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¿Las condiciones de vinculación siguientes tienen "truco"?

2 respuestas
¿Las condiciones de vinculación siguientes tienen "truco"?
¿Las condiciones de vinculación siguientes tienen "truco"?
#1

¿Las condiciones de vinculación siguientes tienen "truco"?

Buenos días:

Primero quería agradecer los miembros del foro por sus aportaciones que son una gran ayuda.
Expongo mi caso:
Hace casi 3 años nos dimos de alta en una cooperativa (Madrid) para la compra de un adosado. La obra ha ido bien y están finalizando las viviendas y las zonas comunes y dentro de poco (¿?) nos entregarán las casas, por lo que estamos con el lío de la subrogación o no de la hipoteca promotor, o la constitución de una nueva hipoteca.
El precio inicial de los adosados iba a ser de 317.000 €, pero con la crisis conseguimos bajar el precio y se quedaría en 300.000 €.
Nosotros vamos a pedir 200.000 € a 15 años.

Las condiciones de la hipoteca promotor son:
1º año 4% (¡!) y luego revisión anual Euribor + 1.95
comisión de subrogación: 0.5%
comisiones por desistimiento: 0,5% los 5 primeros años y luego 0,25% (negociando es el único punto que se puede mejorar y quitar).
1º año: seguro de vida y de hogar, luego no hay vinculaciones...

Después de visitar a varios bancos (online y oficinas "físicas"), la oferta que nos parece "mejor" es la siguiente:
1º año: 3,25%
luego revisión anual Euribor + 1,45
bonificaciones por vinculaciones, hasta -0,25, por lo que se quedaría en Eurbor + 1,20
comisión apertura: 0,25%
comisiones por desistimiento: 0,5% los 5 primeros años y luego 0,25% - amortizaciones exentas hasta 20% del capital inicial de la hipoteca / año (importante para nosotros ya que nos interesa poder amortizar parcialmente sin que nos cobren comisiones).

vinculaciones "a elegir" para llegar a los -0,25:
nomina + recibos -0,05
seguro hogar -0,05
seguro de vida -0,05
seguro de coche -0,05
plan de pensión -0,10
tarjeta de crédito con consumo minimo de 1.200 € / año -0,05

pegas: el primer año, es decir a la firma nos obligan a coger:
nomina + recibos
seguro hogar
seguro de vida
seguro de coche
y nos enchufan un seguro "PUF" que cubre 10% del capital durante 5 años (unos 650 €)... no me gusta, pero es poco importe...
Después de luchar mucho, hemos conseguido mejorar un poco el diferencial y que nos obliguen a domiciliar solo 1 nómina en vez de las 2...

1º pregunta: ¿Como veis esta condiciones?

2º pregunta: En cuanto al PUF, ¿cual sería la forma de quitárselo, una vez firmado la hipoteca? ¿es valido amortizar el día siguiente a la firma el valor del PUF para quitarse el gasto financiero (intereses) de dicho seguro?

3º pregunta: He conseguido que me den un borrador de las condiciones de vinculación de la oferta vinculante que os copio a continuación. ¿tienen "truco" estas condiciones? se corresponden a lo descrito antes?

Gracias de antemano por la ayuda.

Un saludo,

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Condiciones textuales de las vinculaciones (OV y escritura):

Si la parte prestataria tiene domiciliado en una cuenta abierta en la Caja XXXXX el cobro de sus nóminas, pensiones, desempleo o, en el caso de trabajadores autónomos, el pago de las cuotas a la Seguridad Social, la bonificación será del 0,05 por ciento.---------------------------------

Si la parte prestataria tiene contratado, a través de la Caja XXXXX un Seguro Multirriesgo Hogar, de continente y contenido, y efectúan el pago de las primas mediante adeudo en alguna de sus cuentas en la Caja XXXXX, la bonificación será del 0,05 por ciento.-----------------------------

Si la parte prestataria tiene contratado, a través de la Caja XXXXX un Seguro de Vida o de Amortización de préstamo, con un capital mínimo asegurado de 60.000 euros o del 50,00 por ciento del saldo vivo del préstamo, si este fuera menor, y efectúan el pago de las primas mediante adeudo en alguna de sus cuentas en la Caja XXXXX, la bonificación será del 0,05 por ciento.

Si la parte prestataria tiene contratado a través de la Caja XXXXX un Plan de Previsión Individual o un Plan Individual de Pensiones, en el cual hayan realizado aportaciones por un mínimo de 360 euros en cada periodo de revisión de estas condiciones, la bonificación será del 0,10 por ciento.-------------------------------------

Si los prestatarios realizan pagos en comercios con Tarjetas de Crédito (VISA, VIT…) emitidas por la Caja XXXXX por un importe mínimo de 1.200 euros en cada periodo de revisión de estas condiciones, la bonificación será del 0,05 por ciento.-------------------------------------

Si la parte prestataria tiene contratado a través de la Caja XXXXX un Seguro de Automóvil, y efectuan el pago de las primas mediante adeudo en alguna de sus cuentas en la Caja XXXXX, la bonificación será del 0,05 por ciento.-

El cumplimiento de estas condiciones por más de un prestatario no dará lugar a la acumulación de las reducciones, siendo éstas únicas por cada condición cualquiera que sea el número de prestatarios que la cumpla.---------

Las bonificaciones serán de aplicación para períodos anuales contados a partir de la finalización del período a tipo fijo, procediéndose a la revisión de las bonificaciones al término de cada período.-------------------

El cálculo de las bonificaciones aplicables en cada periodo de revisión se realizará en el mes anterior al comienzo del correspondiente periodo, contemplando el cumplimiento de las condiciones que dan derecho a las bonificaciones a lo largo de los doce meses naturales anteriores a aquel en que se realiza el cálculo.

Por excepción, en el primer periodo de revisión, se contemplará el cumplimiento desde el último día del mes anterior al del cálculo, hasta la fecha de formalización.

El cumplimiento de cada condición deberá ser total y permanente a lo largo del periodo de observación para que tenga lugar la reducción. Los cumplimientos parciales no tendrán efecto alguno.------------------------

Las cantidades señaladas para aportaciones a Planes de Previsión, Planes de Pensiones y utilización en comercios de tarjetas de crédito emitidas por Caja XXXXX, se actualizarán anualmente, una vez realizado el cálculo de las bonificaciones, según la evolución experimentada por el Índice General Nacional de Precios de Consumo interanual, publicado por el INE, correspondiente al último mes de noviembre o en su defecto al último mes publicado.

#2

Re: ¿Las condiciones de vinculación siguientes tienen "truco"?

Así a primeras te diría que las condiciones están bastante bien. Lo de que no te obliguen a domiciliar las dos nóminas es bastante inusual... El diferencial es bastante competitivo (para cómo están hoy día las cosas).Yo sí les preguntaría si los seguros los puedes pagar anualmente o por el contrario te obligan a pagar qué sé yo varios años de golpe a la firma de la hipoteca. Lo del seguro PUF, pues es un poco sacarte la pasta pero si no te lo puedes quitar...¿Te obligan a pagar las cinco anualidades de golpe? Con esas cosas siempre hacen maniobras extrañas, pero casi te diría que no tendrás forma de quitarte el seguro PUF este, independientemente de cuánto quieras amortizar. Al parecer quieren tener alguna garantía durante los cinco años que mencionas, no creo que les valga que reduzcas esa garantía de cinco a un año.
Otra cosa, ole si eres capaz de pagar los 200K€ en 15 años, me quito el sombrero porque en caso de que sí sois unas personas de lo más sensato. Mi enhorabuena.

#3

Re: ¿Las condiciones de vinculación siguientes tienen "truco"?

Gracias por tu respuesta Clara rios.
Efectivamente las condiciones no nos parecen mal, comparando con el resto (hay otras que merecen la pena, pero al final no tan interesante) y visto como están las cosas...

Los del PUF no me gusta nada, pero visto que es un importe "pequeño", al cubrir solo 10% del capital durante 5 años (unos 650 € financiados en la hiptoeca)... pues estoy dispuesto a "tragar"...y luego veremos...
Es que realmente hay 2 seguros: un "PUF" en la hipoteca (unos 650 €) y luego otro que nos puede bonificar el diferencial y que aparece en el texto que he copiado.
Si fuera un PUF de 5.000 € o 6.000 €, ni hablar...

Lo de los 200 k€ a 15 años, más de factible es totalmente recomendable: recuerdo un compañero en un trabajo anterior, por haber trabajado el en el mundo de los prestamos, quien me dijo que siempre se tenia que procurar no pasar los 15 años, como mucho 20... lo de las hipotecas a 40 años es un burrada: les viene bien a los bancos, así tienen a la gente "atados" hasta los 70 o 80 años, pero el gasto financiero es tremendo...
El problema es que aquí la gente solo piensa "en cuanto" me va a salir la cuota (ni siquiera pensando que los tipos van a subir) y no cuanto me cuesta la hipoteca (intereses) o que hipoteca me puedo permitir con mis ingresos para una hipoteca a X años...
En nuestra primera casa lo hicimos así: la casa la compramos por 192 k€ (en 2003), teníamos poco ahorrado (para cubrir los gastos y un poco más) y conseguimos 177 k€ de hipoteca (no la mejor en su momento por pasarnos del 80% pero comparando con ahora... vamos un "chollo"... a pesar de ser CREDITO hipotecario y no préstamo) a 14 años... y la terminamos de pagar hace un mes para poder realizar la compra de la otra casa...

Animo a la gente que piense en hipoteca que no se pase de los 20 años y con este requisito y la cuota que quieren pagar cada mes calculen el importe de la hipoteca que se pueden permitir...

Un saludo,