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"1.2.-INMUEBLES ARRENDADOS O CEDIDOS A TERCEROS Y CONSTITUCIÓN O CESIÓN DE DERECHOS O FACULTADES DE USO O DISFRUTE DE LOS MISMOS
Deberán cumplimentarse las casillas 070 a 079 siempre que en la casilla 063 se haya consignado el número 1 o el número 3 como clave indicativa del uso o destino del inmueble.
En su caso, las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles urbanos se consignarán en la casilla 744 de la página 14 de la declaración.
En las casillas 070 a 079 se declararán los rendimientos del capital inmobiliario correspondientes a cada uno de los bienes inmuebles relacionados en este epígrafe del apartado C de la declaración que, durante la totalidad o parte del ejercicio, hayan estado arrendados o cedidos de algún modo a terceros o sobre los cuales se hayan constituido o cedido derechos o facultades de uso o disfrute."