidad antes de los 4 años de vincimiento de la cuenta, puede hacer lo siguiente:

Puedes renegociar con la promotora para darle más dinero de lo estipulado en las letras con el fin de poder liquidar la totalidad del dinero que haya en dicha cuenta e incluso puedas deducirte el máximo posible en las declaraciones correspondientes a los ejercicios del 2010 y 2011. Ellos estarán encantados de recibir mayor cantidad de dinero.

Salu2.