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Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo

5 respuestas
Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo
Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo
#1

Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo

Hola.
Quisiera que alguien me informara sobre este furun filatelico.

#3

Re: Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo

http://www.filateliadigital.com/actual.htm

CUANDO LA INVERSION FILATÉLICA ES UN ENGAÑO

Autor: José María Sempere
Fecha: abril de 2004

En reuniones de coleccionistas filatélicos y de comerciantes dedicados profesionalmente al mundo del coleccionismo de los sellos todos hemos oído comentar, en diferentes ocasiones, que la actividad de buena parte de las empresas dedicadas a la inversión filatélica es una estafa.

Eso, dicho así es falso. Pero los razonamientos utilizados, si bien no justifican la utilización de ese calificativo, tienen unos fundamentos y ofrecen una argumentación, en verdad, relevante para concluir con una evaluación negativa de ese tipo de inversión.

Todos los que estamos dentro del mundo de la filatelia somos conscientes que el hecho de adquirir una pieza para nuestra colección supone algo más que un gasto; se trata en buena parte de una inversión, ya que siempre tendrá un valor que puede recuperarse como resultado de su venta en el momento en el que efectuemos su liquidación. Pero ahora no nos estamos refiriendo a la acción de invertir construyendo una colección, sino de hacerlo en unos productos que venden determinadas empresas con el respaldo de la teórica revalorización del sello o sellos que entregan o guardan en depósito como contraprestación a la cantidad invertida.

Por lo general cuando el filatelista (aficionado o profesional) ve la clase de sellos que las empresas de inversión filatélica adjudican a sus clientes y el precio al que lo hacen, suelen calificarlo como una “auténtica estafa”. Este apelativo, si se quiere, podrá ser válido como expresión coloquial; pero no es cierto mientras una sentencia judicial no nos diga lo contrario.
Dice el diccionario que estafa es sinónimo de timo y el de la Real Academia de la lengua española define estafa como “el delito consistente en provocar un perjuicio patrimonial a alguien mediante engaño y con ánimo de lucro”. Resulta evidente que estas empresas, por su naturaleza mercantil, operan con afán de lucro (como cualquier comerciante). Veremos, también, que en su operativa actúan con engaño; pero, hasta el momento, no se ha ocasionado ningún perjuicio patrimonial al cliente inversor, excepto en la empresas de este particular tipo de negocio que han quebrado o cesado en su actividad sin poder cumplir con sus compromisos.

El engaño se produce por dos falsedades principalmente:

1. No es real el valor que esas empresas dan a los sellos cuando los adjudican y
2. No es cierta la rentabilidad que atribuyen a los sellos.

Respecto a la primera, el sistema de evaluación o determinación del precio está intervenido directa o indirectamente por ellos mismos. En ningún caso se trata de precios de mercado libre, no son valoraciones objetivas. Es por esa razón por la que el agente vendedor de estas empresas le argumenta al cliente: “si Vd. va a una filatelia esos sellos los podrá adquirir más baratos, pero debe comprender que ellos le venden el sello y se desentienden de Vd., mientras que nosotros le damos otro tipo de servicios y le garantizamos la recompra con un beneficio asegurado…”. Lo que no le dicen al cliente es que ese “más barato” puede suponer hasta un 80 y un 90 por ciento de descuento.

En cuanto a la segunda falsedad, es consecuencia de la primera: Si la rentabilidad se calcula a partir de unos precios que no son reales, los datos obtenidos tampoco serán reales.

Estas empresas operan con una estructura, en cierto sentido, piramidal. Mientras se genere el suficiente volumen de nueva inversión como para responder a las obligaciones de recompra de los contratos que vencen, no existe ningún problema. El que se trabaje con precios irreales, muy superiores a los de mercado, es irrelevante..

Los males se precipitan cuando eso no es así; cuando no sigue adelante la evolución creciente del flujo de dinero fruto de nuevos contratos. En ese momento ya no se puede dar salida del material correspondiente a los contratos entregándoselos a los nuevos a un precio

#4

Re: Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo

HACIA UNA NORMATIVA LEGAL DE LA INVERSIÓN FILATÉLICA 1

Autor: José María Sempere
Fecha: febrero 2004

Hace ya bastante tiempo, desde las páginas de RF, terminaba un artículo titulado “DE LA EXCENTRICIDAD A LA INVERSIÓN FILATÉLICA” (el número 7 de la sección Buceando en la Historia) con las siguientes palabras: “En la actualidad (…) se han creado sociedades y entidades especializadas que crean sus propios productos de ahorro-inversión, pero el análisis de las mismas es harina de otro costal. Al tratar de ellas entraríamos en el campo de la economía y, aunque sea economista, hace años renuncié a esa profesión para abrazar la de filatelista”.

Ahora, espoleado por un folleto del Ministerio de Sanidad y Consumo que alerta sobre la inversión en bienes tangibles (sellos, obras de arte, antigüedades, etc.) y por la ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 5 de noviembre de 2003, me animo hacer algunas consideraciones al respecto, dado el volumen que, en nuestro país, han tomado las llamadas inversiones filatélicas.

El legislador no suele jugar con futuro hipotético y, por lo general, elabora la legislación sobre situaciones de hecho, lamentablemente, en muchos casos, demasiado tarde para evitar ciertos comportamientos lesivos para los miembros más débiles de la sociedad.

1.- Folleto publicado por el Instituto Nacional del Consumo (Ministerio de Sanidad y Consumo)

Lo primero: conceptos claros.
Cuando hablamos de inversión, desde un punto de vista económico, nos estamos refiriendo al gasto producido en adquirir bienes de capital, bienes que no son de consumo final, sino que están destinados a la producción de otros bienes.

En un sentido más amplio, en general, se habla de inversión cuando nos referimos al acto de colocar capitales para la obtención de unos rendimientos, beneficios o ganancias, aunque estas se obtengan por la adquisición de acciones o bonos emitidos por las empresas para incrementar su capital. Estas inversiones se denominan financieras para distinguirlas de las que corresponden a la primera definición que son calificadas como inversiones reales.

A diferencia del consumo, que se define como un gasto o desembolso en bienes que producen una satisfacción directa, la inversión es el gasto en bienes que sirven para la producción de otros bienes. El ahorro, por su parte, se diferencia de la inversión en que no se trata de un gasto o desembolso efectivo, sino de una reserva o dinero retenido del flujo destinado a ser gastado.
Es por ello que el diccionario dice que invertir, hablando de bienes de capital, es emplearlos, gastarlos, o colocarlos en aplicaciones productivas.

Invertir en Filatelia es gastar un capital en unos sellos determinados de los que se espera un incremento de precio en el mercado, lo que producirá un cierto beneficio.

El primer gran problema con el que nos enfrentamos en este campo lo denuncia el folleto del Instituto Nacional del Consumo (INC) al que me refería al principio, cuando afirma en su primer párrafo: “Las empresas que ofrecen altas rentabilidades a través de la inversión en bienes tangibles como sellos (…), no son entidades financieras, y, por tanto, no están sujetas a la normativa que regula las entidades de crédito, las empresas de servicios de inversión o las instituciones de inversión colectiva”. Y continúa: “Al no estar inscritas en los Registros Oficiales de las autoridades supervisoras españolas –Banco de España y Comisión Nacional del Mercado de Valores-, tampoco están sometidas al control ni a la potestad sancionadora de dichos organismo”.

No se considere vana esta advertencia. Las empresas de inversión filatélica suelen dejar explícito en la letra pequeña de sus contratos que éstos lo son exclusivamente de compra-venta, bajo ningún caso quieren caer en el calificativo de contrato financiero porque eso les llevaría a un control del Banco de España o de la CNMV cuyos requisitos no tendrían la posibilidad de cumplir.

#5

Re: Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo

El vacío legal propició importantes desastres. 2

Podemos recordar todavía el gran fiasco que cosechó en el extranjero CAFISA, aquella empresa líder en su momento en el campo de la inversión filatélica y que acabaría con una dolorosa y sonada quiebra. Era la intención de sus dirigentes ampliar sus actividades en Estados Unidos, algo que al parecer fue denegado por las autoridades de aquel país con un sencillo pero contundente razonamiento: “no se pueden garantizar beneficios con un futurible”. En otras palabras, ¿Cómo puede garantizarse una revalorización si en el futuro no sabemos cómo va a evolucionar la cotización de un bien en el mercado?

¿Que ley, argumento o justificación podría esgrimirse en favor de un permanente incremento de precio de los sellos en el futuro y sin límite alguno? Ciertamente en un mercado libre, y la experiencia nos ha dado pruebas fehacientes de ello, los sellos, los artículos de colección y cualquier otro bien en general, están sujetos a alzas y bajas en función de las leyes de la oferta y de la demanda.

Este argumento no ha sido óbice para que proliferaran en nuestro país ese tipo de empresas, con mayor o menor abundancia según las épocas y las circunstancias. Si en un principio utilizaron en su denominación los términos de Banco e incluso Caja de Ahorro, a medida que la normativa legal les cortaba el paso a denominaciones que conducían a un grave engaño de los consumidores, fueron acoplando nombres y actividades a aquellos espacios en los que han podido seguir actuando sin cortapisa alguna.

La ley 35/2003 del 4 de noviembre de 2003 sobre Instituciones de Inversión Colectiva.

Más allá de las advertencias del Instituto Nacional del Consumo la ley 35/2003 del 4 de noviembre del 2003 dedica su disposición adicional a la “Protección de la clientela en relación con la comercialización de determinados bienes” y especifica: “los bienes a los que se refiere el apartado anterior serán los sellos, obras de arte, antigüedades, en todo caso, y asimismo aquellos otros bienes susceptibles de ser objetos de dicha actividad”.

Estas empresas “no podrán realizar las actividades reservadas a las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, instituciones de inversión colectiva, entidades aseguradoras (…) asimismo no podrán incluir en su denominación , ni en la publicidad que realicen en referencia a sus actividades, el adjetivo financiero o colectivo, ni ningún otro que induzca a confusión con aquellas actividades reservadas señaladas con anterioridad. Igualmente, deberán someter sus documentos a auditoría de cuentas realizada por un profesional inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.”

El texto legal continúa con una serie de normas sobre la documentación e información que las empresas citadas deben suministrar a sus clientes en todo caso cuya infracción se califica como muy grave: “El incumplimiento de las obligaciones relativas a la documentación de las operaciones y a la puesta a disposición del cliente de la información, informes y condiciones contractuales a que se refiere al apartado segundo de la presente disposición”.

Y en el apartado 6 especifica que esas infracciones entrañan una o varias de las sanciones siguientes: “a) Sanción de multa por importe no inferior a 15.000 euros hasta 600.000 euros (100 millones de las antiguas pesetas), cantidad que podrá rebasarse hasta alcanzar el quíntuplo del precio de adquisición de los bienes. B) Amonestación pública, con publicación en el Diario Oficial de la Administración competente.”

Como vemos el legislador no se ha andado con chiquitas y entiende que la materia es de suma importancia.

Hay tres clases de mentiras: La mentira, la maldita mentira y las estadísticas.
Mark Twain(1835-1910)

Alguien dijo que las estadísticas son similares a la minifalda porque enseñan lo atractivo y ocultan lo vital.

Periódicamente estas empresas de inversión filatélica nos obsequian, ya sea directamente o a través de colabores contratados a ese

#6

Re: Forum filatelico ¿alguien me puede decir algo sobre este fondo

Cuando la inversión se convierte en una falacia 3

Nos ofrece el diccionario dos acepciones del término falacia:
1.- Engaño, mentira. 2.- Argumento falso pero aparentemente verdadero para inducir a error o engaño.

Es la segunda la que parece ajustarse a la forma de proceder de algunas empresas de inversión, no porque tengan una intención voluntaria de causar daño, sino porque, posiblemente de forma inconsciente, en la búsqueda de argumentos de venta para sus productos, incurren en graves errores de razonamiento, tan graves como para poder afirmar que sus conclusiones son falsas.

El otro día me contaba un comerciante filatélico de Barcelona que entró en su establecimiento un cliente preguntando si tenía a la venta, y a qué precio, un sello del tema Europa de Andorra de 1972. Le contestó que unos 100 €, concretamente 18.000 pts.

- No me ha entendido - le dice el cliente - el sello que le pido es un sello verde de 8 pesetas de valor facial emitido por Andorra Española en 1972-
- Ya, ya. Sí le he entendido y ese es el precio -

El cliente le insiste: - Lo que yo quiero es un sello original, auténtico, en perfecto estado. No quiero una reproducción -
- Eso es lo que le estoy ofreciendo, un sello original en perfecto estado, nuevo y sin charnela -
-¿Puedo verlo? - Pregunta el individuo con incredulidad.
El comerciante se lo enseña y el cliente, atónito y desconcertado le dice:
- No entiendo nada. Mire Ud.: aquí tengo la oferta de una empresa “seria” que lo oferta en 600.000 pesetas con una rentabilidad asegurada(1) .

El cliente se despidió “Volveré y le diré algo”. Lógicamente nunca más volvió.

En muchas ocasiones la inversión en Filatelia es una falacia. En puridad no es cierto que se esté realizando una inversión en valores filatélicos, sino utilizando signos filatélicos de un valor muy bajo respecto al precio de adjudicación, para captar unos capitales que son retribuidos con unas hipotéticas revalorizaciones del mercado. Revalorizaciones por supuesto irreales.

En la medida que esas empresas son solventes y siguen cumpliendo religiosamente todos sus compromisos, los inversores muestran su satisfacción porque perciben unos intereses superiores a los habituales en el mercado financiero. Pero ¿Hasta cuando?

Pese a quien pese, la verdadera garantía de la inversión efectuada en esas empresas no está en los sellos que adjudican a sus clientes, sino en la salud y solvencia de la propia empresa, que valora sus activos filatélicos al margen del mercado, ya sea con listas de precios elaboradas por ellas mismas, por catálogos editados por ellos mismos o trabajando con sellos que todo el que pertenece al mundillo de la filatelia sabe que están, por una u otra causa, sobrevalorados en los catálogos.

Es de desear que el camino iniciado por la Administración continúe y lleguemos a una completa normativa que regule el negocio de la inversión filatélica en nuestro país, para bien de los inversores y para el buen nombre y la salud de la filatelia en general.

(1)La oferta en cuestión es la lista nº 93 correspondiente al tercer trimestre de 2002 de Forum Filatélico. El precio exacto de venta del sello de Andorra 1972 era de 3.627,50€ ó 603.580 ptas. El folleto especifica: “Precios, incluido IVA exclusivamente para clientes de Forum Filatélico. Corresponden a sellos de lujo y con garantía de recompra”.

En otra lista posterior, la nº 98 correspondiente al cuarto trimestre de 2003, el sello seguía en alza y lo cotizan, ni más ni menos, que en la friolera de 4.064,39€ o sea 676.258 pesetas. Como referencia de comparación en la subasta de Galería Filatélica de Barcelona de julio 2003 se ofrecían 75 ejemplares de este sello en calidad lujo distribuidos en 15 lotes con un precio unitario de 60€. Diecisiete ejemplares no hallaron comprador y ninguno se adjudicó a más de 60€.

¿Cómo puede ser tan caro en 60€ como para que nadie quiera comprar un sello que se vende con garantía de recompra en 4.000€? Algo no funciona.

Guía Básica