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Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

7 respuestas
Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años
Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años
#1

Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

Buenos dias,

Yo he trabajado durante 20 anos hace mas de 20 años... y para poder acceder a la jubilacion se que debo cotizar al menos 2 anos antes de jubilarme.
el tiempo que estuve trabajando era autonoma y mi rango era el minimo en aquella epoca. Por lo que se que mi jubilacion seria baja
Asi que he pensado en empezar a trabajar como empleada del hogar para poder cotizar estos 2 ultimos anos que me exigen y mi pregunta es.
Seria suficiente con un contrato de 4 horas.

Gracias por vuestra ayuda
Salduos,

Ana

#3

Re: Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

espero haber podido ser de ayuda
un saludo!

#4

Re: Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

Hola Ana:

En principio no sería suficiente, ya que al cotizar solo 4 horas (mitad de la jornada) estás cotizando solo un año. No obstante la Disposición Adicional 7ª de la Ley General de la Seguridad Social establece un cálculo específico en esos casos basado en el coeficiente de parcialidad y el coeficiente global de parcialidad.

Lo mejor que puedes hacer es acercarte al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde te informarán adecuadamente.

Saludos

#5

Re: Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

Si trabajas al menos 5 dias a la semana si es suficiente. Pero esta información es a día de hoy. Puede que dentro de dos años el sistema de cotización de los contratos a parcial haya cambiado y se de otra manera, hace ya meses que empecé a oír que lo iban a cambiar, desde que el constitucional tiro por tierra la anterior interpetacion

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

Esta disposición fue tumbada por el constitucional ya hace meses o incluso años, ahora y de forma temporal se utilizan los días que la persona ha trabajado realmente (más un porcentaje por el descanso semanal obligatorio) Están buscando una solución definitiva.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

Fue tumbada inicialmente, se le dio nueva redacción. Consulta la ley en el BOE (texto consolidado) y lo verás.

Un saludo

Edito: Ahí va:

Segunda. Períodos de cotización.
Para acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad y paternidad, se aplicarán las siguientes reglas:

a) Se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos.
A tal efecto, el coeficiente de parcialidad, que viene determinado por el porcentaje de la jornada realizada a tiempo parcial respecto de la jornada realizada por un trabajador a tiempo completo comparable, se aplicará sobre el período de alta con contrato a tiempo parcial, siendo el resultado el número de días que se considerarán efectivamente cotizados en cada período.

Al número de días que resulten se le sumarán, en su caso, los días cotizados a tiempo completo, siendo el resultado el total de días de cotización acreditados computables para el acceso a las prestaciones.


b) Una vez determinado el número de días de cotización acreditados, se procederá a calcular el coeficiente global de parcialidad, siendo este el porcentaje que representa el número de días trabajados y acreditados como cotizados, de acuerdo con lo establecido en la letra a) anterior, sobre el total de días en alta a lo largo de toda la vida laboral del trabajador. En caso de tratarse de subsidio por incapacidad temporal, el cálculo del coeficiente global de parcialidad se realizará exclusivamente sobre los últimos cinco años. Si se trata del subsidio por maternidad y paternidad, el coeficiente global de parcialidad se calculará sobre los últimos siete años o, en su caso, sobre toda la vida laboral.

c) El período mínimo de cotización exigido a los trabajadores a tiempo parcial para cada una de las prestaciones económicas que lo tengan establecido, será el resultado de aplicar al período regulado con carácter general el coeficiente global de parcialidad a que se refiere la letra b).
En los supuestos en que, a efectos del acceso a la correspondiente prestación económica, se exija que parte o la totalidad del período mínimo de cotización exigido esté comprendido en un plazo de tiempo determinado, el coeficiente global de parcialidad se aplicará para fijar el período de cotización exigible. El espacio temporal en el que habrá de estar comprendido el período exigible será, en todo caso, el establecido con carácter general para la respectiva prestación.

Regla segunda del número 1 de la disposición adicional séptima redactada por el número uno del artículo 5 de la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social («B.O.E.» 1 marzo).Vigencia: 2 marzo 2014 .

Pero como ese calculo es complicado, lo mejor es acudir a quien, en definitiva, va a reconocerle la pensión, el INSS.

#8

Re: Jubilación horas a cotizar los 2 ultimos años

La verdad es que hace tiempo que no hablo de este tema con mi contacto en el INSS y ahora mismo el pobre tiene otros temas en que pensar.
Así que supongo que tienes razón y ya le han dado una redacción definitiva.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos